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Documento BOE-A-2000-10507

Resolución de 31 de mayo de 2000, de la Subsecretaría, de delegación de competencias en materia de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 3 de junio de 2000, páginas 19694 a 19694 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-10507
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/05/31/(1)

TEXTO ORIGINAL

La reestructuración efectuada por el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 28), de reestructuración de los Departamentos ministeriales, por el Real Decreto 574/2000, de 5 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 6), por el que se crean determinados órganos directivos en el Ministerio de Hacienda, Educación, Cultura y Deporte, de Economía y de Ciencia y Tecnología, y por el Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y Hacienda ha afectado al ejercicio de las competencias regulado por diversas Órdenes de delegación del suprimido Ministerio de Economía y Hacienda.

En tanto se aprueba el Real Decreto por el que habrá de desarrollarse la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, se hace precisa la delegación de las competencias contempladas en las Órdenes ministeriales que se citan a continuación, de forma que se permita la gestión ordinaria de competencias atribuidas a los nuevos órganos.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa aprobación del Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, dispongo:

Primero.-Se delega en el Secretario general Técnico del Ministerio de Economía la competencia sobre comisiones de servicio con derecho a indemnización, prevista en el apartado 1 del artículo 4 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), sobre indemnizaciones por razón de servicio de los funcionarios públicos, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, sin perjuicio de las delegaciones expresas sobre esta materia en otros órganos del Departamento.

Segundo.-Las delegaciones de competencias contenidas en la presente Resolución se entienden sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportuno.

Tercero.-Siempre que se haga uso de las delegaciones o atribuciones contenidas en la presente Resolución deberá hacerse constar expresamente en la Resolución administrativa correspondiente.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 31 de mayo de 2000.-El Subsecretario, Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Secretario general Técnico de Economía, Directores generales del Departamento e Interventor Delegado de Economía y Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/05/2000
  • Fecha de publicación: 03/06/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 03/06/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía
  • Subsecretaría del Ministerio de Economía

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