En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190 y
siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por
Decreto 148/1988, de 5 de abril, y modificados por Decreto
152/1995, de 13 de junio, y con el fin de atender las necesidades
de personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así
como en los citados Estatutos y previa negociación con los
representantes de los funcionarios, el excelentísimo y magnífico señor
Rector de la Universidad de Sevilla acuerda convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa (especialidad
Informática) de la Universidad de Sevilla con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Características generales de la convocatoria
1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas
selectivas para cubrir plazas en la Escala Administrativa
(especialidad Informática) de la Universidad de Sevilla: Siete plazas
por el sistema de acceso libre.
1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se
regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por los Estatutos
de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
y demás disposiciones complementarias de aplicación.
1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de
selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general
libre será el de concurso-oposición.
A) En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados
con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de
Sevilla, como funcionario interino de la Escala Administrativa
(especialidad Informática). Dichos servicios no serán estimados en
el supuesto de que el aspirante se encuentre unido a esta
Universidad por una relación laboral o funcionarial de carácter
permanente a la fecha de esta convocatoria.
La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando
a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo
especificado en el anexo 2 de esta Resolución.
B) En la fase de oposición, los participantes deberán
desarrollar los ejercicios que se especifican en el anexo 2 de esta
Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos
en el citado anexo.
1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes
se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la
fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal
elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación
una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el
número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho
cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se
establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase
de concurso y en el supuesto de que persistiera el mismo, por
la puntuación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el
empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio
y en último lugar se atenderá al criterio de la antigüedad en la
Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos los límites
establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria).
1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con
arreglo al siguiente calendario:
Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de
méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la
celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes
del día 1 de octubre del año 2000. La fecha, hora y lugar de
celebración del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado
de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de
admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización
de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos
en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,
descendientes propios y del cónyuge, de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último
beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales
de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por
España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los sesenta y cinco años.
c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,
Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Asimismo, se
consideran equivalentes a efectos de la presente convocatoria:
Tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años o en condiciones de obtener el
certificado correspondiente en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
De conformidad con lo establecido por el Reglamento de
Selección y Provisión, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en
su disposición adicional novena, poseer una antigüedad de diez
años en un Cuerpo o Escala del grupo D.
De conformidad con lo establecido por el Reglamento de
Selección y Provisión, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en
su disposición adicional novena, tener una antigüedad de cinco
años y la superación de un curso específico de formación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los
requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse
en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes
y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en
estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en una instancia,
cuyo modelo se reproduce en anexo 4, que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la
instancia se acompañará una fotocopia compulsada del documento
nacional de identidad.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acrediten su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
3.2 Centros de recepción de solicitudes.-Las solicitudes,
dirigidas en el modelo normalizado que se acompaña al excelentísimo
señor Rector Magnífico de esta Universidad, serán presentadas
en el Rectorado de la Universidad de Sevilla o por cualquiera
de los medios admitidos en derecho, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir de su publicación en aquel boletín
oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía"), que publique la convocatoria en último lugar, salvo
que ésta se produzca antes del día 1 de septiembre de 2000,
en cuyo caso, dada la época de vacaciones estivales, el plazo
de presentación contará a partir de dicha fecha.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado
deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante
la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria, a los que
se refiere la base 3.6, de la parte inferior de la solicitud destinada
a tal efecto.
Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de examen
los colectivos a que se refiere el artículo 14 de la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, en los términos y con las condiciones que allí se
indican. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia
en su solicitud de participación (apartado 4.A), debiendo aportar
la justificación pertinente.
La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la
exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de
reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá
realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono
de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La
no presentación de solicitud, aun justificándose el abono de dichos
derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.
En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de
las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite,
aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.
3.4 Certificado fase concurso turno libre.-Los aspirantes por
el sistema general libre que aleguen méritos para la fase de
concurso deberán aportar con su instancia certificación expedida por
el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Sevilla, donde se haga constar el tiempo trabajado,
la naturaleza de la relación de trabajo y la cualificación profesional
ostentada.
3.5 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán
de 2.000 pesetas y se ingresarán en la entidad El Monte Caja
de Huelva y Sevilla, oficina principal y sucursales, clave entidad
2098, clave sucursal 0028-08, número de cuenta 0104091971,
bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha
cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,
acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del
resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la
exclusión del aspirante.
En ningún caso el abono de los derechos de examen en la
entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación
de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de
presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla
dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,
además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se especificará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios,
así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación
de las causas de exclusión.
En dichos listados deberán constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos
dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de
la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión.
4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo
establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas
que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al
interesado.
5. Tribunales
5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas
estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona
en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo ; por
cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos
lo serán a propuesta de las organizaciones sindicales más
representativas ; un representante de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública ; otro de la Secretaría de Estado de
Universidades, y otro de la Consejería de Educación y Ciencia de
la Junta de Andalucía. Dado el complejo mecanismo de
nombramiento de miembros de los Tribunales de selección previstos en
los Estatutos de la Universidad de Sevilla, resulta conveniente
hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real
Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos
de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante
resolución del Rector, al mismo tiempo que se expongan las listas
de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la
iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante
publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y
Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días
antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de
las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de
la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse
al Rector de la Universidad.
Igualmente, y cuando por el número de aspirantes en el proceso
de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar
colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto
y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 Adaptaciones para disminuidos.-El Tribunal calificador
adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que los aspirantes con deficiencia funcional
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios
que el resto de participantes. En este sentido se establecerán las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por
las personas con discapacitación que así lo indiquen en su solicitud
de participación.
5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del
Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban
ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
5.10 Información a los participantes.-A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4, teléfono
954 55 10 70.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el anexo V
del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía" de 21 de abril).
5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su identidad.
6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los
opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal.
6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de
realización del primer ejercicio se publicarán junto con la relación
de admitidos y excluidos.
La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se
publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes
que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a
la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes
que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de
comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el
Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"
del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del
conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se
calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración
de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma Básico de Español como Lengua Extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado
y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o
del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de
Sevilla, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el
Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares
que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación
obtenida en fase de concurso y de oposición, desglosando esta
última en cada uno de los ejercicios celebrados.
Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de
Sevilla para su conformidad, habiendo de publicarse seguidamente
en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
publiquen las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",
los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de
Selección del PAS y Acción Social de la Universidad de Sevilla, los
siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Bachiller
Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente,
o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo 3 de esta
convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de
las funciones correspondientes.
d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función
Pública.
e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén
exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del
conocimiento del castellano deberán aportar a tal efecto fotocopia
compulsada de los diplomas básicos de español como lengua
extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros
expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar
esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo
en consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado
6.5 de esta convocatoria.
8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición
de funcionario de carrera estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener
su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para
acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la
titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja
de servicios.
8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo
fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la
documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen
de algunos de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por
parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el
Rectorado de la Universidad de Sevilla previa oferta de los mismos.
8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado".
En el supuesto de que existieran funcionarios interinos
ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999.
Sevilla, 3 de julio de 2000.-El Rector, Miguel Florencio Lora.
ANEXO 1
Programa
1. La Constitución Española de 1978: Estructura, contenido
y características. Principios inspiradores. Derechos y deberes
fundamentales.
2. La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y referencia. El refrendo. Las Cortes Generales: Composición,
atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración.
Relación entre el Gobierno y las Cortes Generales.
3. El acto administrativo. Concepto y características.
Principios informadores y características generales de procedimiento
administrativo. Procedimiento administrativo. Idea general de sus
fases.
4. Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen jurídico
y estructura de las universidades. Estatutos de la Universidad de
Sevilla: Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad
de Sevilla. Los órganos colegiados de gobierno de la Universidad
de Sevilla. Consejo social. Claustro Universitario. Junta de
Gobierno. Los órganos unipersonales de gobierno de la Universidad de
Sevilla: El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario general. El
Gerente.
5. Las bases del régimen jurídico del personal funcionario
de la Universidad de Sevilla. Régimen jurídico del personal laboral
de la Universidad de Sevilla: Convenio Colectivo del personal
laboral al servicio de las Universidades Públicas de Andalucía.
6. Concepto de informática: Sistema informático. Equipo
informático, elementos principales, utilización. Programas.
7. Fundamentos y elementos de un sistema informático. Los
subsistemas físico y lógico. La unidad central de proceso:
Arquitectura básica.
8. Principales unidades de E/S de datos y su utilización.
Dispositivos de almacenamiento de información.
9. Concepto de memoria y de sus distintas clases.
Características y función de la memoria principal de un ordenador.
10. Sistemas de numeración y su representación. Principales
aspectos del Álgebra de Boole.
11. Representación de la información, concepto de: "Bit",
carácter, palabra, campo de datos, registro, fichero, bibliotecas
y bases de datos.
12. Concepto de código de representación y sus clases.
13. Sistema operativo: Concepto, estructura y clasificación.
14. Multiprogramación y multiproceso. Procesos en tiempo
real y procesos por lotes. Proceso secuencial. Tiempo compartido.
15. Gestión de memoria, paginación, segmentación, memoria
virtual.
16. El personal informático y sus funciones. Dirección,
explotación, desarrollo, sistemas. Operadores.
17. Operación. Distribución y gestión de recursos
compartidos. Gestión de colas de control de accesos de usuarios y control
de diagnósticos.
18. Operación: Gestión de colas de impresión.
19. Operación: Copias de seguridad.
20. Microinformática: Conceptos básicos. Arquitectura interna.
21. Microinformática: Equipos, periferia, soporte informático,
consumibles.
22. Conceptos de transmisión de datos. Técnicas de
transmisión. Técnicas de conmutación.
23. Protocolos de comunicación. Componentes y niveles.
TCP/IP: Conceptos básicos.
24. Redes locales. Conceptos generales. Clasificación.
Tipología y topología.
25. Redes de alta velocidad. Conceptos generales.
26. Cableado estructurado. Conceptos y componentes.
27. Interconexión de LAN's. Elementos básicos.
28. Integración de equipos en red. Compartición de recursos.
29. Sistemas operativos de red (Windows NT, Linux, Novell
Netware). Características generales.
30. Servidores de terminales. Concentradores.
31. Internet. Conceptos generales. Uso de recursos de
Internet. Esquema de direccionamiento. Dominios y subdominios.
Servidores de nombres.
32. Recursos de Internet: Correo electrónico (MAIL),
transferencia de ficheros (FTP), conexión remota (TELNET).
33. Servidores de WEB. Navegadores. Diseño de páginas
HTML.
34. Seguridad: Contraseñas, cortafuegos, control de conexión
y uso. Seguridad de archivos.
35. Normas básicas de seguridad en los centros de informática.
ANEXO 2
Valoración de méritos, ejercicios y calificación de los mismos
en el sistema general de acceso libre
Valoración de méritos
En la fase de concurso se considerarán como méritos el haber
prestado servicios como funcionario interino en la Escala
Administrativa en la Universidad de Sevilla (especialidad Informática),
valorándose los mismos a razón de 0,30 puntos por cada mes
completo de trabajo, hasta un máximo de 11 puntos. A tal efecto
sólo se valorarán los servicios prestados en los cinco años
anteriores a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado". La puntuación obtenida en esta fase no podrá
ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la realización de dos
ejercicios de carácter eliminatorio:
1. El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a
un cuestionario de respuestas alternativas, siendo una sola de
ellas la correcta, que versará sobre el programa de materias que
figura en el anexo 1 de esta Resolución. El número de preguntas
y el tiempo para la realización será determinado por el Tribunal.
El Tribunal determinará el sistema corrector a establecer
respecto de las preguntas que se contesten erróneamente.
2. El segundo ejercicio consistirá en una prueba de carácter
práctico que versará sobre las materias que se relacionan en el
programa del anexo 1 de esta convocatoria, excluidos los cinco
primeros temas de dicho programa.
Valoración de los ejercicios
El primer ejercicio se valorará de 0 a 15 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener un mínimo de 7,5 puntos.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener un mínimo de 7,5 puntos.
ANEXO 3
Declaración jurada
D./D.a .........................................................
con domicilio en ................................... C.P. .........
y documento nacional de identidad número ......................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ............. de la Universidad de Sevilla,
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
En ................... a ...... de ................ de .........
ANEXO 4 (ver imagen página 27534).
Instrucciones para el interesado
Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria.
Recuerde que dichas bases son las que contienen la información
válida que a usted le interesa ; estas instrucciones sólo tienen el
valor aclarativo e informativo.
Cualquier duda que tenga al respecto de la convocatoria podrá
consultarla en la Sección de Selección de Personal de
Administración y Servicios (Rectorado).
Esta solicitud habrá de ser presentada, una vez abonados los
derechos de examen, en su caso, en el Registro General de la
Universidad de Sevilla (calle San Fernando, número 4).
Para rellenar el impreso:
1. Escriba a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura
utilizando letras mayúsculas.
2. No doble el papel ni realice correcciones, enmiendas o
tachaduras.
3. Sobre los siguientes apartados, tenga en cuenta:
Código: Indique el código de la plaza o Escala solicitada que
consta en las bases de la convocatoria.
Minusválido: Indique si lo es o no y, en su caso, grado.
Derechos de examen: Indique el importe abonado.
4A, 4B, 4C: Sólo indique la información requerida en
convocatoria, cuando ésta lo exija.
Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:
Si la ha firmado.
Si ha abonado los derechos de examen (en caso que sea
exigible).
Si aporta fotocopias del documento nacional de identidad.
Si ha completado todos los datos exigibles.
Si aporta la documentación exigida (en su caso).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid