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Documento BOE-A-1999-6659

Resolución de 24 de febrero de 1999, del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos adscritos, en las áreas de atención a mayores, personas con minusvalía, inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, durante el año 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 1999, páginas 11159 a 11161 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-6659

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Orden de 28 de febrero de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Área de Asuntos Sociales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos adscritos, de conformidad con el procedimiento establecido en el capítulo II del Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de los programas que, en las áreas de atención a mayores y personas con minusvalía, podrán ser objeto de financiación, sus requisitos y prioridades, así como el crédito presupuestario al que deben imputarse las correspondientes subvenciones. En su virtud, esta Dirección General ha dispuesto:

Primero.

Convocar la concesión de subvenciones en las áreas de mayores, personas con minusvalía e inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, en régimen de concurrencia competitiva, que se regirán por lo dispuesto en las Órdenes de 28 de febrero de 1997, de 4 de febrero de 1998 y de 9 de febrero de 1999, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Área de Asuntos Sociales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos adscritos, y por lo establecido en la presente Resolución.

Segundo.

Establecer los programas que pueden ser subvencionados, que figuran relacionados en el anexo I de la presente convocatoria, y que se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios, consignados en el presupuesto del IMSERSO, 34.37.487.7 para mayores y personas con minusvalía y 33.33.487.7 para inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Tercero.

Aprobar el modelo de logotipo que deberá incorporarse de forma visible en el material que se utilice para los programas subvencionados. Dicho modelo es el que figura en el anexo II de la presente convocatoria

Cuarto.

Además de los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 3 de la mencionada Orden, las entidades u organizaciones que concurran a la presente convocatoria con programas para personas mayores o para personas con minusvalía deberán dedicarse, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual, a la realización de programas y actividades en favor de las personas mayores o de las personas con minusvalía.

En el caso de las entidades u organizaciones que concurran con programas para inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, deberán dedicarse con carácter habitual a la realización de programas y actividades en favor de este colectivo.

Quinto.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, punto 1, de la Orden de bases reguladoras, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en la Dirección General del IMSERSO (avenida de la Ilustración, con vuelta a Ginzo de Limia, 28029 Madrid) o en los restantes lugares indicados en el mismo apartado de la citada Orden.

Sexto.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 2, de la citada Orden de bases reguladoras, se establecen a continuación los criterios que han de ser tenidos en consideración para la valoración de los programas:

a) Evaluación de la necesidad social: Se tendrá en cuenta el análisis o estudio de la necesidad social de los objetivos propuestos en relación con la cobertura pública o privada existente.

b) Contenido técnico: Se tendrá en cuenta el contenido técnico del programa y su adecuación a los objetivos de las acciones propuestas, al número y características de los participantes y/o beneficiarios, a los medios y al calendario previstos, y a las actividades y servicios a desarrollar, así como los indicadores de seguimiento y evaluación de objetivos en relación con los medios técnicos y materiales con los que cuenta la entidad.

c) Sector de atención: Se tendrá en cuenta la relación entre el número de asociados y el sector de atención y la tendencia creciente o decreciente del mismo, así como el impacto de los programas propuestos.

d) Voluntariado y participación: Se tendrá en cuenta la colaboración con carácter voluntario de las personas asociadas de la propia entidad, así como de personas voluntarias ajenas a la misma.

e) Objeción de conciencia: Se tendrá en cuenta que en los programas participen objetores de conciencia en cumplimiento de la prestación social sustitutoria.

f) Presupuesto: Se tendrá en cuenta el coste presupuestado, el coste

medio por participante o beneficiario.

g) Cofinanciación: Se tendrá en cuenta que el programa haya obtenido o prevea la posibilidad de obtener cofinanciación pública o privada. Se valorará especialmente los programas que se presenten cofinanciados por la propia entidad.

h) Ámbito del programa: Se tendrá en cuenta la repercusión territorial de los objetivos y actividades y la proporcionalidad respecto a la población a la que se prevé atender.

De la misma manera, se tendrá en cuenta la repercusión de los programas destinados a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, en aquellos lugares donde la presencia de este colectivo sea mayor.

i) Continuidad: Se tendrá en cuenta los programas en que persistiendo la necesidad y habiendo recibido subvención en las convocatorias anteriores hayan obtenido una valoración positiva de su ejecución.

j) Fines y experiencia: Se tendrá en cuenta que los programas propuestos sean acordes con los fines estatutarios de la entidad y la experiencia operativa con que la entidad cuente para la realización de los mismos.

Madrid, 24 de febrero de 1999.‒El Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.

ANEXO I
Programas que se convocan

A) Programas para mayores

Primero. Mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de las entidades

Los programas tienen por objeto colaborar con el movimiento asociativo facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos.

El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes en bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede social de la entidad, obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles, así como suministros, material fungible de oficina y ofimática, correo y otros análogos.

El funcionamiento y actividades habituales tienen como objetivo el desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, incluyendo los gastos derivados del personal de la misma, de las reuniones de los órganos de gobierno, de la difusión, información, orientación y asesoramiento dirigidos a sus asociados y personas objeto de atención y otras similares, con exclusión de los derivados de las sedes o representaciones locales y entidades que la integran.

Requisitos:

Que se acredite documentalmente disposición de titularidad (propiedad, arrendamiento, precario, cesión u otros) del inmueble sede de la entidad. No será necesaria la presentación de este documento si ya estuviera en poder del Instituto y no hubiera sufrido modificación, en cuyo caso se presentará certificación del representante acreditativa de estos extremos.

Que, en el caso de solicitar obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones del inmueble, se aporte presupuesto con precios unitarios descompuestos y, en su caso, estudio técnico-económico; además, será necesaria autorización del propietario cuando sea distinto de la entidad.

Que se acredite que las actividades de la entidad se realizan básicamente por los propios miembros y/o personal de la misma.

Prioridades: Tienen prioridad los gastos básicos de mantenimiento y de actividades de atención directa al colectivo objeto de la entidad.

Segundo. Programas para la atención, promoción e integración de las personas mayores.

Tienen como objetivo programas específicos para el desarrollo de actividades por los propios mayores, así como de actividades y servicios de atención social, cultural, formativas e informativas con participación y/o repercusión directa en los mismos, a ejecutar directamente por la propia entidad o en coordinación y colaboración con sus delegaciones o representaciones locales o entidades integradas. Requisitos:

Que se determinen los criterios sociales de participación o selección, así como de la aportación económica de los usuarios en las actividades o servicios.

Que, en actividades en que para su ejecución se proponga la participación de personal especializado, se acredite su experiencia y calificación suficiente, se justifique la necesidad del mismo y se definan las funciones de la colaboración a prestar.

Que el coste de las actividades o servicios no sea superior al coste de programas análogos desarrollados por la Administración Pública.

Que en los programas a ejecutar en coordinación y colaboración con sus delegaciones o representaciones locales o entidades integradas se detalle las que participarán.

Prioridades: Tienen prioridad los programas cuyos objetivos se dirijan a la realización de actividades por los mayores o con su participación y los que supongan colaboración de los mayores en servicios comunitarios.

Tercero. Programas extraordinarios que generen actividades relacionadas con la celebración del Año Internacional de las Personas Mayores.

Tienen como objetivo la realización y divulgación de actividades específicas relacionadas con el Año Internacional de las Personas Mayores.

Requisitos: Que se organicen, y especifique con claridad, aquellas actividades, recreativas, culturales, sociales, conferencias, cursos, publicaciones, videos, etc., promocionadas por los mayores, dirigidas a todas las edades, con motivo de la celebración en 1999 del Año Internacional de las Personas Mayores.

B) Programas para personas con minusvalía

Primero. Mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de las entidades.

El programa tiene por objeto colaborar con el movimiento asociativo facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos.

El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes en bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede de la entidad, obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles, así como suministros, material fungible de oficina y ofimática, telefonía, correo y otros análogos.

El funcionamiento y actividades habituales tienen como objetivo el desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, incluyendo los gastos derivados del personal de la misma, de las reuniones de los órganos de gobierno, de la difusión, información, orientación y asesoramiento dirigidos a sus asociados y personas objeto de atención y otras similares, con exclusión de los derivados de las sedes o representaciones locales y entidades que la integran.

Requisitos:

Que se acredite documentalmente disposición de titularidad (propiedad, arrendamiento, precario, cesión u otros) del inmueble sede de la entidad. No será necesaria la presentación de este documento si ya estuviera en poder del Instituto y no hubiera sufrido modificación, en cuyo caso se presentará certificación del representante acreditativa de estos extremos.

Que, en el caso de solicitar obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones del inmueble, se aporte presupuesto con precios unitarios descompuestos y, en su caso, estudio técnico-económico; además, será necesaria autorización del propietario cuando sea distinto de la entidad.

Que se acredite que las actividades habituales de la entidad se realizan básicamente por los propios miembros y/o personal de la misma.

Prioridades: Tienen prioridad los gastos básicos de funcionamiento y de actividades habituales de atención directa al colectivo objeto de la entidad.

Segundo. Programas para la promoción personal e integración social de las personas con minusvalía.

Tienen como objetivo programas específicos para el desarrollo de actividades o servicios con participación o repercusión directa en las personas con discapacidad, a ejecutar directamente por la propia entidad o en coordinación y colaboración con sus delegaciones o representaciones locales o entidades integradas, incluyéndose actividades formativas e informativas.

Requisitos:

Que se determinen los criterios sociales de participación o selección, así como de la aportación económica de los usuarios en las actividades o servicios.

Que, en actividades en que para su desarrollo se proponga la participación de personal especializado, se acredite su experiencia y cualificación suficiente, se justifique la necesidad del mismo y se definan las funciones de la colaboración a prestar.

Que en los programas a ejecutar en coordinación y colaboración con sus delegaciones o representaciones locales o entidades integradas se detalle las que participarán.

Prioridades: Tienen prioridad los programas cuyos objetivos se dirijan a facilitar el desenvolvimiento personal, y a la promoción y realización de actividades integradoras, formativas y sociales.

C) Programas para inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados

Primero. Programas para el mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de las entidades.

Tienen por objeto la realización de acciones encaminadas a la provisión de medios básicos para el mantenimiento y fomento de las organizaciones dedicadas a los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

El mantenimiento incluye el pago de los gastos corrientes de bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede social de la entidad, obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles, así como suministros, material fungible de oficina y ofimática, correo y otros análogos.

En estos programas se incluyen el funcionamiento y las actividades propias y habituales de la entidad, como los gastos derivados del personal

de la misma, de la información, orientación y asesoramiento dirigidos a sus asociados y a las personas objeto de atención.

Requisitos:

Que se acredite documentalmente disposición de titularidad (propiedad, arrendamiento, precario, cesión u otros) del inmueble sede de la entidad. No será necesaria la presentación de este documento si ya estuviera en poder del Instituto y no hubiera sufrido modificación, en cuyo caso se presentará certificación del representante acreditativa de estos extremos.

Que, en el caso de solicitar obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones del inmueble, se aporte presupuesto con precios unitarios descompuestos y, en su caso, estudio técnico-económico; además, será necesaria autorización del propietario cuando sea distinto de la entidad.

Que se acredite que las actividades de la entidad se realizan básicamente por los propios miembros y/o personal de la misma.

Prioridades: Tienen prioridad los gastos básicos de funcionamiento y de actividades habituales de atención directa y primaria al colectivo objeto de la entidad.

Segundo. Programas para fomentar la educación y la cultura.

Tienen por objeto ayudar a conocer las lenguas y las culturas españolas facilitando así la inserción de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados. También se considerarán los programas para la enseñanza y mantenimiento de su lengua y cultura de origen.

Requisitos:

Que los programas desarrollen actividades que sirvan para alcanzar los objetivos previstos en este ámbito en el Plan para la Integración Social de los Inmigrantes.

Que se acredite que el profesorado tiene la titulación idónea para impartir el contenido de los programas.

Que las actividades se desarrollen en zonas donde haya un número significativo de los colectivos a los que van dirigidos.

Prioridades:

Los programas pactados con centros escolares, especialmente cuando impliquen recursos públicos en la materia.

Los programas dirigidos a mujeres y jóvenes con especiales dificultades de integración por razones culturales.

Tercero. Programas para fomentar el empleo.

Tienen por objeto formar a los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados para la obtención de la cualificación profesional necesaria para acceder a un empleo digno o mejorar el que tengan, en igualdad de oportunidades con el resto de los trabajadores.

Requisitos:

Los programas deberán realizar actividades que sirvan para alcanzar los objetivos previstos en este ámbito en el Plan para la Integración Social de los Inmigrantes.

Los programas deberán desarrollarse en aquellas zonas donde haya un número significativo de inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Prioridades:

Aquellos programas cuya realización signifique una oportunidad razonable de obtener o consolidar un empleo.

Los programas de información y asesoramiento en materia de empleo y derechos laborales para lograr la igualdad de oportunidades con el resto de los trabajadores.

Los programas de creación y mantenimiento de bolsas de trabajo para inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados con especiales dificultades de colocación.

Cuarto. Programas para fomentar la participación ciudadana.

Tienen por objeto desarrollar y consolidar el movimiento asociativo de inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Requisitos:

Los programas deberán encaminarse a la incorporación de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados a la vida social y económica española de manera gradual haciéndoles participar en las diversas asociaciones vecinales, deportivas, sociales, etc.

Los programas deberán desarrollarse en zonas donde haya un mayor número de personas de los colectivos a los que van dirigidos.

Prioridades:

Los programas que desarrollen acciones destinadas a prestar información y asesoramiento al colectivo objeto de atención para la participación en asociaciones sociales, vecinales, políticas, de ocio, deporte, etc.

Los programas que vayan dirigidos al apoyo de asociaciones en las que los componentes, de forma mayoritaria, pertenezcan a los colectivos citados con anterioridad.

Quinto. Programas para fomentar la integración social.

Tienen por objeto impulsar valores de tolerancia y combatir el racismo y la xenofobia, para que los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados puedan disfrutar de una auténtica igualdad de derechos en la sociedad española.

Requisitos:

Que se realicen acciones destinadas a prestar información y asesoramiento al colectivo objeto de atención, a asociaciones, a investigadores, a grupos políticos, sociales, etc., para combatir la xenofobia y el racismo.

Las acciones se desarrollarán en aquellas zonas en que haya un mayor número de inmigrantes y refugiados, o en núcleos socialmente deficitarios de servicios sociales y comunitarios.

Prioridades:

Los programas dirigidos a personas o familias consideradas socialmente vulnerables.

Los programas que vayan dirigidos a la difusión de valores de tolerancia, actuaciones contra el racismo y mensajes positivos hacia la emigración y el refugio con el fin de modificar las actitudes sociales contrarias a estos valores.

Sexto. Programas para implantar y consolidar el Observatorio Permanente de la Inmigración.

El objeto de estos programas es implantar o consolidar la red territorial del Observatorio Permanente de la Inmigración y proporcionarle información relevante sobre inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, o la mejor utilización y explotación de la información disponible.

Requisitos:

Que los programas impliquen el acceso a áreas de información no disponibles con medios propios y que sean relevantes desde el punto de vista del estudio de la inmigración y el refugio de la valoración de la integración social y laboral de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Que las actuaciones se realicen de forma coordinada con las Administraciones Autonómicas que lo soliciten y con las que se formalicen convenios en tal sentido.

Que los programas se efectúen en zonas geográficas con un número elevado de inmigrantes.

Prioridades: Tendrán preferencia los programas para la extensión de la red del Observatorio Permanente de la Inmigración a áreas de trabajo referentes a sanidad, educación, inserción laboral y actitudes sociales.

ANEXO II
Logotipo

El logotipo que deberá utilizarse para la difusión de los programas subvencionados por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales será el siguiente, que se deberá reproducir de acuerdo con las siguientes indicaciones:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/67/06659_14242383_image1.png

Normas para su reproducción: Para la reproducción del logotipo se utilizará el tipo de letra «times new roman» y la leyenda se reproducirá siempre en negro, pudiéndose aplicar sobre un fondo blanco o, en su caso, de color y trama según convenga.

Pautas para su utilización: Se utilizará siempre, en las ampliaciones o reducciones, guardando las proporciones del modelo y las normas de reproducción, debiéndose colocar en el lugar preferencial del soporte a difundir con la misma categoría que el logotipo de la organización o entidad subvencionada.

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