En el recurso contencioso-administrativo número 1.378/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, por la representación procesal de la entidad mercantil «OCP Construcciones, Sociedad Anónima», contra la desestimación a virtud de silencio del abono de intereses por demora en el pago de liquidación provisional de las obras del paseo marítimo en la ría del Burgo-Cambre (A Coruña), en fecha 7 de febrero de 1998, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso administrativo número 1/1378/1995, interpuesto por «OCP Construcciones, Sociedad Anónima», representado por el Procurador de los Tribunales don Nicolás Muñoz Rivas, y asistido del letrado don Ricardo Echevarría de Rada, contra la desestimación a virtud de silencio del abono de intereses por demora por retraso en el pago de la liquidación provisional de las obras del paseo marítimo en la ría de Burgo (Cambre), y que asciende a la cantidad de 1.358.323 pesetas, al abono de cuya cantidad condenamos a la Administración, con su correspondiente IVA, y al pago de los intereses de dicha cantidad desde la interposición del recurso jurisdiccional hasta la notificación de esta sentencia; sin condena en costas.»
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 9 de diciembre de 1998.‒P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid