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Documento BOE-A-1999-8989

Resolución de 24 de febrero de 1999, de la Subsecretaría, por la que se convoca examen para la obtención del título profesional de Agente de la Propiedad Inmobiliaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 1999, páginas 14989 a 14994 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-8989

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Colegios Oficiales de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Junta Central, atribuyó a la Subsecretaría del Ministerio de la Vivienda la facultad de convocar, previo informe de la Junta Central, los exámenes que permitan acreditar suficiente aptitud para obtener el título profesional y, en su caso, la inscripción en el Colegio correspondiente.

No obstante, el ejercicio de tales competencias ha de entenderse atribuido, actualmente, a la Subsecretaría de Fomento en virtud del Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto, de estructura básica del Ministerio de Fomento.

Por otra parte, el Real Decreto 1464/1988, de 2 de diciembre, por el que se desarrolla la Directiva 67/43/CEE, relativa a la realización de la libertad de establecimiento y de la libre prestación de servicios para las actividades no asalariadas incluidas en el sector de los negocios inmobiliarios, dispone que el establecimiento y prestación de servicios en España de los nacionales de otros Estados miembros de la CEE se efectuará cumpliendo los mismos requisitos y en iguales condiciones y con los mismos derechos que los españoles.

En consecuencia, esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por la normativa vigente y previo informe del Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, acuerda convocar un único examen para la obtención del título profesional de Agente de la Propiedad Inmobiliaria, con el objetivo de facilitar los trámites de realización de la convocatoria, sin perjuicio del mantenimiento del temario y del nivel de exigencia en su conocimiento, observando los principios básicos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como nombrar un único Tribunal calificador que haga posible la unificación de criterios y la agilidad en la toma de decisiones en un proceso masivo como se ha constatado en las dos últimas convocatorias.

La realización del examen se sujetará a las siguientes bases:

Primera.

Para tomar parte en el examen será necesario reunir, antes de finalizar el plazo de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de algún otro Estado miembro de la Unión Europea (UE), o de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE).

b) Ser mayor de edad.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) o demás signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE).

d) Estar en posesión de, o en condiciones de obtener, el título universitario oficial de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, u otro título oficial que esté expresamente equiparado a éstos, por disposición o norma de carácter legal o reglamentario.

Quedan exceptuados de este requisito, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) o Espacio Económico Europeo (EEE) comprendidos en el ámbito del Real Decreto 1464/1988, de 2 de diciembre, por el que se desarrolla la Directiva 67/43/CEE, que desempeñen habitual y legalmente en el país de origen o procedencia las actividades profesionales que en España son propias de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, según se determina en el artículo 1 del Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre.

A los efectos de esta convocatoria se entiende que se está en condiciones de obtener el título cuando se hayan superado todos los estudios del plan correspondiente, incluido, en su caso, el proyecto fin de carrera, o prueba final.

En el caso de títulos extranjeros será preciso que se encuentren homologados por el Ministerio de Educación y Cultura antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Asimismo se considerará equivalente al título de diplomado, haber superado los tres primeros cursos completos de Licenciatura universitaria oficial, Ingeniería o Arquitectura, en el plazo indicado en esta base.

Segunda.

El examen se celebrará en Madrid, según establece el citado Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre.

Tercera.

1. La solicitud para tomar parte en este examen se ajustará al modelo que figura como anexo I a esta Resolución y se dirigirá al ilustrísimo señor Subsecretario de Fomento. Las tres páginas de que consta este modelo autocopiativo son, la primera, para el órgano convocante (ejemplar a presentar en el lugar señalado en la convocatoria); la segunda, para la entidad colaboradora correspondiente, y la tercera, para el interesado.

El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en el Ministerio de Fomento (paseo de la Castellana, 67, de Madrid). Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que se detallan como «Instrucciones para el interesado» en el dorso de la instancia.

