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Visto el expediente promovido por doña Eulalia González Sánchez, en representación de los centros privados denominados «Santo Ángel», domiciliados en la calle Lope de Vega, números 19 y 21, de Mérida (Badajoz), en solicitud de cambio de titularidad,
Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha resuelto:
Autorizar el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria, denominados «Santo Ángel», domiciliados en la calle Lope de Vega, números 19 y 21, de Mérida (Badajoz), que en lo sucesivo será ostentada por doña Eulalia González Sánchez que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afecten a los centros cuya titularidad se le reconoce y, muy especialmente, las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por el Ministerio de Educación y Cultura, así como las derivadas de su condición de centro concertado en Educación Primaria, aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.
La modificación de la titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 5 de febrero de 1999.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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