Contido non dispoñible en galego
La Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Madrid en julio de 1992, decidió apoyar el programa de la Televisión Educativa Iberoamericana. Este programa de cooperación es una asociación de usuarios a la que pertenecen los Ministerios de Educación de los distintos países que integran la cumbre, numerosas Universidades, emisoras de televisión y empresas dedicadas a la formación.
Tras diferentes consultas realizadas desde la Televisión Educativa Iberoamericana, se constató que los cursos de formación permanente del profesorado, sobre todo en el área de Ciencias, constituyen el interés prioritario para una gran mayoría de socios.
En respuesta a este interés, surgió el proyecto de formación continua de profesores de Ciencias para la Televisión Educativa Iberoamericana (FORCIENCIAS): Universidades y Ministerios de Educación de cuatro países(Argentina, España, Cuba y Venezuela) han colaborado en la producción de materiales.
La primera edición del proyecto FORCIENCIAS, con carácter experimental, se ha desarrollado durante los cursos escolares 1996/1997 y 1997/1998. La evaluación del proyecto ha resultado positiva.
La Subdirección General de Formación del Profesorado en su programa de actuación considera prioritaria la actualización científica y didáctica del profesorado y la formación en el uso eficaz de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
En este marco debe inscribirse la presente convocatoria de un curso de formación a distancia en Ciencias de la Naturaleza para el profesorado que imparte esta área, en la Educación Secundaria Obligatoria.
El hecho de que el curso se difunda a través de la Televisión Educativa Iberoamericana hace que cuente con las estrategias propias de la enseñanza a distancia para la formación permanente del profesorado, que incluyen la utilización de las nuevas tecnologías imprescindibles en este tipo de formación.
La Subdirección General de Formación del Profesorado como Centro Coordinador Nacional y responsable directo de la organización de este programa de formación, lo desarrolla en su marco general de actuación, de manera que la actividad se convierta en un recurso más de los correspondientes Planes Provinciales de Formación.
Por todo ello la Secretaría General de Educación y Formación Profesional del Ministerio de Educación y Cultura, ha dispuesto:
Se convoca un curso de formación a distancia para el profesorado que imparte Ciencias de la Naturaleza en Educación Secundaria Obligatoria, con carácter preferente para el de las provincias que se relacionan en el anexo I.
El curso se desarrollará de mayo de 1999 a febrero de 2000, e irá acompañado de las correspondientes emisiones de sus unidades didácticas en la Televisión Educativa Iberoamericana.
La organización, el desarrollo y el seguimiento del curso correrá a cargo de 16 centros de Profesores y Recursos que aparecen relacionados en el anexo I. Actuarán como tutores de cada grupo los asesores responsables del área de Ciencias de la Naturaleza. Para cada uno de los grupos de participantes se seleccionarán 20 solicitudes.
Los contenidos del curso serán los que se seleccionan en el anexo II. Para su realización a distancia, el profesorado participante contará con el apoyo de las emisiones de la Televisión Educativa, losmateriales impresos y en soporte vídeo, y la acción tutorial desarrollada por los asesores del área de Ciencias de la Naturaleza de los Centros de Profesores y de Recursos.
Las solicitudes se dirigirán a los Centros de Profesores y de Recursos relacionados en el anexo I, en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Podrán solicitar su inscripción en el curso aquellos profesores del área de Ciencias de la Naturaleza que ejerzan en el ámbito del Centro de Profesores y de Recursos o en el de la provincia del mismo, siempre que lo hagan en centros públicos o en centros con concierto en vigor para esa etapa.
Los solicitantes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria deberán ser de alguna de las especialidades vinculadas al área de las Ciencias de la Naturaleza de la Educación Secundaria Obligatoria (Biología y Geología o Física y Química), o contar con la habilitación correspondiente en el caso del profesorado del Cuerpo de Maestros (Matemáticas y Ciencias Naturales).
A las solicitudes se adjuntará la documentación que certifique estos extremos así como la correspondiente a los méritos alegados. Séptimo. Proceso de selección:
a) En cada uno de los 16 grupos se seleccionará un máximo de 20 solicitudes.
b) El proceso de selección se realizará, para cada grupo, por una Comisión de Selección integrada por el asesor-tutor de la actividad y el Director del Centro de Profesores y de Recursos correspondiente, junto con un Asesor técnico-docente de la Unidad de Programas Educativos, en representación de la Dirección Provincial.
c) Tras la aplicación de los criterios incluidos en la base octava de esta convocatoria y del baremo recogido en el anexo III, la Comisión hará pública en el tablón de anuncios del Centro de Profesores y de Recursos y de la Dirección Provincial la relación provisional de los 20 profesores seleccionados, en el plazo no superior a siete días hábiles contados desde la finalización del plazo previsto en la base quinta para entrega de solicitudes. Se harán públicos en el mismo acto los criterios aplicados para el desarrollo del baremo.
d) Transcurrido un nuevo plazo de tres días hábiles para presentar reclamaciones y resueltas las mismas, la Comisión hará pública la selección definitiva y lo comunicará a los pro–fesores seleccionados, convocándoles de inmediato a una reunión informativa.
La Dirección Provincial de Madrid adoptará las medidas organizativas oportunas para los grupos ubicados en Centrosde Profesoresy de Recursos de las diferentes Subdirecciones Territoriales.
Para llevar a cabo el proceso de selección, la Comisión aplicará como criterio prioritario el siguiente:
Estar impartiendo el área de Ciencias de la Naturaleza en la Educación Secundaria Obligatoria en el curso 1998-1999.
En el caso de que resultase vacante alguna plaza, podrán ser cubiertas por profesorado de provincias limítrofes que se comprometa a seguir el curso en las mismas condiciones que el resto de participantes.
A la hora de evaluar al profesorado participante se tendrá en cuenta lo previsto en la Orden de 26 de noviembre de 1992 por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado y se establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), así como los siguientes criterios complementarios:
La respuesta a las indicaciones del tutor relacionadas con el desarrollo del curso.
La asistencia a las sesiones presenciales que se determine.
La entrega de documentos de heteroevaluación en las fechas que se indique.
La elaboración del trabajo global correspondiente a cada fase.
Finalizadas cada una de las dos fases del curso, el Centro de Profesores y de Recursos procederá a la inscripción de la actividad en el Registro General de Formación, asignando a cada uno de los profesores participantes evaluados positivamente un total de 12 créditos (ciento veinte horas) por fase y expidiendo las correspondientes certificaciones.
Para supervisar el proceso de puesta en marcha, realización y evaluación de esta actividad se constituirá una comisión integrada por representantes de la Subdirección General de Formación del Profesorado, el CIDE y el Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación.
Corresponderá a la Subdirección General de Formación del Profesorado la supervisión del proceso en lo que guarda relación con su implantación en los Centros de Profesores y de Recursos o con las funciones que a su personal se le encomiendan.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Educación y Cultura, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».
Provincia | Centro de Profesores y Recursos |
---|---|
Albacete. | Albacete. |
Asturias. | Gijón. |
Asturias. | Pola de Siero. |
Badajoz. | Zafra. |
Ciudad Real. | Ciudad Real. |
León. | León. |
Madrid. | Coslada. |
Madrid. | Aranjuez. |
Madrid. | Collado-Villalba. |
Madrid. | Madrid-Norte. |
Murcia. | Cieza. |
Salamanca. | Peñaranda de Bracamonte. |
Soria. | Soria. |
Toledo. | Toledo. |
Valladolid. | Tordesillas. |
Zamora. | Zamora. |
La presente convocatoria de FORCIENCIAS incluye los siguientes bloques:
Unidad introductoria: Cómo comenzar un curso elemental de ciencia y un proceso de formación continua.
Bloque I: Comprender y orientar los cambios de la materia.
Unidad I.1 La energía: La invención de un concepto fructífero.
Unidad I.2 Cambios en la energía de los sistemas.
Unidad I.3 ¿Cómo se transmite la energía? Introducción al estudio de las ondas.
Unidad I.4 Usos de la energía: Papel de la energía en nuestras vidas.
Unidad I.5 Fuentes de la energía: Problemas asociados a su obtención y uso.
Bloque IV: Descripción y estructura de la materia.
Unidad IV.1 Aire, agua, tierra.
Unidad IV.2 Materiales cotidianos y sus usos.
Unidad IV.3 Combustiones y corrosiones. Meteorización química.
Unidad IV.4 La acidez y los antiácidos.
Unidad IV.5 Descargas eléctricas.
Bloque V: Estudio de algunos sistemas materiales.
Unidad V.1 Sistema solar.
Unidad V.2 La atmósfera y el aire.
Unidad V.3 La hidrosfera.
Unidad V.4 La litosfera. Rocas y minerales. El suelo.
1. Experiencia en Educación Secundaria Obligatoria:
Por cada curso impartiendo materias del 1.er ciclo del área de Ciencias de la Naturaleza: 1 punto (máximo 2 puntos).
Por cada curso impartiendo materias del 2.o ciclo del área de Ciencias de la Naturaleza: 0,5 puntos (máximo 2 puntos) (máximo: 4 puntos).
2. Por pertenecer los solicitantes a un mismo departamento didáctico o seminario: 2 puntos.
3. Por cada experiencia en Proyectos de Formación en Centros, grupos de trabajo o seminarios: 0,5 puntos (máximo 4 puntos).
Máximo total: 10 puntos.
En caso de empate, se utilizaría como criterio la antigüedad como funcionario docente.
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