2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes suscritas por los interesados en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

4. De conformidad con lo establecido por el apartado siete del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, la tasa por derechos de examen será de 6.000 pesetas (tarifa sexta).

El importe de la tasa se consignará en el recuadro destinado al mismo en el impreso de solicitud. El ingreso de dicho importe se efectuará, mediante la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el ingreso de los derechos de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora correspondiente, a través de certificación mecánica o, en su caso, sello y firma autorizada de la misma, en el espacio destinado a estos efectos.

En el supuesto de las solicitudes suscritas en el extranjero, el interesado adjuntará a las mismas comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número 1302/0100/08/0006221595, abierta en Caja Postal (Argentaria), a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Tasas». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de Caja Postal o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. La falta de acreditación del pago de los derechos determinará la no admisión del interesado.

5. En ningún caso la presentación y el pago en la entidad colaboradora supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano que se menciona en el apartado 2 de esta base tercera.

6. Los errores materiales o de hecho y los aritméticos que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, bien de oficio o a instancia de parte interesada.

Cuarta.

1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, por resolución del Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo se aprobarán las listas de admitidos y no admitidos, que se expondrán en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Fomento y en los tablones de anuncios de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Asimismo, a título informativo, se expondrán en el Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y éste, a su vez, podrá dar difusión de las listas a través de los Colegios territoriales. En la lista de los que resulten no admitidos, que se publicará además en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los motivos determinantes de la no admisión.

2. Los aspirantes no admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para poder subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado la no admisión.

Transcurrido dicho plazo, el Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo dictará resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», por la que declararán admitidos a los aspirantes que hubieran subsanado el defecto.

Contra las resoluciones aprobatorias de las listas de admitidos y no admitidos podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes a partir de su publicación, ante el Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo o ante el Subsecretario de Fomento.

3. No se procederá a la devolución de los derechos de examen en los supuestos de no admisión de los aspirantes de las pruebas por causas imputables exclusivamente a los interesados derivadas de la declaración realizada en el impreso de solicitud.

Quinta.

1. El Tribunal que ha de juzgar el examen estará integrado por los miembros que figuran en el anexo II.

2. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

3. Todos los miembros del Tribunal deberán tener la titulación exigida en la base primera de la presente convocatoria.

4. Los miembros de este Tribunal que estuvieran incursos en alguno de los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no podrán participar en el proceso.

5. No podrán formar parte del Tribunal aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas para Agentes de la Propiedad Inmobiliaria en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

Sexta.

1. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, celebrando su sesión constitutiva en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.

2. El Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al completo desarrollo del examen.

3. Los acuerdos habrán de adoptarse por mayoría absoluta.

4. Durante el desarrollo del examen, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

5. El Tribunal adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías que así lo soliciten gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes.

6. En lo no previsto en la presente convocatoria será supletorio lo dispuesto en el capítulo II del título II de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima.

El Tribunal anunciará en el «Boletín Oficial del Estado», al menos con treinta días de antelación, la fecha, lugar y hora de realización del ejercicio, que en ningún caso tendrá lugar antes de transcurrir cuatro meses desde la publicación de la presente convocatoria.

Octava.

Durante la realización del ejercicio, los miembros del Tribunal podrán requerir a los examinandos que acrediten su identidad.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento individual único, quedando decaídos en sus derechos quienes no comparezcan a realizarlo, salvo, por una sola vez, en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

Novena.

El examen, de contenido teórico-práctico, consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basadas en el contenido del programa que figura como anexo III.

Para la realización de esta prueba se dispondrá de un máximo de tres horas y se podrán utilizar máquinas calculadoras.

Décima.

El examen se calificará en la siguiente forma:

Se considerará que han superado la prueba aquellos examinados que contesten correctamente al menos el 60 por 100 del total de las preguntas del cuestionario.

La calificación será de «apto» o de «no apto».

Undécima.

La relación de los aspirantes que fueran declarados aptos se insertará en el «Boletín Oficial del Estado» y se publicará en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Fomento y en los tablones de anuncios de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Asimismo, a título informativo, se expondrán en el Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y éste, a su vez, podrá dar difusión de las listas a través de los Colegios territoriales.

Duodécima.

A partir de la fecha de dicha publicación se abrirá un plazo de dos meses para que los interesados presenten los siguientes documentos, en la forma prevista en la base tercera.2:

1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

2. Declaración jurada o solemne de no haber sido expulsado/a o sepa-rado/a en virtud de expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea y demás signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

3. Fotocopia compulsada del título universitario oficial que haya hecho constar en su solicitud o certificación académica de tener superados los estudios necesarios para su obtención o, en su caso, haber aprobado en su totalidad los tres primeros cursos de Licenciatura universitaria oficial, Ingeniería o Arquitectura en la fecha requerida en la base primera.

En el caso de que el título no sea uno de los específicamente enumerados en el apartado d) de la base primera de esta convocatoria, se aportará, además, certificación expedida por el Ministerio de Educación y Cultura de que aquél se encuentra equiparado u homologado a alguno de los citados en dicha base; o, en su caso, referencia a la disposición legal o reglamentaria de equiparación.

En relación con los nacionales de otros Estados a los que sea de aplicación el Real Decreto 1464/1988, de 2 de diciembre, el documento anterior se sustituirá por una certificación expedida por la autoridad competente del país de origen o de procedencia, acreditativa del ejercicio habitual y legal, en el mismo, de las actividades que en España son propias de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.

A quienes dentro del plazo fijado y, salvo causa de fuerza mayor apreciada por la Administración, no presentaran la documentación señalada, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algún requisito de los señalados en la base primera, no se podrá expedir el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Decimotercera.

A los declarados aptos que reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, les será expedido el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria.

Decimocuarta.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de febrero de 1999.‒El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.

Ilmos. Sres. Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo y Presidente del Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.

ANEXO I

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Instrucciones para el interesado

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta. Asegúrese que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el apartado referente a la convocatoria los cuadros identificados con los números 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 20 y 22, así como los denominados «Código», no deberán consignarse.

Presente la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de las mismas).

Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la correspondiente convocatoria.

El ejemplar para la Administración de esta solicitud deberá entregarse en el lugar señalado en la convocatoria.

ANEXO II

Tribunal calificador:

Presidente: Don Victoriano González García.

Vicepresidente: Don Florentino Rodríguez García.

Secretario: Don Julián Alvarado Izquierdo.

Vocales: Don Gerardo Bustos Pretel, don Emilio Camacho Rojas, doña Eva Coca Burguero, doña Susana Frutos Luna, don Ángel Luis de la Herrán Luzárraga, doña Marta García Nart, don Enrique Garrido Roselló, don Juan José López Palancar, don Luis Llama Zubieta, don Juan M. Marín-Blázquez Pérez, don Manuel Martín Antón, don Manuel Martín Ruiz, don Jorge Martínez Chapa, don Luis Padial Martín, don José M.ª Reyero Díez, don Rafael Salgado de la Torre, don Manuel Sánchez Molano y don Alfredo Verde Martín.

ANEXO III
Programa que se cita

Derecho Privado

Tema 1. Concepto de Derecho. Clasificaciones del Derecho. Derecho Privado: Civil y Mercantil. Derecho Foral. Derecho Internacional Privado. Fuentes del Derecho.

Tema 2. El sujeto de la relación jurídica: La persona. Persona y personalidad. Personas físicas y jurídicas. Capacidad jurídica y de obrar. Circunstancias modificativas de la capacidad de obrar. La representación. El poder. El mandato. La gestión de negocios ajenos.

Tema 3. El objeto del Derecho: Las cosas. Concepto y clases. Cosas muebles e inmuebles. Distinción entre fincas rústicas y urbanas. Bienes de dominio público y de propiedad privada.

Tema 4. El negocio jurídico. Elementos esenciales, naturales y accidentales. Clasificación. Influencia jurídica del tiempo: Caducidad y prescripción.

Tema 5. Derechos reales: Concepto y caracteres. Clasificación. Propiedad y dominio. Contenido y limitaciones del dominio. Modos de adquirir y perder el dominio. La protección del derecho de propiedad.

Tema 6. La posesión: Concepto, naturaleza jurídica y clases. Adquisición, conservación y pérdida. Efectos. La protección posesoria.

Tema 7. La comunidad de bienes: Concepto y clases. Régimen del condominio en el Código Civil Español. Su extinción.

Tema 8. La propiedad horizontal. Régimen jurídico de la propiedad de casas por pisos. Título constitutivo. Cuotas. Estatutos y Reglamentos: Sus modificaciones y efectos frente a terceros. Órganos de la Comunidad de propietarios. Acuerdos de la Junta de propietarios. Limitaciones de uso. Obras e instalaciones. Innovaciones. Afecciones de la propiedad al pago de cuotas.

Tema 9. Derecho de usufructo. Concepto, naturaleza y caracteres. Constitución y extinción. Derechos y obligaciones del usufructuario y del nudo propietario. Derechos de uso y habitación. El derecho real de censo: Concepto y clases.

Tema 10. El derecho de superficie. Su consideración en la legislación de suelo y en el Derecho hipotecario. Los derechos de vuelo y sobreelevación.

Tema 11. Derecho real de servidumbre. Concepto. Clasificación. Las servidumbres prediales. Las servidumbres legales. Adquisición, modificación y extinción de las servidumbres.

Tema 12. Los derechos reales de garantía. Prenda, hipoteca y anticresis. Régimen, carácter, especies, contenido. Constitución, modificación y extinción.

Tema 13. El derecho real de hipoteca: Naturaleza y Caracteres. Clases. Bienes hipotecables y no hipotecables. Obligaciones garantizables con hipoteca. Sujeto pasivo. Derechos del acreedor, propietario y terceros. Extensión objetiva y distribución de la responsabilidad. Efectos del derecho de hipoteca. La acción real y la acción personal. Procedimientos para conseguir la efectividad del crédito hipotecario. Extinción de la hipoteca.

Tema 14. Derecho inmobiliario e hipotecario. El Registro de la Propiedad. Principios hipotecarios: Inscripción; publicidad: Legitimación y fe pública; consentimiento e imprescriptibilidad; buena fe; especialidad; prioridad; rogación; legalidad; tracto sucesivo.

Tema 15. Inmatriculación e inscripción. Declaración de obra nueva. Escritura de división horizontal. El exceso de cabida. Agrupaciones, segregaciones y deslindes. Las prohibiciones de disponer en el Registro. El asiento de presentación y la inscripción.

Tema 16. El expediente de dominio. Actas de notoriedad. Inscripción de la opción, derechos reales, tanteo y retracto.

Tema 17. Hipoteca mobiliaria. La prenda: Concepto. La prenda sin desplazamiento.

Tema 18. La obligación: Concepto y clases. Cumplimiento o incumplimiento. Causas de extinción de las obligaciones: El pago. Compensación y novación de obligaciones. Solidaridad y Mancomunidad.

Tema 19. El contrato: Concepto y clases. Elementos del contrato, forma. Su desarrollo: Generación, perfeccionamiento y consumación. Ineficacia. Resolución y Rescisión de los contratos.

Tema 20. El contrato de compraventa: Concepto y naturaleza. Obligaciones del comprador y vendedor. El pacto de reserva de dominio. Clases de compraventa. Consumación y perfeccionamiento. Los vicios y defectos del objeto de la compraventa. La permuta y su diferencia con la compraventa.

Tema 21. Consideraciones sobre los llamados contratos preparatorios: La promesa de venta. Cantidades a cuenta del precio; las arras o señal.

Tema 22. Contrato de donación. Concepto, efectos y peculiaridades. El contrato de préstamo. Comodato y mutuo, conceptos.

Tema 23. El contrato de arrendamiento. Principios fundamentales del Código Civil en materia de arrendamientos.

Tema 24. El contrato de arrendamiento de servicios y el de obra: Conceptos. Consideraciones de los derechos, obligaciones y responsabilidad del Promotor, Contratista y Técnicos de la construcción.

Tema 25. Contrato de arrendamiento de fincas urbanas en el Código Civil.

Tema 26. Ley de Arrendamientos Urbanos. Ámbito de aplicación.

Tema 27. Arrendamiento de viviendas. Normas generales. Duración del contrato. Renta. Derechos y obligaciones de las partes. Suspensión, resolución y extinción del contrato.

Tema 28. Arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

Tema 29. Disposiciones comunes a los arrendamientos de vivienda y los arrendamientos para uso distinto. Procesos arrendaticios.

Tema 30. Disposiciones transitorias de la normativa actual sobre arrendamientos de vivienda.

Tema 31. La venta por pisos de casas arrendadas, requisitos, prelación, derechos de tanteo, retracto e impugnación. Efectos.

Tema 32. El traspaso de local de negocio; requisitos, modificaciones, tanteo y retracto, participación de la propiedad.

Tema 33. El contrato de arrendamiento de fincas rústicas en el Código Civil y en la legislación especial. Contrato de aparcería; concepto y naturaleza jurídica.

Tema 34. El contrato de mandato: Concepto y caracteres. Clases. Constitución. Contenido y extinción. El poder. El contrato de mediación o corretaje: Definición. Naturaleza jurídica. Normas que lo regulan, constitución, efectos.

Tema 35. El contrato de sociedad: Concepto y naturaleza jurídica, clases de sociedades: Civiles y mercantiles. Constitución, contenido y extinción. La Sociedad mercantil: Tipos y características. El Registro Mercantil. Capacidad para ejercer el comercio. La representación mercantil y los mediadores de comercio.

Tema 36. El contrato de fianza: Concepto, elementos, constitución y extinción. El Contrato de depósito. El secuestro.

Tema 37. La letra de cambio en el Derecho español. Elementos. Excepciones contra la acción cambiaria. La forma de la letra. El endoso. La provisión de fondos. La aceptación de la letra. El aval. El pago. El protesto. Cheques y documentos de crédito o pago. Prescripción de acciones.

Tema 38. Modernas modalidades de contratos inmobiliarios; el aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico; el vitalicio inmobiliario; el «leasing» en bienes inmuebles.

Derecho Público

Tema 39. La Constitución Española. Competencias de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. Derecho de la Unión Europea: Reglamentos, Directivas, Recomendaciones. Aplicabilidad.

Tema 40. Organización de las Administraciones Públicas: Administración General del Estado, Autonómica y Local. El Ministerio de Fomento: Su relación con los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.

Tema 41. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.

Tema 42. Valoraciones de suelo y obras.

Tema 43. Planeamiento urbanístico del territorio.

Tema 44. Ejecución del planeamiento urbanístico.

Tema 45. Expropiaciones y régimen de venta forzosa de la propiedad urbana.

Tema 46. Indemnizaciones por actuación urbanística.

Tema 47. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo y disciplina urbanística.

Tema 48. Instrumentos de intervención en el mercado del suelo.

Tema 49. Régimen jurídico de la actuación urbanística.

Tema 50. Dominio público. Utilización del dominio público: Usos comunes y privativos. Legislación sobre aguas, montes y minas. Limitaciones a la propiedad en la normativa de costas y carreteras. Servidumbres legales. Autorizaciones y concesiones.

Tema 51. Las viviendas de protección oficial (VPO): Concepto. Breve consideración del expediente y sus trámites. La calificación provisional y la definitiva. Promoción pública y privada. Régimen legal: Duración, destino, limitaciones de uso.

Tema 52. El contrato de compraventa de VPO, su visado y sus cláusulas obligatorias. Precios máximos. Entrega de cantidades a cuenta. Entrega y ocupación de la vivienda. Escrituración.

Tema 53. El contrato de arrendamiento de VPO, su visado y cláusulas obligatorias. Precios máximos de renta. Desahucio.

Tema 54. Infracciones y sanciones en materia de VPO. Concepto y clases. Expedientes sancionadores. Ejecución de resoluciones sancionadoras. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria.

Tema 55. Financiación de las actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo.

Tema 56. Consideración especial de la financiación de viviendas. Financiación del primer acceso a la vivienda en propiedad. La rehabilitación y su financiación.

Tema 57. Protección al consumidor. Limitaciones a la publicidad en materia de vivienda. Información al consumidor en la compraventa y arrendamientos.

Tema 58. Los tributos. Concepto, naturaleza y clases. Estudio especial del impuesto. Su concepto y fundamentos. Principios de la imposición.

Tema 59. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Bases imponibles y liquidables y deuda tributaria. Legislación sobre inversiones de capital extranjero en España, con referencia especial a bienes y derechos inmobiliarios.

Tema 60. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El hecho imponible, deducciones y desgravaciones. Incrementos y disminuciones patrimoniales: Normas generales. Impuesto de Sociedades.

Tema 61. Impuesto sobre el Patrimonio. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible, tipos. Tasas y precios públicos.

Tema 62. Haciendas Locales: Tasas, contribuciones especiales e Impuestos. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Impuesto sobre Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 63. La vivienda y su tributación. Gravamen sobre las transmisiones. Impuestos sobre bienes inmuebles. Otros impuestos.

Tema 64. Fiscalidad de la vivienda. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio. Impuesto de Sociedades.

Tema 65. Beneficios fiscales en favor de la vivienda. Sistema tributario municipal: Tasas, contribuciones especiales e impuestos sobre bienes inmuebles. En los restantes tributos.

La actividad profesional

Tema 66. Legislación sobre Colegios Profesionales. Normas reguladoras de la profesión de Agente de la Propiedad Inmobiliaria. Acceso a la profesión. Colegiación: Sus requisitos. La fianza garantía. Prohibiciones e incompatibilidades. Derechos y deberes. Situaciones profesionales. Relaciones del Agente de la Propiedad Inmobiliaria con la Seguridad Social.

Tema 67. Las funciones del Agente de la Propiedad Inmobiliaria. Normas de contratación. Honorarios profesionales. La especialización de la actividad: Rústica, urbana, industrial, turística, etc.

Tema 68. La actuación del Agente de la Propiedad Inmobiliaria en la tasación de bienes o derechos inmobiliarios. Consultas y dictámenes. Estudio económico de la inversión. Análisis y cálculo de costes, fiscalidad y rentabilidad.

Tema 69. La organización del despacho profesional. Personal auxiliar. La relación con el cliente. Los servicios imprescindibles y los complementarios. La relación con la Administración y organismos oficiales.

Tema 70. Los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria: Organización, fines y atribuciones. Juntas de Gobierno. Juntas generales. Concepto y fines. El Consejo General de los Colegios: Organización, fines y atribuciones. Asambleas Nacionales. Elecciones de cargos directivos.

Tema 71. La libertad de establecimiento y libre prestación de servicios para actividades no asalariadas en el sector inmobiliario en los países de la Unión Europea. Regulación del sistema general de reconocimiento de títulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Unión Europea.

Tema 72. Régimen disciplinario de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Faltas, expedientes y sanciones. Recursos. Código de Deontología Profesional.

Tema 73. La Federación Internacional de Profesiones Inmobiliarias (FIABCI).

Cálculo mercantil y financiero

Tema 74. Cálculo mercantil y financiero. Sistema métrico. Razón y proporción. Regla de tres, tanto por ciento, repartos proporcionales. Intereses. Capitalizaciones. Operaciones y pignoración de valores. Préstamos y amortizaciones.

