De conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General
de Alimentación, relativa a la solicitud de homologación de un contrato-tipo
de compraventa de limones con destino a su transformación en zumo,
formulada por la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo (AILIMPO),
acogiéndose a la Ley 19/1982, de 26 de mayo, y habiéndose cumplido
los requisitos previstos en el Real Decreto 2556/1985, de 27 de diciembre,
modificado por el Real Decreto 1468/1990, de 16 de noviembre, así como
los de la Orden de 9 de enero de 1986, modificada por la Orden de 20
de diciembre de 1990, y el Reglamento (CE) número 2200/96, y a fin de
que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de
la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación, en su virtud dispongo:
Artículo 1.
Se homologa según el régimen establecido por el Real Decreto
2556/1985, de 27 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1468/1990,
de 16 de noviembre, el contrato-tipo de compraventa de limones con destino
a su transformación en zumo, cuyo texto figura en el anexo de esta
disposición.
Artículo 2.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo
será el de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 12 de abril de 1999.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
Ilmo. Sr. Secretario general de Agricultura y Alimentación e Ilma. Sra.
Directora general de Alimentación.
ANEXO
Contrato-tipo
Contrato de compraventa de limones con destino a su transformación
en zumo
Contrato número ............
En ............, a ...... de ......... de 199...
De una parte, y como vendedor la Organización de Productores
número ...............,con código de identificación fiscal número...............,
y con domicilio social en......,calle......,número......,provincia......,
representada en este acto por don.............................................,
como...........................de la misma y con capacidad necesaria para
la formalización del presente contrato.
Y de otra parte, como comprador, la industria............................
con código de identificación fiscal número....................................
y con domicilio social en......,calle......,número......,provincia......,
representada en este acto por don.............................................,
como...........................de la misma y con capacidad necesaria para
la formalización del presente contrato.
Reconociéndose ambas partes con capacidad para contratar, y
declarando expresamente que adoptan el modelo de contrato-tipo homologado,
por Orden de................................,conciertan el siguiente contrato
de compraventa de cosecha futura de limones con destino a zumo, con
las siguientes estipulaciones:
Primera. Objeto del contrato. El vendedor se compromete a entregar
y el comprador a aceptar y transformar en las condiciones que se establecen
en el presente contrato ......... kilogramos de limones.
El total contratado se desglosa según su procedencia en:
......... kilogramo procedentes de socios de la O.P. y
......... kilogramo procedentes de agricultores individuales, en lo sucesivo
denominados no socios.
Quedando las cantidades contratadas detalladas en la relación adjunta
(apéndice 1).
Segunda. Especificaciones de calidad. -Los limones entregados a la
industria deberán responder a las características: "Frutos enteros, sanos,
exentos de daños y/o alteraciones externas visibles. Igualmente, estarán
exentos de ataques de podredumbre. El rendimiento de zumo deberá ser,
al menos, igual al 20 por 100 y tener un extracto seco soluble (grado
Brix) igual o superior a 7.
Tercera. Calendario de entregas (incluye socios y no socios).
Período de entrega Intervalo
Desde Hasta
Variedad Kilos Precio Ptas/Kg
Los calendarios de entregas desglosados por kilogramos procedentes
de socios y no socios quedan recogidos en el apéndice 1.
Para los contratos plurianuales el calendario por campañas queda
recogido en el apéndice 2.
Ambas partes se obligan a confirmar con quince días de antelación,
la fecha de entrega aproximada que figura en el cuadro anterior, a fin
de que el comprador prepare el envío de camiones para la retirada de
mercancías.
Cuarta. Fijación de precios. Precios a percibir. -Se conviene como
precio a pagar por el limón que reúna las características estipuladas, el
de ...........................................................pesetas/kilogramo,
másel ......................por100deIVA, menos la parte correspondiente
al sector productor de la aportación paritaria a que se hace mención en
la estipulación novena.
Quinta. Forma de pago. -El comprador efectuará el pago de la factura
del siguiente modo: La fruta entregada durante el mes natural será
facturada con fecha del último día de dicho mes. El pago se realizará en
los sesenta días posteriores a la fecha de factura.
El pago de la materia prima al productor por parte del transformador
sólo podrá efectuarse por transferencia bancaria o postal a:
Entidad bancaria............................................................
Cuenta corriente número...................................................,
cuya titularidad corresponde al vendedor.
Sexta. Recepción e imputabilidad de costes. -La mercancía que
ampara este contrato podrá ser recepcionada por el comprador (1): En la factoría que el comprador tiene en.............................
siendo por cuenta del comprador los gastos del transporte. En las instalaciones de la organización de productores.............
