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Documento BOE-A-2000-14218

Resolución de 5 de junio de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima" con contraseña B-02702: Bidón de plástico, marca y modelo "Reyde", 220 Stander Deckel, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2000, páginas 26705 a 26706 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-14218

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Reyde, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle l’Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Reyde, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Bidón de plástico, marca y modelo, «Reyde» 220 Standar Deckel, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VE 33001569/00, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción B-02702 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Reyde» 220 Standar Deckel.

Características y productos autorizados a transportar: Según anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 5 de junio de 2002 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 5 de junio de 2000.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Reyde, Sociedad Anónima», calle de L’Om 15, P. I. Mas Mateu, 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y número expediente EIC: ICICT, S. A.//BB. VE. 33001569/00.

ADR B-02702-11
RID/IMDG/OACI B-02702

Características del envase:

Bidón de plástico, de acuerdo con el marginal 3.526 del ADR, de polietileno de alta densidad, color azul, tapa móvil de plástico de color negro y cierre de fleje galvanizado, tipo «ballesta». Código UN: 1H2.

Identificación: Modelo 220 Standar Deckel.

Medidas:

Diámetro máximo exterior: 578 milímetros. Diámetro de la base: 550 milímetros.

Altura exterior: 1.004 milímetros con tapa; 991 milímetros sin tapa. Diámetro de la boca: 480 milímetros.

Tara:

Peso del bidón: 7.565 gramos.

Peso de la tapa: 1.324 gramos.

Peso del cierre: 565 gramos.

Capacidad:

Capacidad a ras: 230,4 litros (determinada con agua).

Capacidad útil: 95 por 100 del ras, 218,9 litros.

Cierre: Tapa de plástico PEHD, color negro, con junta tórica de goma para estanqueidad, que entra a presión sobre la boca y cierre metálico de fleje galvanizado, tipo ballesta.

Modo de agarre: No tiene.

Materias a transportar para la clase: 3.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Sustancias de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/segundo, clasificados en b) y c) del marginal 301.

IMO/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Sustancias de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/segundo, con un punto de inflamación medio o elevado que requieran grupo de embalaje II ó III.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: III.

Materias: Materias de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/segundo, adscritas al grupo de embalaje III y requieren instrucciones de embalaje 309, 310.

Materias a transportar para la clase: 5.1.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: I, II y III.

Materias: Materias comburentes sólidas clasificadas en a), b) y c) de los apartados 11.  al 32.  del marginal 501.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Sustancias comburentes sólidas que requieran grupo de embalaje I, II ó III.

Excepto: Número ONU 1491, 2466, 1504, 2547, 1511.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias sólidas a las que corresponden. Grupo de embalaje II ó III y requieran las instrucciones de embalaje 511, 512 (excepto número ONU 1491, 1504, 518 y 519).

Materias a transportar para la clase: 5.2.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Peróxidos orgánicos de tipo E y F, sólidos, incluidos en el marginal 551, que requieran método de embalaje OP8.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Perióxidos orgánicos de tipo E y F, sólidos, que requieran método de embalaje OP8B.

Materias a transportar para la clase: 6.1.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: I, II y III.

Materias: Materias sólidas o de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/segundo, clasificadas en a), b) y c) del marginal 601.

Excepto: El cianuro de hidrógeno del 1.º, los metales carbonilos del 3.º, la etilenimina del 4.º, y el isocianato de metilo del 5. 

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: I, II y III.

Materias: Materias sólidas o de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/segundo, que requieran grupo de embalaje I, II ó III.

Excepto: Números ONU 3048, 2017, 2016, 2565, 1694, 1575, 1889, 1698,

1699, 1626, 3281, 2471, 1680, 1689, 3243, 1700, 1693, 3124 y 3125.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias sólidas a las que corresponden. Grupo de embalaje II ó III y requieran las instrucciones de embalaje 607, 615 y 619.

Materias a transportar para la clase: 8.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: I, II y III.

Materias: Materias sólidas o de viscosidad superior a 2.680 milímetros cuadrados/s, clasificadas en a), b) y c) del marginal 801.

Excepto: Las materias del 6.º, 14.º, 81.º, el galio del 65.  c) y el mercurio del 66.  c).

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: I, II y III.

Materias: Materias sólidas o de viscosidad superior a 2680 milímetros cuadrados/segundo que requieran grupo de embalaje I, II ó III.

Excepto: Números ONU 3028, 2794, 2795, 2800, 2028, 1744, 3095, 3096,

2803 y 3244.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias sólidas a las que corresponde grupo de embalaje II ó III y requieran las instrucciones de embalaje 811, 816, 817 (excepto números ONU 1792, 1829), 823 y 826.

Materias a transportar para la clase: 9.

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 kilogramos/litro.

RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) de los apartados 1.º, 2.º, 4.º, 12.º, 31.º, 32.º y 35.  del marginal 901.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias sólidas que requieran grupo de embalaje II ó III siguientes:

Números ONU 3077 y 1931.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias sólidas a las que les corresponden grupo de embalaje II ó III y requieren las siguientes instrucciones de embalaje: 1906, 909, 911 y 917.

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