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Documento BOE-A-1999-5119

Resolución de 20 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo adicional al Convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 1999, páginas 8495 a 8496 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-5119

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid un Protocolo Adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1998, al Convenio suscrito para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de enero de 1999.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO
Protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos, con referencia al ejercicio 1998, al Convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid a 11 de diciembre de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo, y, de otra parte, la excelentísima señora doña Rosa Posada Chapado, Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, Ley de Gobierno de la Administración de Madrid.

Amas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid suscribieron, en fecha 9 de diciembre de 1997 Convenio para la cofinanciación de programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos de: Construcción, adaptación o reconversión, y mantenimiento de plazas residenciales, para alojamiento permanente o temporal, estancias diurnas y alojamientos alternativos para personas mayores de sesenta y cinco años con problemas de autonomía funcional.

Asimismo, de proyectos de carácter innovador de atención socio-sanitaria a personas dependientes afectadas por la enfermedad de alzheimer o demencias de características similares.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y la Comunidad Autónoma de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero; 2/1991, de 13 de marzo, y 10/1994, de 24 de marzo, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

En la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1998, y en la Ley 24/1997, de 26 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad de Madrid y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad de Madrid justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Convenio suscrito en 1997, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de febrero de 1998, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 54, de fecha 4 de marzo de 1998, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario de 4.500.000.000 de pesetas, en las aplicaciones 19.04.313L.452 y 19.04.313L.750.

Séptimo.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1998, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad de Madrid y aprobada asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid, ambas partes

Acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid incorporan al Convenio de colaboración de fecha 9 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 1998, los cuales se unen al mismo mediante anexo.

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, es de un año contado a partir de la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 1998, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de 472.446.000 pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, 472.446.000 pesetas.

La Comunidad de Madrid y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 472.446.000 pesetas, asignada a los conceptos presupuestarios Programa 703, subconcepto 2541 y Programa 703, subconcepto 4739, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1998, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.‒La Consejera de Sanidad y Bienestar Social de la Comunidad de Madrid, Rosa Posada Chapado.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad de Madrid y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian

COMUNIDAD DE MADRID

Financiación 1998

Según Convenio

Proyectos

C.A/C.L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Mantenimiento:
R. Madrid-San Juan de Dios. 95.812.000 95.812.000
R. Tres Cantos-San Camilo (Madrid). 118.625.000 118.625.000
R. Ciempozuelos-Sagrado Corazón de Jesús (Madrid). 50.120.000 50.120.000
R/CD. Coslada-La Colina (Madrid). 45.000.000 45.000.000
R. Pozuelo-Ballesol. 56.195.000 56.195.000
Programa alzheimer
R/CD. Leganés (Madrid). 106.694.000 106.694.000
 Total. 472.446.000 472.446.000

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