El control de calidad y peso del limón objeto del presente contrato
se efectuará a pie de fábrica.
Séptima. Indemnizaciones. -El incumplimiento de este contrato a
efectos de entrega y recepción del limón dará lugar a una indemnización
que se fija en la forma siguiente:
Si el incumplimiento es imputable al vendedor, consistirá en una
indemnización al comprador del 25 por 100 del valor estipulado para la mercancía
que haya dejado de entregar hasta completar la cantidad contratada.
Si el incumplimiento fuese imputable al comprador que se negase a
la recepción del limón en las cantidades y calidades contratadas, además
de quedar el limón a la libre disposición del vendedor, tendrá el comprador
la obligación de indemnizar al vendedor en un 25 por 100 del valor
estipulado para las cantidades que no hubiese querido recibir.
Cuando el incumplimiento se derive de negligencia ó morosidad de
cualquiera de las partes, se podrá tener en cuenta la valoración de la
comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación novena que
estimará la proporcionalidad entre el grado de incumplimiento y la
indemnización correspondiente, que en ningún caso sobrepasará la establecida
en los párrafos anteriores.
Se entiende que para que exista indemnización no deberá presentarse
un caso justificado de ruptura de contrato.
No se consideran causas de incumplimiento de contrato las de fuerza
mayor demostrada, derivadas de huelgas, siniestros, situaciones
catastróficas producidas por adversidades climatológicas o enfermedades y/o
plagas no controlables por cualquiera de las partes contratantes.
Si se produjera alguna de estas causas, ambas partes convienen en
comunicarlas dentro de los siete días siguientes a haberse producido.
Octava. Arbitraje. -Cualquier diferencia que pudiera surgir entre las
partes en relación con la interpretación o ejecución del presente contrato
y que no pudieran resolver de común acuerdo, o por la comisión de
seguimiento a que se hace referencia en la estipulación novena, deberá some
terse al arbitraje regulado en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, con la
especialidad prevista en la Ley 19/1982, de 26 de mayo, sobre contratación
de productos agrarios, consistente en que el árbitro o árbitros serán
nombrados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Novena. Comisión de seguimiento. Funciones y financiación. -El
control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del presente contrato
se realizará por la comisión de seguimiento de transformados a base de
limón "AILIMPO", formada paritariamente, que cubrirá sus gastos de
funcionamiento mediante aportaciones paritarias de los sectores productor
e industrial a razón de ..................... pesetas/kilogramo de limón contratado,
haciéndose responsable el comprador del pago de la totalidad de dicha
aportación, según acuerdo adoptado por dicha comisión.
De conformidad con cuanto antecede, y para que conste a los fines
procedentes, se firman los preceptivos seis ejemplaresyaunsolo efecto
en el lugar y fecha expresado en el encabezamiento, remitiendo el
comprador cada una de las copias a sus respectivos destinatarios.
El comprador, El vendedor,
(1) Marcar con una cruz lo que proceda.
APÉNDICE 1
Anexo al contrato número ................... de compraventa de limones con destino a zumo. Campaña 1999/2000. Relación de agricultores
Las cantidades contratadas con destino a industria correspondientes tanto a socios como a no socios, reflejadas en la estipulación primera del
presente contrato y establecidas en un total de ......... kilogramos de limones proceden de los agricultores que a continuación se relacionan.
Superficie Hectáreas Nombre o razón social DNI/CIF Provincia Contrat. 1 er período Contrat. 2. o período Contrat. 3. o período Contrat. 4. o período Total contratado
Total contratado: ................................................................
El comprador: El vendedor:
APÉNDICE 2
Anexo al contrato número ................... de compra-venta de limones con
destino a zumo. Calendario de entregas plurianual
Campaña: ............./............
Precio Ptas./kg Período de entregas Kilogramos
Junio-julio-agosto.
Septiembre-octubre-noviembre.
Diciembre-enero-febrero.
Marzo-abril-mayo.
Total kilogramos campaña.
Campaña: ........./.........
Precio Ptas./kg Período de entregas Kilogramos
Junio-julio-agosto.
Septiembre-octubre-noviembre.
Diciembre-enero-febrero.
Marzo-abril-mayo.
Total kilogramos campaña.
Campaña: ........./.........
Precio Ptas./kg Período de entregas Kilogramos
Junio-julio-agosto.
Septiembre-octubre-noviembre.
Diciembre-enero-febrero.
Marzo-abril-mayo.
Total kilogramos campaña.
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