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Documento BOE-A-2000-14512

Resolución de 3 de julio de 2000, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa (especialidad Informática).

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 29 de julio de 2000, páginas 27350 a 27355 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-14512

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190 y

siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por

Decreto 148/1988, de 5 de abril, y modificados por Decreto

152/1995, de 13 de junio, y con el fin de atender las necesidades

de personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así

como en los citados Estatutos y previa negociación con los

representantes de los funcionarios, el excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad de Sevilla acuerda convocar pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa (especialidad

Informática) de la Universidad de Sevilla con sujeción a las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales de la convocatoria

1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas

selectivas para cubrir plazas en la Escala Administrativa

(especialidad Informática) de la Universidad de Sevilla: Siete plazas

por el sistema de acceso libre.

1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se

regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por los Estatutos

de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

y demás disposiciones complementarias de aplicación.

1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de

selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general

libre será el de concurso-oposición.

A) En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados

con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de

Sevilla, como funcionario interino de la Escala Administrativa

(especialidad Informática). Dichos servicios no serán estimados en

el supuesto de que el aspirante se encuentre unido a esta

Universidad por una relación laboral o funcionarial de carácter

permanente a la fecha de esta convocatoria.

La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando

a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo

especificado en el anexo 2 de esta Resolución.

B) En la fase de oposición, los participantes deberán

desarrollar los ejercicios que se especifican en el anexo 2 de esta

Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos

en el citado anexo.

1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la

fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal

elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación

una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el

número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho

cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente

señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase

de concurso y en el supuesto de que persistiera el mismo, por

la puntuación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el

empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio

y en último lugar se atenderá al criterio de la antigüedad en la

Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos los límites

establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria).

1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con

arreglo al siguiente calendario:

Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de

méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la

celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes

del día 1 de octubre del año 2000. La fecha, hora y lugar de

celebración del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado

de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de

admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización

de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos

en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,

descendientes propios y del cónyuge, de los españoles y de los

nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último

beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales

de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por

España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,

Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Asimismo, se

consideran equivalentes a efectos de la presente convocatoria:

Tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para

mayores de veinticinco años o en condiciones de obtener el

certificado correspondiente en la fecha en que finalice el plazo de

presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido por el Reglamento de

Selección y Provisión, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en

su disposición adicional novena, poseer una antigüedad de diez

años en un Cuerpo o Escala del grupo D.

De conformidad con lo establecido por el Reglamento de

Selección y Provisión, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en

su disposición adicional novena, tener una antigüedad de cinco

años y la superación de un curso específico de formación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los

requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse

en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes

y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en

estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en una instancia,

cuyo modelo se reproduce en anexo 4, que será facilitada

gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la

instancia se acompañará una fotocopia compulsada del documento

nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acrediten su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

3.2 Centros de recepción de solicitudes.-Las solicitudes,

dirigidas en el modelo normalizado que se acompaña al excelentísimo

señor Rector Magnífico de esta Universidad, serán presentadas

en el Rectorado de la Universidad de Sevilla o por cualquiera

de los medios admitidos en derecho, en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir de su publicación en aquel boletín

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía"), que publique la convocatoria en último lugar, salvo

que ésta se produzca antes del día 1 de septiembre de 2000,

en cuyo caso, dada la época de vacaciones estivales, el plazo

de presentación contará a partir de dicha fecha.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado

deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante

la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria, a los que

se refiere la base 3.6, de la parte inferior de la solicitud destinada

a tal efecto.

Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de examen

los colectivos a que se refiere el artículo 14 de la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social, en los términos y con las condiciones que allí se

indican. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia

en su solicitud de participación (apartado 4.A), debiendo aportar

la justificación pertinente.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la

exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de

reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá

realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono

de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La

no presentación de solicitud, aun justificándose el abono de dichos

derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de

las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite,

aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.

3.4 Certificado fase concurso turno libre.-Los aspirantes por

el sistema general libre que aleguen méritos para la fase de

concurso deberán aportar con su instancia certificación expedida por

el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la

Universidad de Sevilla, donde se haga constar el tiempo trabajado,

la naturaleza de la relación de trabajo y la cualificación profesional

ostentada.

3.5 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán

de 2.000 pesetas y se ingresarán en la entidad El Monte Caja

de Huelva y Sevilla, oficina principal y sucursales, clave entidad

2098, clave sucursal 0028-08, número de cuenta 0104091971,

bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha

cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,

acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del

resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la

exclusión del aspirante.

En ningún caso el abono de los derechos de examen en la

entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación

de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla

dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,

además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se especificará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión.

