Ante los datos estadísticos del número de asuntos que han
tenido entrada en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
creados por Real Decreto 1647/1998, de 24 de julio, cuya entrada
en funcionamiento fue el 15 de diciembre de 1998 y vista la
posibilidad de que dichos Juzgados sean atendidos por los Servicios
Comunes de la capital de su sede o los correspondientes Decanatos
y solicitado informe previo del Consejo General del Poder Judicial,
se ha resuelto retirar del mencionado concurso una plaza de Agente
Judicial por Juzgado de lo Contencioso-Administrativo convocado,
razón por la que solamente se adjudicará una plaza en cada
Juzgado ante la resolución del mencionado concurso.
No resulta precisa la ampliación de los plazos ni la modificación
de las instancias de los concursantes, ya que la relación de puestos
de trabajo, código de los centros y número de orden del puesto
de trabajo no varía, reduciéndose sólo el número de puestos a
adjudicar por órgano judicial, de dos plazas de Agente a una plaza
de Agente por Juzgado.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos
meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado".
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Madrid, 9 de marzo de 1999.-El Secretario de Estado, P. D.,
el Director general de Relaciones con la Administración de Justicia,
Juan Ignacio Zoido Álvarez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
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