Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-11718

Resolución de 2 de mayo de 2000, de la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales, por la que se da conformidad al cambio de nombre del municipio de Palau de Plegamans, que pasa a denominarse Palau-solità i Plegamans.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 22 de junio de 2000, páginas 22239 a 22239 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-11718

TEXTO ORIGINAL

El día 23 de diciembre de 1999, el Pleno del Ayuntamiento de Palau de Plegamans inició el expediente de cambio de nombre del municipio por el de Palau-solità i Plegamans, de acuerdo con el criterio expresado por el Instituto de Estudios Catalanes en sus informes de 13 de octubre de 1994 y7 de octubre de 1999.

El acuerdo se sometió a información pública mediante su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», en el «Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» y en el tablón de anuncios municipal durante un período de treinta días, sin que se presentara ninguna alegación al respecto.

El Pleno del Ayuntamiento de Palau de Plegamans, el día 30 de marzo de 2000, aprobó con el quórum legal establecido el cambio de denominación municipal y de su capital, que pasan a denominarse Palau-solità i Plegamans.

De acuerdo con lo que disponen lo artículos 29 a 31 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña, y los artículos 57 a 59 y 64 del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de demarcación territorial y población de las entidades locales de Cataluña, resuelvo:

Primero.

Dar conformidad al cambio de nombre del municipio de Palau de Plegamans y de su capital, que pasa a denominarse Palau-solità i Plegamans.

Segundo.

Incorporar esta modificación en el Registro de Entidades Locales de Cataluña del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.

Tercero.

Poner este cambio de nombre en conocimiento de la Administración del Estado, a los efectos que establece el artículo 31.2 de la Ley 8/1987, de 15 de abril.

Barcelona, 2 de mayo de 2000.–El Consejero, Josep Antoni Durán i Lleida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid