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Documento BOE-A-1999-7035

Acuerdo de 8 de febrero de 1999, de la Comisión Gestora de la Universidad «Pablo de Olavide», por el que se crean Escalas propias de Funcionarios de Administración y Servicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 1999, páginas 11966 a 11966 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-7035
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1999/02/08/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 49 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, establece que el personal de Administración y Servicios estará compuesto por funcionarios de la propia Universidad y por personal contratado.

En su virtud, se crean las siguientes Escalas de funcionarios de la Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla:

Escala Superior de Técnicos de Administración.

Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Escala de Gestión.

Escala de Gestión de Sistemas e Informática.

Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Escala Administrativa.

Escala de Ayudantes Técnicos de Informática.

Escala Auxiliar.

Escala Subalterna.

Según lo establecido en el artículo 50 de la citada norma y en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, las Escalas de funcionarios de Administración y Servicios de la Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla, se estructurarán de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso en los siguientes grupos:

Grupo A: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente:

Escala Superior de Técnicos de Administración.

Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información.

Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Grupo B: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente:

Escala de Gestión.

Escala de Gestión de Sistemas e Informática.

Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Grupo C: Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente:

Escala Administrativa.

Escala de Ayudantes Técnicos de Informática.

Grupo D: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente:

Escala Auxiliar.

Grupo E: Certificado de Escolaridad:

Escala Subalterna.

Las categorías de personal de Administración y Servicios en régimen de contrato laboral serán definidas por los Convenios Colectivos que sus representantes negocien en los ámbitos estatal o autonómico, o bien con esta Universidad.

Sevilla, 8 de febrero de 1999.- La Rectora presidenta de la Comisión Gestora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 08/02/1999
  • Fecha de publicación: 25/03/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Universidad Pablo de Olavide

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