En el recurso contencioso-administrativo número 1.274/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Janssen Pharmaceutica N.V.», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de septiembre de 1994 y 20 de febrero de 1995, se ha dictado, con fecha 4 de febrero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de “Janssen Pharmaceutica N.V.”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de febrero de 1995, que confirma en reposición la de 5 de septiembre de 1994, por la que se deniega la marca internacional número 591.832 “Interceed” para amparar productos de la clase 10.ª del Nomenclátor, declaramos conforme a Derecho las citadas resoluciones; sin hacer expresa imposición de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.—El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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