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Documento BOE-A-2000-10549

Resolución de 10 de mayo de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a los Convenios de colaboración para la redacción de un plan especial de actuación para la accesibilidad entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (IMSERSO), el Gobierno de Canarias, la Fundación ONCE para la Cooperación e Integración Social de Personas con Minusvalías y la Corporación Local de Ingenio y otras dieciocho entidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2000, páginas 19791 a 19792 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-10549

TEXTO ORIGINAL

Suscritos los Convenios de colaboración entre el Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales (IMSERSO), la Comunidad Autónoma de Canarias, la

Fundación ONCE, la Corporación Local de Ingenio y otras dieciocho

entidades que se relacionan a continuación del texto del Convenio, para la

redacción de un plan especial de accesibilidad para la cooperación e

integración social de personas con minusvalías, y en cumplimiento de lo

dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" de los citados Convenios, que figuran como anexo de esta

Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de mayo de 2000.-El Secretario general técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Convenio de colaboración para la redacción de un plan especial de

actuación para la accesibilidad entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales (IMSERSO), el Gobierno de Canarias, la Fundación ONCE para

la Cooperación e Integración Social de Personas con Minusvalías,

y la Corporación Local de Ingenio

En Madrid, a 25 de noviembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende,

Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en

adelante, IMSERSO,

De otra parte, el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín,

Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias,

De otra parte, don Rafael de Lorenzo García, Vicepresidente primero

ejecutivo de la Fundación ONCE para la Cooperación e Integración Social

de Personas con Minusvalías.

Y, de otra, el ilustrísimo señor don Juan José Espino del Toro,

Alcalde-Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Ingenio.

Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar

el presente Convenio, a cuyos efectos

MANIFIESTAN

Primero.-Que el IMSERSO y la Fundación ONCE mantienen una común

preocupación por la mejora de la accesibilidad y la eliminación de barreras

arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación sensorial en los núcleos

urbanos, para lo cual vienen desarrollando una línea de cooperación a

fin de aunar esfuerzos y colaborar con otros organismos públicos en la

consecución de una mejor calidad de vida de las personas con movilidad

reducida.

A tal fin, con fecha 16 de junio de 1998, los titulares de ambas

instituciones han firmado un Convenio de colaboración cuyo objeto es la

ejecución de un programa global de accesibilidad en colaboración con otras

instituciones del país, a lo largo de los años 1998/2000.

Segundo.-Que el Gobierno de Canarias ha manifestado su interés en

participar en la actuación conjunta mencionada en el punto anterior, de

acuerdo con lo previsto en el tercer párrafo de la cláusula octava del

Convenio de colaboración indicado, suscribiendo el Convenio o Convenios

correspondientes.

Tercero.-Que en base a este Convenio, y teniendo en cuenta lo

establecido en el artículo 149.1.17.o de la Constitución; el artículo 29 del

Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10

de agosto, y el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de

las Bases de Régimen Local, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,

a través del IMSERSO, el Gobierno de Canarias, la Fundación ONCE y

la Corporación Local de Ingenio declaran su interés en suscribir un

Convenio de colaboración para la ejecución de un programa de accesibilidad

en su término municipal.

Por todo lo expuesto, las partes formalizan el presente Convenio de

colaboración, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por finalidad la redacción de un

plan especial de actuación para la accesibilidad arquitectónica y

urbanística, que comprende el término municipal de Ingenio, de acuerdo con

lo establecido en la Memoria técnica presentada, que se acepta como objeto

de este Convenio.

Segunda.-La redacción del plan especial será llevado a cabo por la

empresa especializada en accesibilidad del grupo empresarial Fundación

ONCE, "Desarrollos Vía Libre, Sociedad Limitada", o por cualquier otra

firma, profesional o equipo de profesionales que, a juicio de la Comisión

de Seguimiento de este Convenio, y a propuesta de la entidad local, resulte

aconsejable por su experiencia y conocimientos en materia de arquitectura

accesible.

En cualquier caso, corresponderá a la Corporación Local la contratación

de la asistencia técnica necesaria para la redacción del estudio objeto

del Convenio, con la entidad que se determine de acuerdo con lo establecido

en el párrafo anterior.

Tercera.-El plan especial de actuación para la accesibilidad deberá

abordar, al menos, los siguientes contenidos:

Memoria. Descripción de la ciudad. Objetivos generales.

Normativa aplicable.

Plan de actuación en el viario urbano.

Plan de actuación en edificios públicos.

Soluciones constructivas que se proponen.

Cuarta.-El coste total del plan especial de actuación para la

accesibilidad asciende a la cantidad de 5.999.520 pesetas.

Se consideran incluidos en este importe las remuneraciones del

personal que realice los trabajos, los impuestos o tasas que lo graven y demás

gastos que, en su caso, fueran consecuencia del trabajo, aunque tuvieran

el carácter de repercutibles.

Quinta.-La cantidad que corresponde aportar a cada una de las

entidades firmantes será la siguiente:

IMSERSO.

Comunidad Autónoma.

Fundación ONCE: 4.499.640 pesetas.

Corporación Local: 1.499.880 pesetas.

Total: 5.999.520 pesetas.

La Fundación ONCE correrá con la financiación de su parte y de las

correspondientes al IMSERSO, y a la Comunidad Autónoma,

compensándose las partes recíprocamente de acuerdo con el plan de financiación

reflejado en el acta de la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento

del Convenio el 21 de abril de 1999.

Sexta.-Las partes harán efectivo el pago de su aportación en el

momento que les sea entregado un ejemplar del plan especial elaborado.

Séptima.-La Comisión de Seguimiento del Convenio, a la que se refiere

la cláusula segunda, estará integrada por dos representantes de cada

institución participante en este Convenio, designados, respectivamente, por

los titulares de los órganos directivos del IMSERSO, de la Fundación ONCE,

de la Comunidad Autónoma y de la Corporación Local.

Corresponde a esta Comisión decidir sobre las cuestiones que se

planteen en relación con el desarrollo y ejecución del Convenio,

fundamentalmente en lo relativo al seguimiento de la redacción del plan especial

de actuación para la accesibilidad que constituye el objeto del presente

Convenio.

Presidirá la Comisión de Seguimiento, en forma rotativa, uno de los

representantes del IMSERSO, la Comunidad Autónoma, la Corporación

Local y la Fundación ONCE, asistentes a la reunión de que se trate.

Octava.-El presente Convenio extenderá su vigencia desde la fecha

de su suscripción hasta el día 31 de diciembre de 1999. No obstante, la

Corporación Local tendrá un plazo para presentar la justificación de la

redacción del proyecto, ante los responsables de las restantes instituciones

participantes, hasta el día 31 de octubre de 2000.

Novena.-Una vez entregado el plan especial de actuación para la

accesibilidad, se procederá a su presentación, en un acto público

interinstitucional, al que serán invitados los medios de comunicación y los

representantes del movimiento asociativo de discapacitados existente en la

localidad.

Décima.-Con carácter previo a la suscripción del presente Convenio,

la Corporación Local deberá acreditar suficientemente el cumplimiento

de las exigencias de reserva de puesto de trabajo para personas con

discapacidad, tal y como se refleja en la normativa vigente.

Undécima.-Será causa de resolución del presente Convenio el

incumplimiento por las partes intervinientes de las obligaciones contenidas en

sus cláusulas. En tal caso las partes que resulten afectadas podrán

suspender su cooperación con la otra u otras entidades.

Duodécima.-La parte, o partes, podrán proponer la modificación o

denunciar el presente Convenio, comunicándolo por escrito a la otra parte,

o partes, al menos con dos meses de antelación a la fecha término de

su vigencia.

Decimotercera.-El presente Convenio de colaboración se halla

excluido del ámbito de aplicación de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de

Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en

el artículo 3.1.c) de la misma.

Decimocuarta.-La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la

competente para resolver cuantas cuestiones litigiosas pudieran suscitarse

entre las partes en el desarrollo del presente Convenio, dada su naturaleza

administrativa.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente

Convenio, por cuadruplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y

fecha reseñado en su encabezamiento.-Por el IMSERSO, Héctor Maravall

Gómez-Allende.-Por el Gobierno de Canarias, Marcial Morales Martín.-Por

la Fundación ONCE, Rafael de Lorenzo García.-Por el Ayuntamiento, Juan

José Espino del Toro.

El presente texto, que se publica íntegramente, ha sido suscrito entre la Dirección General del IMSERSO, Fundación ONCE, la Consejería de Empleo

y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y los representantes de las entidades que a continuación se relacionan, especificando

las aportaciones y fecha de firma de cada uno de ellos:

Aportaciones

Total

-Pesetas

CC. AA.

-Pesetas

Entidad Local

-Pesetas

IMSERSO

-Pesetas

Fundación ONCE

-Pesetas

Fecha de firmaEntidad

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.000.000 0 4.750.000 0 14.250.000 1- 9-1999

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.000.000 0 3.750.000 0 11.250.000 1- 9-1999

Ayuntamiento de Arrecife . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.598.080 0 1.649.520 0 4.948.560 4-11-1999

Ayuntamiento de Puerto del Rosario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.394.000 0 1.348.500 0 4.045.500 9-11-1999

Ayuntamiento de Santa Cruz de la Palma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.394.000 0 1.348.500 0 4.045.500 20-10-1999

Ayuntamiento de San Sebastián de la Gomera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.598.320 0 899.580 0 2.698.740 19-10-1999

Rector de Universidad de Las Palmas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000.000 0 2.000.000 0 6.000.000 2- 8-1999

Ayuntamiento de Telde . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.916.000 0 2.229.000 0 6.687.000 2- 8-1999

Ayuntamiento de Arucas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.999.520 0 1.499.880 0 4.499.640 1- 9-1999

Ayuntamiento de Santa Lucía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.598.080 0 1.649.520 0 4.948.560 2- 8-1999

Ayuntamiento de La Orotava . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.598.080 0 1.649.520 0 4.948.560 28-10-1999

Ayuntamiento de Los Realejos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.598.080 0 1.649.520 0 4.948.560 1- 9-1999

Ayuntamiento de Puerto de la Cruz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.656.000 0 1.914.000 0 5.742.000 15-10-1999

Ayuntamiento de Galdar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.999.520 0 1.499.880 0 4.499.640 20-10-1999

Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.999.520 0 1.499.880 0 4.499.640 1- 9-1999

Ayuntamiento de Icod de los Vinos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.999.520 0 1.499.880 0 4.499.640 28-12-1999

Ayuntamiento de Arona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.999.520 0 1.499.880 0 4.499.640 1- 9-1999

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.394.000 0 1.348.500 0 4.045.500 2- 8-1999

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