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Documento BOE-A-2000-11352

Acuerdo de 31 de mayo de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 20 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, se acuerda proceder a la adscripción de las Secciones Tercera, Cuarta y Quinta de la Audiencia Provincial de Vizcaya al orden jurisdiccional civil, y de las Secciones Primera, Segunda y Sexta de la misma Audiencia Provincial al orden jurisdiccional penal, con efectos del día 1 de enero del año 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 16 de junio de 2000, páginas 21377 a 21378 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2000-11352
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2000/05/31/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Vizcaya está integrada por seis Secciones, siendo su plantilla de tres Magistrados por Sección, salvo la Primera y la Cuarta, que tiene cuatro Magistrados. En la actualidad, todas las Secciones tienen competencia mixta, asumiendo, por tanto, el conocimiento de asuntos civiles y penales, si bien las Secciones Primera, Segunda y Sexta conocen predominantemente de asuntos de naturaleza penal, y las Tercera, Cuarta y Quinta de naturaleza civil.

Esta circunstancia pone de manifiesto que la especialización que se acuerda debe partir de este dato, por lo que debe adscribirse al orden civil a las Secciones Tercera, Cuarta y Quinta, y el orden penal a las Secciones Primera, Segunda y Sexta, de manera que el proceso definitivo de especialización genere las menores disfunciones posibles, habida cuenta que cada Sección deberá mantener hasta su conclusión los asuntos que ante ella estuvieran pendientes.

Por otra parte, es evidente que no es posible otra distribución de las Secciones que tenga menor incidencia en la distribución de la carga de trabajo, ya que si se adscribieran cuatro Secciones a un orden jurisdiccional y dos al otro es innegable que el desequilibrio sería mayor y no justificado.

Finalmente, debe tenerse en cuenta que al haber alcanzado la Audiencia de Bilbao el número de seis Secciones, la naturaleza de las cosas exige esta especialización, no existiendo en España ninguna Audiencia con este número de Secciones en que no se haya llevado a efecto esta adscripción de Secciones a cada uno de los órdenes jurisdiccionales civil y penal.

Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, oídos los Magistrados de la referida Audiencia Provincial, oída la Sala de Gobierno del Tribunal Superior del País Vasco, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Proceder a la adscripción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el artículo 20 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, de las Secciones Tercera, Cuarta y Quinta de la Audiencia Provincial de Vizcaya al orden jurisdiccional civil, y de las Secciones Primera, Segunda y Sexta de la misma Audiencia Provincial al orden jurisdiccional Penal, con efectos del día 1 de enero del año 2001, y previa publicación del presente acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".

Publíquese el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 31 de mayo de 2000.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 31/05/2000
  • Fecha de publicación: 16/06/2000
  • Efectos desde el 1 de enero de 2001.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 20 del Reglamento 5/1995 aprobado por Acuerdo de 7 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-17001).
    • art. 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Jurisdicción Civil
  • Jurisdicción Criminal
  • Reparto de asuntos
  • Vizcaya

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