En el recurso contencioso-administrativo número 1.222/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Embalatges Amat, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de noviembre de 1994, y 4 de abril de 1995, se ha dictado, con fecha 16 de abril de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de ‘‘Embalatges Amat, Sociedad Anónima’’, contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 4 de noviembre de 1994 por el que se denegó la inscripción del nombre comercial ‘‘Embalatges Amat, Sociedad Anónima’’ número 160.250, y contra resolución de 4 de abril de 1995 por la que se desestima el recurso formulado contra aquel acuerdo, acuerdo y resolución que anulamos, y declaramos la concesión del nombre comercial solicitado ‘‘Embalatges Amat, Sociedad Anónima’’, número 160.250.
Sin formular especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales
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