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Documento BOE-A-1999-9501

Orden de 18 de marzo de 1999 por la que se autoriza al centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Técnicos Palencia», sito en Palencia, para impartir en doble turno el ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 1999, páginas 15660 a 15661 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-9501

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la compañía mercantil «Centro de Estudios Técnicos Palencia, Sociedad Limitada», en solicitud de autorización para impartir en doble turno el ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas en el Centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Técnicos Palencia», sito en la calle Menéndez Pelayo, número 9, de Palencia,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Autorizar al Centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Técnicos Palencia», sito en la calle Menéndez Pelayo, número 9, de Palencia, para impartir en doble turno el ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del citado centro, que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Centro de Estudios Técnicos Palencia».

Domicilio: Calle Menéndez Pelayo, 9.

Localidad: Palencia.

Municipio: Palencia.

Provincia: Palencia.

Titular: «Centro de Estudios Técnicos Palencia, Sociedad Limitada».

Enseñanzas autorizadas:

a) Turno diurno:

Ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. Capacidad: Número de grupos: Dos. Número de puestos escolares: Sesenta.

b) Turno vespertino:

Ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.Capacidad: Número de grupos: Dos. Número de puestos escolares: Sesenta.

Segundo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 18 de marzo de 1999.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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