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Documento BOE-A-2000-11114

Resolución de 4 de abril de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo del subsistema de medida destinado a la medida de líquidos derivados del petróleo (excepto GLP), marca "Cabco", modelos T11, T20, ST40, ST75 y ST160.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2000, páginas 20949 a 20949 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-11114

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad «Cabco Industrial, Sociedad Anónima», con domicilio en carrera de Barbens, kilómetro 1, de Bellpuig (Lleida), en solicitud de aprobación de modelo para el subsistema de medida, destinado a la medida de líquidos derivados del petróleo (excepto GLP), marca «Cabco», modelo T, versiones T11, T20, ST40, ST75 y ST160, equipado con un cabezal electrónico marca «Multiflow», modelo TTDS, y una cámara de medida marca «Smith Meter», modelos T11, T20, ST40, ST75 y ST160;

Teniendo en cuenta la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, que en el punto 1.16 de su anexo contempla la posibilidad de realizar aprobaciones de modelo de subsistemas, y considerando, asimismo, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, que, en su artículo 4, permite introducir condicionamientos particulares en el caso del empleo de técnicas no prevista en una reglamentación específica,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, así como la Orden de 26 de diciembre de 1988 y la Orden de 28 de diciembre de 1988, que regulan los contadores volumétricos y los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, ha resuelto:

Primero.

Conceder aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Cabco Industrial, Sociedad Anónima», del subsistema de medida, destinado a la medida de líquidos derivados del petróleo (excepto GLP), marca «Cabco», modelo T, versiones T11, T20, ST40, ST75 y ST160, equipado con un cabezal electrónico marca «Multiflow», modelo TTDS, y una cámara de medida marca «Smith Meter», modelos T11, T20, ST40, ST75 y ST160.

Las denominaciones y características son:

Modelo: T.

Versiones:

T11 (cámara volumétrica marca «Smith Meter», modelo T11).

T20 (cámara volumétrica marca «Smith Meter», modelo T20).

ST40 (cámara volumétrica marca «Smith Meter», modelo ST40).

ST75 (cámara volumétrica marca «Smith Meter», modelo ST75).

ST160 (cámara volumétrica marca «Smith Meter», modelo

ST160). Características metrológicas (en función de la versión):

Versión T11 T20 ST40 ST75 ST160
Caudal máx. 375 l/min. 750 l/min. 320 l/min. 600 l/min. 1.200 l/min.
Caudal mín. 37 l/min. 75 l/min. 32 l/min. 60 l/min. 120 l/min.
Sumin. mín. 40 litros. 80 litros. 50 litros. 80 litros. 150 litros.
Presión máx. 10 bar. 10 bar. 10 bar. 10 bar. 10 bar.
Viscos máx. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s.
Margen temp. –20oC a +50oC. –20oC a +50oC. –20oC a +50oC. –20oC a +50oC. –20oC a +50oC.
Segundo.

A efectos de lo indicado en esta Resolución, se entenderá como subsistema el conjunto formado por la cámara de medida, el cabezal electrónico y el resto de los dispositivos complementarios, así como los dispositivos necesarios para asegurar una correcta medida, que aparecen reflejados en el anexo técnico.

Tercero.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/141/11114_10390005_image1.png

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de características):

Nombre y anagrama del fabricante.

Denominación del modelo y versión.

Número de serie y año de fabricación.

Caudal máximo en litros/minuto.

Caudal mínimo en litros/minuto.

Suministro mínimo en litros.

Presión máxima de funcionamiento en bar.

Clase de líquidos a medir.

Margen de temperatura de funcionamiento en grados centígrados.

Signo de aprobación de modelo.

Quinto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Sexto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Séptimo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presenta aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 4 de abril de 2000.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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