En el recurso de apelación número 5.704/1990, interpuesto ante el Tribunal Supremo, por la representación procesal de doña Andrea J. C. Valette y de la entidad mercantil «Sun and Sea, Sociedad Anónima», contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 3 de mayo de 1990, recaída en el recurso 1.359/1988, deducido contra la resolución de la antigua Dirección General de Puertos y Costas de 28 de julio de 1988, relativa a sanción por obras realizadas en zona marítimo-terrestre, en el término municipal de Montroig (Tarragona), en fecha 6 de abril de 1998, ha sido dictada sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente dice:
«Fallamos: Que debemos desestimar el presente recurso de apelación formulado por doña Andrea J.C. Valette y "Sun and Sea, Sociedad Anónima", contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de fecha 3 de mayo de 1990, dictada en el recurso número 1.359/1988; debemos confirmar dicha sentencia; sin expresa condena en costas."
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 9 de diciembre de 1998.–P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid