En el recurso contencioso-administrativo número 1.869-91-04, referente al expediente de marca número 1.223.406/0, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Nestlé, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1990 y 3 de marzo de 1992, se ha dictado, con fecha 3 de febrero de 1993, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Codes Feijoo en nombre y representación de la empresa «Nestlé, Sociedad Anónima» contra el Registro de la Propiedad Industrial, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones de esta Dirección General de fechas 5 de marzo de 1990 y 3 de marzo de 1992; todo ello sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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