Tema 75. Contabilidad. Sistemas. Libros. La amortización. El balance: Operaciones previas, regularizaciones, pérdidas y ganancias.

Tema 76. La renta nacional y otras magnitudes macroeconómicas. El dinero, naturaleza, funciones. El mercado financiero. El euro.

Tema 77. El Mercado. La oferta y demanda. El proceso circulatorio del dinero. La inflación de costes. La inflación estructural. El proceso inflacionista. Efectos de la inflación. Cálculo de valores actuales.

Tema 78. El crédito y la financiación. Entidades de crédito: Bancos y cajas de ahorro.

Tema 79. Préstamos: Clases, requisitos y condiciones. Amortización de préstamos. Tipos de interés: Nominal, efectivo, fijo, variable. Plazo de amortización. Vencimientos periódicos. Términos amortizativos: Constantes, crecientes. Cálculo de anualidades de amortización y del capital pendiente.

Topografía y planimetría

Tema 80. Topografía. Clasificación. Planimetría. Altimetría. Proyecciones cartesianas y esféricas.

Tema 81. Geometría aplicada a la topografía. Nociones elementales de la trigonometría.

Tema 82. Alineaciones, jalonamiento, medición de alineaciones, cinta métrica y cadena de agrimensor, escuadra de agrimensor, ligera descripción del taquímetro y del teodolito. Miras, su lectura y empleo.

Tema 83. Medición de superficies. Superficies geométricas. Fórmulas de áreas. Medición de superficies irregulares. Triangulación, sistema radial, sistema de estaciones sucesivas. Libreta topográfica. Uso de las tablas de curvas.

Tema 84. Problemas elementales de prolongación de alineaciones con obstáculos. Lectura de planos. Planímetros.

Tema 85. Volúmenes de cuerpos regulares e irregulares. Cubicaciones de tierras. Cubicaciones de edificios y elementos de los mismos.

Valoraciones inmobiliarias

Tema 86. La valoración inmobiliaria: Técnicas y métodos de valoración. Valor real, de reposición, de mercado, legal, otros valores. Estudio del mercado, selección de muestreo y correcciones. Valor de reposición, coste de la construcción, la depreciación y la amortización. El valor en renta.

Tema 87. Valoración fiscal inmobiliaria. Valoración del suelo y de la construcción. Valoración catastral. Normas técnicas para determinar el valor catastral de bienes de naturaleza urbana, y su revisión. Valoración a efectos del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos. Valoración de fincas rústicas.

Tema 88. Valoraciones en los supuestos de expropiación forzosa. Valoración del suelo y de la construcción. Valoración de Viviendas de Protección Oficial. Valoración de derechos reales y traspasos.

Tema 89. La valoración a efectos del mercado hipotecario. Normas para valorar terrenos, locales de negocio, viviendas y oficinas, edificios de uso comercial o industrial y para otros usos.

Tema 90. Construcción y elementos físicos del inmueble. El solar susceptible de edificación. Excavaciones, entibaciones, terraplenes y desmontes. La cimentación: Replanteo y nivelación. Andamiajes, pilares, encofrados. Estructura resistente. Cerramientos. Cubiertas; tejados y azoteas. Tabiquería. Aislamientos. Solados. Revestimientos y acabados. Carpintería, cerrajería y vidriería. Instalaciones: Saneamiento, fontanería, electricidad, calefacción, aire acondicionado, ventilación, aparatos elevadores, telecomunicación.

ANEXO IV
Declaración jurada o solemne

Don/doña ...................................................................., con documento nacional de identidad/pasaporte número ..................., declara bajo juramento o promete, a efectos de que le sea expedido el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria, no haber sido expulsado/a o separado/a en virtud de expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, en el ámbito de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea y demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

En ..............., a .... de ............... de .......

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