De conformidad con lo previsto en la base 5.3 de la Resolución
de 15 de octubre de 1999, de la Dirección General de Recursos
Humanos del INSALUD,
Esta Presidencia Ejecutiva, en virtud de las funciones que tiene
asignadas por orden comunicada del Ministerio de Sanidad y
Consumo de 22 de mayo de 2000, resuelve:
Primero.-Aprobar y hacer pública la relación provisional del
concurso de traslados voluntario para plazas de personal
facultativo de Atención Primaria.
Segundo.-De conformidad con lo establecido en los artículos
18.2, párrafo 2, y 18.3 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, y según lo previsto en la base 5.4 de la convocatoria, los
interesados dispondrán de un plazo de quince días, a contar desde
el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en
el "Boletín Oficial del Estado", para formular reclamaciones contra
la resolución provisional. Dichas reclamaciones serán rechazadas
o admitidas por medio de la resolución definitiva, que se aprobará
y publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Las reclamaciones contra la presente Resolución
deberán ser remitidas a la Dirección General del INSALUD,
Servicio de Selección de Personal Estatutario, calle Alcalá, número
56, 28071 Madrid.
Cuarto.-De conformidad con lo previsto en la base 3.12 de
la convocatoria, hasta la finalización del plazo para formular
reclamaciones, los concursantes podrán desistir de su solicitud de
participar en el concurso de traslados voluntario. En el caso de
concursantes que participen condicionadamente, según lo previsto
en la base 3.10, la renuncia de uno de ellos implicará la renuncia
de ambos concursantes.
Quinto.-La relación de los concursantes que han participado
en el presente concurso de traslados, con indicación de la
puntuación otorgada a sus méritos y, en su caso, el destino adjudicado,
se publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones
Territoriales/Provinciales del INSALUD y de las Subdelegaciones de
Gobierno, a partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Asimismo se harán públicas las relaciones del personal excluido
con expresión de la causa de exclusión, en base a la siguiente
clasificación:
a. Instancia presentada fuera de plazo.
b. No poseer en propiedad plaza de la categoría estatutaria
a la que se concursa.
c. No haber prestado servicio en la plaza que actualmente
desempeña en propiedad durante, al menos, un año.
d. No llevar en situación de excedencia voluntaria al menos
un año antes de la fecha en que finalizó el plazo de presentación
de instancias.
e. Petición de destinos inexistentes o no ajustada a los códigos
de la convocatoria. No adjuntar hoja de petición de plazas.
j. Reingresados provisionales: No haber solicitado la plaza
que ocupa con carácter provisional.
f. Impreso de solicitud incompleto o deficientemente
cumplimentado.
g. Otras causas no contempladas en esta relación.
h. Por exclusión del condicionado.
Madrid, 13 de junio de 2000.-El Presidente ejecutivo, Rubén
F. Moreno Palanques.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid