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Documento BOE-A-1999-5222

Orden de 5 de febrero de 1999 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Nuestra Señora del Pilar», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1999, páginas 8627 a 8628 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-5222

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado «Nuestra Señora del Pilar», sito en calle Sánchez Preciados, número 62, de Madrid, tenía suscrito concierto educativo para tres unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de Primer Grado y una unidad para el Ciclo Formativo de Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería, en base a lo establecido en la Orden de 5 de diciembre de 1997 que modifica la de 9 de mayo de 1997, por la que se aprobó la renovación de los conciertos educativos de centros docentes privados para el curso 1997/1998.

Por Orden de 8 de enero de 1999, que modifica la de 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), por la que se resuelven la modificación de los conciertos educativos para el curso 1998/1999, se aprobó concierto educativo al centro para dos unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de Primer Grado y dos unidades para el Ciclo Formativo de Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Analizados los datos de escolarización del presente curso académico, se comprueba que el centro sólo ha puesto en funcionamiento una unidad de las dos unidades concertadas para el Ciclo Formativo de Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería con 24 alumnos, por lo que procede la disminución de una unidad concertada.

Habiendo comunicado a la titularidad del centro que procedía la modificación del concierto educativo y vistas las alegaciones formuladas en el plazo legalmente establecido, en las que manifiesta su conformidad, ya que no han sido cubiertos los puestos escolares requeridos para el funcionamiento de las dos unidades solicitadas para el Ciclo Formativo de Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería, y que en la actualidad sólo funciona una unidad,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la disminución de una unidad concertada en Formación Profesional al centro «Nuestra Señora del Pilar», sito en calle Sánchez Preciados, número 62, de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se detallan a continuación:

Dos unidades para la Rama de Servicios en Formación Profesional de Primer Grado.

Una unidad para el Ciclo Formativo de Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Segundo.

La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.

Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director Provincial de Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.

Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985 y 52 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Quinto.

La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde inicios del presente curso académico 1998/1999.

Sexto.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 5 de febrero de 1999.–ؘP. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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