Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-14214

Resolución de 26 de junio de 2000, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas "Glaxo Wellcome-CSIC" de formación de personal investigador.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2000, páginas 26690 a 26691 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2000-14214

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y «Laboratorio Glaxo Wellcome», dentro de las actividades contempladas en el Convenio de colaboración científica suscrito entre ambas entidades, han acordado impulsar un programa de formación de personal investigador.

Dicho programa tiene la finalidad de promover la formación de personal investigador altamente cualificado, así como la investigación científica, en los campos de la Química, la Biología y la Biomedicina más afines al sector farmacéutico.

Consecuentemente, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de la Presidencia, ha resuelto convocar dos becas de formación de personal investigador, con arreglo a las bass que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de junio de 2000.–El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO
Bases de la convocatoria

I. Temas de aplicación

Los proyectos de investigación presentados deberán ajustarse a temas relacionados con el descubrimiento de los mecanismos moleculares de las enfermedades humanas que permitan el diseño de nuevas estrategias terapéuticas.

II. Plazo de solicitud

Estas becas podrán solicitarse a partir del día 5 de septiembre de 2000, y durante un plazo de treinta días naturales, en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, directamente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando la solicitud se remita mediante correo certificado, deberá presentarse en la correspondiente oficina en sobre abierto para que puedan estampar el sello de la fecha en el impreso de solicitud.

III. Requisitos de los solicitantes

Los aspirantes a estas becas habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener aprobadas todas las asignaturas requeridas para la obtención del título de Licenciado en Ciencias Biológicas, Ciencias Químicas, Farmacia o Medicina. La fecha de fin de estudios debe ser junio de 1996 o posterior. Excepcionalmente, se podrán aceptar candidatos con fecha de terminación de estudios anterior si la Comisión de selección de becas nombrada al efecto considera suficientes las razones que hayan concurrido para justificar el retraso en el comienzo de la formación investigadora.

c) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de solicitar la beca.

d) Acreditar la tutoría de un investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, así como la autorización del Director del correspondiente centro o instituto.

IV. Dotaciones

1. «Glaxo Wellcome» se hará cargo de la dotación económica de las becas, cuyo importe unitario asciende a 115.000 pesetas brutas mensuales durante el primer y segundo año de la beca, y 125.000 pesetas brutas mensuales durante el tercero y cuarto. Esta cuantía se igualará cada año a la cantidad fijada por el Ministerio de Educación y Cultura paras las becas de formación de personal investigador.

Asimismo, «Glaxo Wellcome» abonará a los interesados el importe correspondiente a las tasas académicas de los cursos de tercer ciclo, si procede, previa justificación del gasto realizado.

2. «Glaxo Wellcome» aportará una ayuda de hasta un máximo de 500.000 pesetas por beca para sufragar los gastos derivados de desplazamiento y estancia en centros de investigación del extranjero para la realización de trabajos relacionados con el tema de investigación propuesto y para el cual se concede la beca. Estos gastos deben ser convenientemente justificados. Se excluye expresamente en este apartado la asistencia a congresos, reuniones científicas y seminarios.

3. El CSIC, por su parte, se hará cargo de la inclusión de los interesados en la póliza colectiva de este organismo para asistencia médica y accidentes corporales.

4. Las becas se abonarán por mensualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que corresponda.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, y en la dirección internet: http://www.csic.es/postgrado

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente.

2. Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

3. Memoria-proyecto del trabajo a realizar, máximo de 2.000 palabras, que deberá incluir un informe del director del mismo, con el visto buento del Director del centro o instituto.

4. Relación de las diez publicaciones más relevantes del grupo investigador receptor del becario a juicio de los integrantes de dicho grupo.

5. Fotocopia del documento nacional de identidad.

6. Breve currículum vitae del director del trabajo.

7. Declaración, comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de otras becas o ayudas tal como se indica en el apartado VI.

VI. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de un año y podrá prorrogarse hasta tres veces en períodos de doce meses.

Los perceptores de estas ayudas deberán incorporarse a los respectivos centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas para el que obtengan la beca en la fecha que se indique en la comunicación de concesión de la misma. Todo becario que no lo haga en el plazo establecido perderá los derechos inherentes a la beca que se le hubiere concedido. Para cualquier aplazamiento en la fecha de incorporación o interrupción de la beca será necesaria autorización expresa del Director del Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Sólo en aquellos casos en los que se aprecie fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

La condición y disfrute de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el centro al que queda adscrito el beneficiario ni con «Glaxo Wellcome», ni implica por parte del organismo receptor ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla del mismo.

El disfrute de una beca es incompatible con el registro en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo (INEM) como demandante de empleo, al tratarse de subvenciones para adquirir una cualificación profesional nueva y exigir dedicación exclusiva a la formación conducente al grado de Doctor.

Además, el disfrute de una de estas becas es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de similares características financiadas con fondos públicos o privados, españoles o de la Unión Europea. No obstante, serán compatibles con bolsas de viaje con la autorización correspondiente del organismo.

La solicitud de prórroga deberá manifestarse al Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas al cumplirse los diez primeros meses de disfrute de la beca. Para ello, los becarios deberán enviar, junto con la solicitud de prórroga, una Memoria, máximo de 1.000 palabras, relativa a la labor realizada y la que se proponen llevar a cabo en caso de serle concedida dicha prórroga, que deberá acompañarse del informe del director del trabajo, con el visto bueno del Director del centro o instituto.

A la vista de esta documentación, la Comisión Mixta CSIC-«Glaxo Wellcome», nombrada al efecto, propondrá a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la correspondiente prórroga o baja.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del organismo, se considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

VII. Selección de candidatos

Para la selección de los candidatos se nombrará una Comisión Mixta CSIC-«Glaxo Wellcome» que será presidida por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

En la selección se tendrán en cuenta, además de los requisitos administrativos, todos los méritos académicos y científicos aportados, tanto los que se refieren al candidato como al grupo receptor, así como el interés y la oportunidad del tema de investigación propuesto y el carácter formativo del plan de trabajo. Los candidatos seleccionados en esta fase podrán ser citados para una entrevista personal. La Comisión Mixta elevará a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas una relación de aquellos candidatos que deban ser becados.

Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los interesados en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a partir de la fecha de la resolución de concesión de las becas. Las que no hayan sido recogidas pasado este plazo serán destruidas.

VIII. Obligaciones de los becarios

1. Presentar al término del período de disfrute de la beca el correspondiente informe final descriptivo de la labor realizada, máximo de 1.000 palabras. Estos informes se presentarán al Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y a «Glaxo Wellcome».

2. Permanecer asiduamente en el centro para el que se le concedió la beca, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización del Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que decidirá de acuerdo con los centros correspondientes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid