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Documento BOE-A-1999-937

Resolución de 30 de noviembre de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declarada firme en el recurso contencioso-administrativo número 668/1996, promovido por «Unibox, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1999, páginas 1812 a 1812 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-937

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 668/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Unibox, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de mayo de 1995 y de 9 de febrero de 1996, se ha dictado, con fecha 15 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el señor Gala Escribano, en representación de la entidad “Unibox, Sociedad Anónima’”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 3 de mayo de 1995, confirmada en reposición por Resolución de fecha 9 de febrero de 1996, del mismo organismo, que concedió la inscripción de la marca número 1.712.578, “Unibox”, para amparar productos de la clase 19 del Nomenclátor, concretamente “edificios transportables prefabricados de hormigón”, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a derecho, sin hacer imposición de las costas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

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