La Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada
en Madrid en julio de 1992, decidió apoyar el programa de la Televisión
Educativa Iberoamericana. Este programa de cooperación es una
asociación de usuarios a la que pertenecen los Ministerios de Educación de
los distintos países que integran la cumbre, numerosas Universidades,
emisoras de televisión y empresas dedicadas a la formación.
Tras diferentes consultas realizadas desde la Televisión Educativa
Iberoamericana, se constató que los cursos de formación permanente del
profesorado, sobre todo en el área de Ciencias, constituyen el interés
prioritario para una gran mayoría de socios.
En respuesta a este interés, surgió el proyecto de formación continua
de profesores de Ciencias para la Televisión Educativa Iberoamericana
(FORCIENCIAS): Universidades y Ministerios de Educación de cuatro
países (Argentina, España, Cuba y Venezuela) han colaborado en la producción
de materiales.
La primera edición del proyecto FORCIENCIAS, con carácter
experimental, se ha desarrollado durante los cursos escolares 1996/1997 y
1997/1998. La evaluación del proyecto ha resultado positiva.
La Subdirección General de Formación del Profesorado en su programa
de actuación considera prioritaria la actualización científica y didáctica
del profesorado y la formación en el uso eficaz de las nuevas tecnologías
de la información y comunicación.
En este marco debe inscribirse la presente convocatoria de un curso
de formación a distancia en Ciencias de la Naturaleza para el profesorado
que imparte esta área, en la Educación Secundaria Obligatoria.
El hecho de que el curso se difunda a través de la Televisión Educativa
Iberoamericana hace que cuente con las estrategias propias de la enseñanza
a distancia para la formación permanente del profesorado, que incluyen
la utilización de las nuevas tecnologías imprescindibles en este tipo de
formación.
La Subdirección General de Formación del Profesorado como Centro
Coordinador Nacional y responsable directo de la organización de este
programa de formación, lo desarrolla en su marco general de actuación,
de manera que la actividad se convierta en un recurso más de los
correspondientes Planes Provinciales de Formación.
Por todo ello la Secretaría General de Educación y Formación
Profesional del Ministerio de Educación y Cultura, ha dispuesto:
Primero.-Se convoca un curso de formación a distancia para el
profesorado que imparte Ciencias de la Naturaleza en Educación Secundaria
Obligatoria, con carácter preferente para el de las provincias que se
relacionan en el anexo I.
Segundo.-El curso se desarrollará de mayo de 1999 a febrero de 2000,
e irá acompañado de las correspondientes emisiones de sus unidades
didácticas en la Televisión Educativa Iberoamericana.
Tercero.-La organización, el desarrollo y el seguimiento del curso
correrá a cargo de 16 centros de Profesores y Recursos que aparecen
relacionados en el anexo I. Actuarán como tutores de cada grupo los asesores
responsables del área de Ciencias de la Naturaleza. Para cada uno de
los grupos de participantes se seleccionarán 20 solicitudes.
Cuarto.-Los contenidos del curso serán los que se seleccionan en el
anexo II. Para su realización a distancia, el profesorado participante
contará con el apoyo de las emisiones de la Televisión Educativa, los materiales
impresos y en soporte vídeo, y la acción tutorial desarrollada por los
asesores del área de Ciencias de la Naturaleza de los Centros de Profesores
y de Recursos.
Quinto.-Las solicitudes se dirigirán a los Centros de Profesores y de
Recursos relacionados en el anexo I, en el plazo de quince días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente
Resolución.
Sexto.-Podrán solicitar su inscripción en el curso aquellos profesores
del área de Ciencias de la Naturaleza que ejerzan en el ámbito del Centro
de Profesores y de Recursos o en el de la provincia del mismo, siempre
que lo hagan en centros públicos o en centros con concierto en vigor
para esa etapa.
Los solicitantes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
deberán ser de alguna de las especialidades vinculadas al área de las
Ciencias de la Naturaleza de la Educación Secundaria Obligatoria (Biología
y Geología o Física y Química), o contar con la habilitación correspondiente
en el caso del profesorado del Cuerpo de Maestros (Matemáticas y Ciencias
Naturales).
A las solicitudes se adjuntará la documentación que certifique estos
extremos así como la correspondiente a los méritos alegados.
Séptimo. Proceso de selección:
a) En cada uno de los 16 grupos se seleccionará un máximo de 20
solicitudes.
b) El proceso de selección se realizará, para cada grupo, por una
Comisión de Selección integrada por el asesor-tutor de la actividad y el
Director del Centro de Profesores y de Recursos correspondiente, junto
con un Asesor técnico-docente de la Unidad de Programas Educativos,
en representación de la Dirección Provincial.
c) Tras la aplicación de los criterios incluidos en la base octava de
esta convocatoria y del baremo recogido en el anexo III, la Comisión hará
pública en el tablón de anuncios del Centro de Profesores y de Recursos
y de la Dirección Provincial la relación provisional de los 20 profesores
seleccionados, en el plazo no superior a siete días hábiles contados desde
la finalización del plazo previsto en la base quinta para entrega de
solicitudes. Se harán públicos en el mismo acto los criterios aplicados para
el desarrollo del baremo.
d) Transcurrido un nuevo plazo de tres días hábiles para presentar
reclamaciones y resueltas las mismas, la Comisión hará pública la selección
definitiva y lo comunicará a los profesores seleccionados, convocándoles
de inmediato a una reunión informativa.