En dichos listados deberán constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos

dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de

la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión.

4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo

establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de

Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas

que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible

por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá

devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos

de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al

interesado.

5. Tribunales

5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas

estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona

en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo ; por

cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos

lo serán a propuesta de las organizaciones sindicales más

representativas ; un representante de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública ; otro de la Secretaría de Estado de

Universidades, y otro de la Consejería de Educación y Ciencia de

la Junta de Andalucía. Dado el complejo mecanismo de

nombramiento de miembros de los Tribunales de selección previstos en

los Estatutos de la Universidad de Sevilla, resulta conveniente

hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real

Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos

de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante

resolución del Rector, al mismo tiempo que se expongan las listas

de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante

publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de

las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de

la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando por el número de aspirantes en el proceso

de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar

colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto

y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 Adaptaciones para disminuidos.-El Tribunal calificador

adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte

necesario, de forma que los aspirantes con deficiencia funcional

gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios

que el resto de participantes. En este sentido se establecerán las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por

las personas con discapacitación que así lo indiquen en su solicitud

de participación.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del

Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban

ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

5.10 Información a los participantes.-A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la

Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4, teléfono

954 55 10 70.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el anexo V

del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los

opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de

realización del primer ejercicio se publicarán junto con la relación

de admitidos y excluidos.

La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se

publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su

máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a

la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se

calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración

de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Básico de Español como Lengua Extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o

del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de

Sevilla, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el

Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares

que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados por

orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento

nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación

obtenida en fase de concurso y de oposición, desglosando esta

última en cada uno de los ejercicios celebrados.

Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de

Sevilla para su conformidad, habiendo de publicarse seguidamente

en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se

publiquen las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de

Selección del PAS y Acción Social de la Universidad de Sevilla, los

siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Bachiller

Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente,

o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo 3 de esta

convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de

las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función

Pública.

e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén

exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada de los diplomas básicos de español como lengua

extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar

esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo

en consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado

6.5 de esta convocatoria.

8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición

de funcionario de carrera estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener

su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para

acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la

titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja

de servicios.

8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo

fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la

documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen

de algunos de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por

parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el

Rectorado de la Universidad de Sevilla previa oferta de los mismos.

8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de

funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado".

En el supuesto de que existieran funcionarios interinos

ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 3 de julio de 2000.-El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO 1

Programa

1. La Constitución Española de 1978: Estructura, contenido

y características. Principios inspiradores. Derechos y deberes

fundamentales.

2. La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión

y referencia. El refrendo. Las Cortes Generales: Composición,

atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración.

Relación entre el Gobierno y las Cortes Generales.

3. El acto administrativo. Concepto y características.

Principios informadores y características generales de procedimiento

administrativo. Procedimiento administrativo. Idea general de sus

fases.

4. Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen jurídico

y estructura de las universidades. Estatutos de la Universidad de

Sevilla: Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad

de Sevilla. Los órganos colegiados de gobierno de la Universidad

de Sevilla. Consejo social. Claustro Universitario. Junta de

Gobierno. Los órganos unipersonales de gobierno de la Universidad de

Sevilla: El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario general. El

Gerente.

5. Las bases del régimen jurídico del personal funcionario

de la Universidad de Sevilla. Régimen jurídico del personal laboral

de la Universidad de Sevilla: Convenio Colectivo del personal

laboral al servicio de las Universidades Públicas de Andalucía.

6. Concepto de informática: Sistema informático. Equipo

informático, elementos principales, utilización. Programas.

7. Fundamentos y elementos de un sistema informático. Los

subsistemas físico y lógico. La unidad central de proceso:

Arquitectura básica.

8. Principales unidades de E/S de datos y su utilización.

Dispositivos de almacenamiento de información.

9. Concepto de memoria y de sus distintas clases.

Características y función de la memoria principal de un ordenador.

10. Sistemas de numeración y su representación. Principales

aspectos del Álgebra de Boole.

11. Representación de la información, concepto de: "Bit",

carácter, palabra, campo de datos, registro, fichero, bibliotecas

y bases de datos.

12. Concepto de código de representación y sus clases.

13. Sistema operativo: Concepto, estructura y clasificación.

14. Multiprogramación y multiproceso. Procesos en tiempo

real y procesos por lotes. Proceso secuencial. Tiempo compartido.

15. Gestión de memoria, paginación, segmentación, memoria

virtual.

16. El personal informático y sus funciones. Dirección,

explotación, desarrollo, sistemas. Operadores.

17. Operación. Distribución y gestión de recursos

compartidos. Gestión de colas de control de accesos de usuarios y control

de diagnósticos.

18. Operación: Gestión de colas de impresión.

19. Operación: Copias de seguridad.

20. Microinformática: Conceptos básicos. Arquitectura interna.

21. Microinformática: Equipos, periferia, soporte informático,

consumibles.

22. Conceptos de transmisión de datos. Técnicas de

transmisión. Técnicas de conmutación.

23. Protocolos de comunicación. Componentes y niveles.

TCP/IP: Conceptos básicos.

24. Redes locales. Conceptos generales. Clasificación.

Tipología y topología.

25. Redes de alta velocidad. Conceptos generales.

26. Cableado estructurado. Conceptos y componentes.

27. Interconexión de LAN's. Elementos básicos.

28. Integración de equipos en red. Compartición de recursos.

29. Sistemas operativos de red (Windows NT, Linux, Novell

Netware). Características generales.

30. Servidores de terminales. Concentradores.

31. Internet. Conceptos generales. Uso de recursos de

Internet. Esquema de direccionamiento. Dominios y subdominios.

Servidores de nombres.

32. Recursos de Internet: Correo electrónico (MAIL),

transferencia de ficheros (FTP), conexión remota (TELNET).

33. Servidores de WEB. Navegadores. Diseño de páginas

HTML.

34. Seguridad: Contraseñas, cortafuegos, control de conexión

y uso. Seguridad de archivos.

35. Normas básicas de seguridad en los centros de informática.

ANEXO 2

Valoración de méritos, ejercicios y calificación de los mismos

en el sistema general de acceso libre

Valoración de méritos

En la fase de concurso se considerarán como méritos el haber

prestado servicios como funcionario interino en la Escala

Administrativa en la Universidad de Sevilla (especialidad Informática),

valorándose los mismos a razón de 0,30 puntos por cada mes

completo de trabajo, hasta un máximo de 11 puntos. A tal efecto

sólo se valorarán los servicios prestados en los cinco años

anteriores a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado". La puntuación obtenida en esta fase no podrá

ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la realización de dos

ejercicios de carácter eliminatorio:

1. El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a

un cuestionario de respuestas alternativas, siendo una sola de

ellas la correcta, que versará sobre el programa de materias que

figura en el anexo 1 de esta Resolución. El número de preguntas

y el tiempo para la realización será determinado por el Tribunal.

El Tribunal determinará el sistema corrector a establecer

respecto de las preguntas que se contesten erróneamente.

2. El segundo ejercicio consistirá en una prueba de carácter

práctico que versará sobre las materias que se relacionan en el

programa del anexo 1 de esta convocatoria, excluidos los cinco

primeros temas de dicho programa.

Valoración de los ejercicios

El primer ejercicio se valorará de 0 a 15 puntos, siendo

necesario para aprobar obtener un mínimo de 7,5 puntos.

El segundo ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo

necesario para aprobar obtener un mínimo de 7,5 puntos.

ANEXO 3

Declaración jurada

D./D.a .........................................................

con domicilio en ................................... C.P. .........

y documento nacional de identidad número ......................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala ............. de la Universidad de Sevilla,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En ................... a ...... de ................ de .........

ANEXO 4 (ver imagen página 27534).

Instrucciones para el interesado

Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria.

Recuerde que dichas bases son las que contienen la información

válida que a usted le interesa ; estas instrucciones sólo tienen el

valor aclarativo e informativo.

Cualquier duda que tenga al respecto de la convocatoria podrá

consultarla en la Sección de Selección de Personal de

Administración y Servicios (Rectorado).

Esta solicitud habrá de ser presentada, una vez abonados los

derechos de examen, en su caso, en el Registro General de la

Universidad de Sevilla (calle San Fernando, número 4).

Para rellenar el impreso:

1. Escriba a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura

utilizando letras mayúsculas.

2. No doble el papel ni realice correcciones, enmiendas o

tachaduras.

3. Sobre los siguientes apartados, tenga en cuenta:

Código: Indique el código de la plaza o Escala solicitada que

consta en las bases de la convocatoria.

Minusválido: Indique si lo es o no y, en su caso, grado.

Derechos de examen: Indique el importe abonado.

4A, 4B, 4C: Sólo indique la información requerida en

convocatoria, cuando ésta lo exija.

Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:

Si la ha firmado.

Si ha abonado los derechos de examen (en caso que sea

exigible).

Si aporta fotocopias del documento nacional de identidad.

Si ha completado todos los datos exigibles.

Si aporta la documentación exigida (en su caso).

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