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Documento BOE-A-2000-12727

Resolución de 14 de junio de 2000, de la Dirección General de Seguros, de revocación y baja en el Registro Especial de Corredores de Seguros, Sociedades de Correduría de Seguros y de sus altos cargos de Grupo Regueiro, Corredores de Seguros, J-1459.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2000, páginas 24048 a 24048 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-12727

TEXTO ORIGINAL

En el procedimiento de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, incoado por la Dirección General de Seguros y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 15 de marzo de 2000, ha resultado constatado que «Grupo Regueiro, Corredores de Seguros, Sociedad Limitada», no ha comparecido ante esta Dirección General en el plazo de diez días para acreditar la vigencia y continuo mantenimiento de su seguro de caución exigido por el artículo 15.2.b) de la Ley 9/1992, de Mediación en Seguros Privados, hasta el 31 de diciembre de 1998 y de su seguro de responsabilidad civil, exigido por el artículo 15.2.c) de la mencionada Ley 9/1992.

En consecuencia, con arreglo a lo establecido en el artículo 19.1.b) de la Ley 9/1992, de Mediación en Seguros Privados, se procede a revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros a «Grupo Regueiro, Corredores de Seguros, Sociedad Limitada», y a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según exige el artículo 19.2 de la citada Ley 9/1992.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Economía, en el plazo de un mes desde su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de junio de 2000.−La Directora general, María del Pilar González de Frutos.

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