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Documento BOE-A-1999-5696

Resolución de 25 de febrero de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Deportes», Centenario del Fútbol Club Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 1999, páginas 9308 a 9308 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-5696

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos «Deportes», Centenario del Fútbol Club Barcelona. En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación de «Deportes», Centenario del Fútbol Club Barcelona.

Segundo.

El Fútbol Club Barcelona cumple cien años de historia. Su fundación, el día 29 de noviembre de 1899, se debió a la iniciativa del comerciante suizo Joan Gamper. El rápido crecimiento que tuvo la entidad en pocos años le llevó a construir su primer campo propio, el de Les Corts, inaugurado en 1922.

El sello reproduce el cartel que para conmemorar el centenario de este prestigioso club, ha realizado el genial pintor catalán Antoni Tàpies.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 28,8 × 40,9 milímetros (vertical).

Valor facial: 35 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 2.500.000 efectos.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 11 de marzo de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2001, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal, y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso, se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV.II. para su conocimiento y efecto.

Madrid, 25 de febrero de 1999.–El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.–El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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