Visto el expediente de indulto de don Manuel Rodríguez Dávila, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas, en sentencia de fecha 18 de septiembre de 1991, como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de tres meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de abril de 1999,
Vengo en indultar a don Manuel Rodríguez Dávila la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 9 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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