La Dirección Provincial de Madrid adoptará las medidas organizativas
oportunas para los grupos ubicados en Centros de Profesores y de Recursos
de las diferentes Subdirecciones Territoriales.
Octavo.-Para llevar a cabo el proceso de selección, la Comisión aplicará
como criterio prioritario el siguiente:
Estar impartiendo el área de Ciencias de la Naturaleza en la Educación
Secundaria Obligatoria en el curso 1998-1999.
En el caso de que resultase vacante alguna plaza, podrán ser cubiertas
por profesorado de provincias limítrofes que se comprometa a seguir el
curso en las mismas condiciones que el resto de participantes.
Noveno.-A la hora de evaluar al profesorado participante se tendrá
en cuenta lo previsto en la Orden de 26 de noviembre de 1992 por la
que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de
las actividades de formación permanente del profesorado y se establece
la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones
universitarias ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), así como
los siguientes criterios complementarios:
La respuesta a las indicaciones del tutor relacionadas con el desarrollo
del curso.
La asistencia a las sesiones presenciales que se determine.
La entrega de documentos de heteroevaluación en las fechas que se
indique.
La elaboración del trabajo global correspondiente a cada fase.
Décimo.-Finalizadas cada una de las dos fases del curso, el Centro
de Profesores y de Recursos procederá a la inscripción de la actividad
en el Registro General de Formación, asignando a cada uno de los
profesores participantes evaluados positivamente un total de 12 créditos
(ciento veinte horas) por fase y expidiendo las correspondientes certificaciones.
Undécimo.-Para supervisar el proceso de puesta en marcha, realización
y evaluación de esta actividad se constituirá una comisión integrada por
representantes de la Subdirección General de Formación del Profesorado,
el CIDE y el Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y
Comunicación.
Duodécimo.-Corresponderá a la Subdirección General de Formación
del Profesorado la supervisión del proceso en lo que guarda relación con
su implantación en los Centros de Profesores y de Recursos o con las
funciones que a su personal se le encomiendan.
Decimotercero.-Contra la presente convocatoria podrá interponerse
recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Educación y
Cultura, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de
la misma en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 10 de marzo de 1999.-El Secretario general, Roberto Mur
Montero.
ANEXO I
Provincia Centro de Profesores y Recursos
Albacete. Albacete.
Asturias. Gijón.
Asturias. Pola de Siero.
Badajoz. Zafra.
Ciudad Real. Ciudad Real.
León. León.
Madrid. Coslada.
Madrid. Aranjuez.
Madrid. Collado-Villalba.
Madrid. Madrid-Norte.
Murcia. Cieza.
Salamanca. Peñaranda de Bracamonte.
Soria. Soria.
Toledo. Toledo.
Valladolid. Tordesillas.
Zamora. Zamora.
ANEXO II
La presente convocatoria de FORCIENCIAS incluye los siguientes
bloques:
Unidad introductoria: Cómo comenzar un curso elemental de ciencia
y un proceso de formación continua.
Bloque I: Comprender y orientar los cambios de la materia.
Unidad I.1 La energía: La invención de un concepto fructífero.
Unidad I.2 Cambios en la energía de los sistemas.
Unidad I.3 ¿Cómo se transmite la energía? Introducción al estudio
de las ondas.
Unidad I.4 Usos de la energía: Papel de la energía en nuestras vidas.
Unidad I.5 Fuentes de la energía: Problemas asociados a su obtención
y uso.
Bloque IV: Descripción y estructura de la materia.
Unidad IV.1 Aire, agua, tierra.
Unidad IV.2 Materiales cotidianos y sus usos.
Unidad IV.3 Combustiones y corrosiones. Meteorización química.
Unidad IV.4 La acidez y los antiácidos.
Unidad IV.5 Descargas eléctricas.
Bloque V: Estudio de algunos sistemas materiales.
Unidad V.1 Sistema solar.
Unidad V.2 La atmósfera y el aire.
Unidad V.3 La hidrosfera.
Unidad V.4 La litosfera. Rocas y minerales. El suelo.
ANEXO III
Baremo (cerrado a septiembre de 1999)
1. Experiencia en Educación Secundaria Obligatoria:
Por cada curso impartiendo materias del 1. er ciclo del área de Ciencias
de la Naturaleza: 1 punto (máximo 2 puntos).
Por cada curso impartiendo materias del 2. o ciclo del área de Ciencias
de la Naturaleza: 0,5 puntos (máximo 2 puntos) (máximo: 4 puntos).
2. Por pertenecer los solicitantes a un mismo departamento didáctico
o seminario: 2 puntos.
3. Por cada experiencia en Proyectos de Formación en Centros, grupos
de trabajo o seminarios: 0,5 puntos (máximo 4 puntos).
Máximo total: 10 puntos.
En caso de empate, se utilizaría como criterio la antigüedad como
funcionario docente.
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