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Documento BOE-A-2000-14513

Resolución de 3 de julio de 2000, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 29 de julio de 2000, páginas 27355 a 27361 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-14513

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190 y

siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por

Decreto 148/1988, de 5 de abril, y modificados por Decreto

152/1995, de 13 de junio, y con el fin de atender las necesidades

de personal de Administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así

como en los citados Estatutos, y previa negociación con los

representantes de los funcionarios, el excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad de Sevilla acuerda convocar pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla con sujeción

a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales de la convocatoria

1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas

selectivas para cubrir plazas en la Escala de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla: Siete plazas

por el sistema de acceso libre.

1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se

regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por los Estatutos

de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

y demás disposiciones complementarias de aplicación.

1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de

selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general

libre será el de concurso-oposición:

A) En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados

con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de

Sevilla, ya sea como funcionario interino de la Escala de Ayudantes

de Archivos, Bibliotecas y Museos o como contratado laboral con

carácter temporal en la categoría de Técnico de grado medio

(Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos). Dichos servicios no

serán estimados en el supuesto de que el aspirante se encuentre

unido a esta Universidad por una relación laboral o funcionarial

de carácter permanente a la fecha de esta convocatoria.

La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando

a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo

específico en el anexo 2 de esta Resolución.

B) En la fase de oposición, los participantes deberán

desarrollar los ejercicios que se especifican en el anexo 2 de esta

Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos

en el citado anexo.

1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la

fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal

elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación

una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el

número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho

cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente

señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase

de concurso y, en el supuesto de que persistiera el mismo, por

la puntuación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el

empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio

y en último lugar se atenderá al criterio de la antigüedad en la

Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos los límites

establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria).

1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con

arreglo al siguiente calendario:

Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de

méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la

celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes

del día 1 de octubre del año 2000. La fecha, hora y lugar de

celebración del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado

de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de

admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización

de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, a los que, en virtud de Tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos

en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,

descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los

nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último

beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales

de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por

España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero

técnico, Arquitecto técnico o equivalente. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los

requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse

en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes

y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en

estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo

modelo se reproduce en anexo 4, que será facilitada gratuitamente

en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la instancia se

acompañará una fotocopia compulsada del documento nacional

de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

3.2 Centros de recepción de solicitudes.-Las solicitudes,

dirigidas en el modelo normalizado que se acompaña al excelentísimo

señor Rector magnífico de esta Universidad, presentadas en el

Rectorado de la Universidad de Sevilla o por cualquiera de los

medios admitidos en derecho en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir de su publicación en aquel boletín oficial ("Boletín

Oficial del Estado" o "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía")

que publique la convocatoria en último lugar, salvo que ésta se

produzca antes del día 1 de septiembre de 2000, en cuyo caso,

dada la época de vacaciones estivales, el plazo de presentación

contará a partir de dicha fecha.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado

deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante

la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria, a los que

se refiere la base 3.6 de la parte inferior de la solicitud destinada

a tal efecto.

Estarán, no obstante, exentos de la obligación del abono de

tasas de examen los colectivos a que se refiere el artículo 14

de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, en los términos y con las

condiciones que allí se indican. A estos efectos habrán de hacer constar

tal circunstancia en su solicitud de participación (apartado 4.A),

debiendo aportar la justificación pertinente.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la

exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de

reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá

realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono

de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La

no presentación de solicitud, aun justificándose el abono de dichos

derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de

las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite

aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.

3.4 Certificado fase concurso turno libre.-Los aspirantes por

el sistema general libre que aleguen méritos para la fase de

concurso deberán aportar con su instancia certificación de los servicios

de personal correspondiente donde se haga constar el tiempo

trabajado, la naturaleza de la relación de trabajo y la cualificación

profesional ostentada.

3.5 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán de

3.000 pesetas y se ingresarán en la entidad El Monte Caja de

Huelva y Sevilla, oficina principal y sucursales, clave entidad:

2098, clave sucursal: 0028-08, número de cuenta 0104091971,

bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha

cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,

acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del

resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la

exclusión del aspirante.

En ningún caso el abono de los derechos de examen en la

entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación

de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla

dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,

además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se especificará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión.

En dichos listados deberán constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos

dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente

de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión.

4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo

establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de

Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas

que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible

por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá

devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos

de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al

interesado.

5. Tribunales

5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas

estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona

en quien delegue, quien ostentará la presidencia del mismo ; por

cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos

lo serán a propuesta de las organizaciones sindicales más

representativas ; un representante de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública ; otro de la Secretaría de Estado de

Universidades, y otro de la Consejería de Educación y Ciencia de

la Junta de Andalucía. Dado el complejo mecanismo de

nombramiento de miembros de los Tribunales de selección previstos en

los Estatutos de la Universidad de Sevilla, resulta conveniente

hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real

Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos

de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante

Resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas

de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran, alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante

publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes

de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de

las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de

la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando por el número de aspirantes en el proceso

de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar

colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto

y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 Adaptaciones para disminuidos.-El Tribunal calificador

adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte

necesario, de forma que los aspirantes con disminución funcional

gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios

que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán

las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización

por las personas con discapacitación que así lo indiquen en su

solicitud de participación.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del

Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

5.10 Información a los participantes.-A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede

en la Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4,

teléfono 954 55 10 70.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo

V del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento, los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los

opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de

realización del primer ejercicio se publicarán junto con la relación

de admitidos y excluidos.

La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se

publicarán por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar

su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a

la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se

calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la

valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de

oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del diploma básico español como lengua extranjera,

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o

del certificado de aptitud en español para extranjeros, expedido

por las escuelas oficiales de idiomas.

6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el

Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares

que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados por

orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento

nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación

obtenida en fase de concurso y de oposición, desglosando esta

última en cada uno de los ejercicios celebrados.

Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de

Sevilla para su conformidad, habiendo de publicarse seguidamente

en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días

naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se

publiquen las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar en la sección de

selección del PAS y acción social de la Universidad de Sevilla los

siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de

Diplomado, Ingeniero técnico o Arquitecto técnico o equivalente, o

certificación que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo 3 de esta

convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de

las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función

pública.

e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén

exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada de los diplomas básico de español como lengua

extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar

esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo

en consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado

6.5 de esta convocatoria.

8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición

de funcionario de carrera estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener

su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para

acreditar su condición, así como fotocopia compulsada de la

titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja

de servicios.

8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo

fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por

parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el

Rectorado de la Universidad de Sevilla previa oferta de los mismos.

8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de

funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado".

En el supuesto de que existieran funcionarios interinos

ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 3 de julio de 2000.-El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO 1

Programa

I. Biblioteconomía y Documentación

1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases

de bibliotecas.

2. Bibliotecas universitarias. Concepto y función. Las

bibliotecas universitarias en España.

3. La biblioteca de la Universidad de Sevilla. Estructura y

servicios.

4. Hemerotecas y mediatecas universitarias.

5. Bibliotecas especializadas y centros de documentación.

Concepto y fines, funciones y características.

6. Planificación, organización espacial y equipamiento de

bibliotecas universitarias. Normas. Preservación y conservación

del fondo documental.

7. Gestión de la colección bibliográfica: Selección y

adquisición de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en

las bibliotecas universitarias. Criterios para su formación,

mantenimiento y evaluación. Problemas de gestión. Adquisición

compartida y cooperativa.

8. Proceso técnico de fondos documentales. Normalización.

Las ISBD, el ISBN y el ISSN.

9. El formato U.S. MARC. Catalogación compartida,

catalogación cooperativa y catalogación derivada: Fines, problemas y

procedimientos.

10. Los catálogos: Concepto, fines y problemas de

elaboración. La reconversión de catálogos. Los OPACs. La gestión de

autoridades. Técnicas de evaluación.

11. El documento y sus clases. Análisis documental.

Indización y resumen.

12. Lenguajes documentales. Principales tipos de

clasificación. Encabezamientos de materia, términos, descriptores y

thesaurus.

13. Servicios de información y referencia, información

bibliográfica, D.S.I.

14. Formación de usuarios, extensión, promoción y

marketing de servicios bibliotecarios.

15. Acceso al documento original. Accesibilidad de los

fondos, préstamo, préstamo interbibliotecario y suministro de copias,

técnicas de reproducción de documentos.

16. Planificación y evaluación de la gestión y de los servicios

bibliotecarios.

17. Automatización de la actividad y los servicios

bibliotecarios. Tendencias actuales en la automatización bibliotecaria.

Panorama actual de la automatización de bibliotecas universitarias

en España.

18. Las nuevas tecnologías de la información y su empleo

en los servicios bibliotecarios.

19. Internet: Desarrollo, funcionamiento, organización,

acceso y utilidad. Aplicación en bibliotecas universitarias.

20. Cooperación bibliotecaria: Sistemas, redes y consorcios.

Situación en España.

II. Bibliografía e Historia del Libro y de las Bibliotecas

1. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución histórica

y estado actual. El Control Bibliográfico Universal.

2. Fuentes de información generales.

3. Fuentes de información en Ciencias Sociales y

Humanidades.

4. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.

5. Fuentes de información en Biomedicina.

6. Los catálogos colectivos: Concepto, fines y problemas de

elaboración. Protocolo "Z39.50".

7. Producción y distribución de bases de datos.

8. El libro desde la antigüedad hasta la invención de la

imprenta.

9. Las bibliotecas desde la antigüedad hasta la invención de

la imprenta.

10. El libro y las bibliotecas desde la invención de la imprenta

hasta fines del siglo XVI.

11. El libro y las bibliotecas durante el siglo XVII.

12. El libro y las bibliotecas durante el siglo XVIII.

13. El libro y las bibliotecas durante el siglo XIX.

14. El libro y las bibliotecas durante el siglo XX.

15. La ilustración y la encuadernación del libro: Evolución

histórica.

16. La industria editorial y el comercio en la actualidad.

III. Organización Administrativa

1. La Constitución Española. Organización territorial del

Estado español.

2. El funcionario público: Concepto y clases. Situaciones,

deberes y derechos.

3. El Ministerio de Educación y Cultura: Su estructura

organizativa en relación con el libro, los archivos y las bibliotecas.

4. El sistema español de bibliotecas. Legislación y

competencias de las distintas Administraciones.

5. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de 25

de agosto. Estructura y organización de las Universidades.

6. El sistema universitario en Andalucía. Ley del Parlamento

de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario.

7. La Universidad de Sevilla. Sus Estatutos.

8. Legislación española sobre el patrimonio artístico,

bibliográfico y documental.

9. La regulación de la propiedad intelectual y de los derechos

de autor.

10. Organizaciones nacionales e internacionales en el campo

de las bibliotecas y centros de documentación.

ANEXO 2

Valoración de méritos, ejercicios y calificación de los mismos

en el sistema general de acceso libre

Valoración de méritos

En la fase de concurso se considerarán como méritos el haber

prestado servicios como funcionario interino de la Escala de

Ayudantes de Biblioteca, Archivos y Museos de la Universidad de

Sevilla o como contratado laboral en la categoría de Técnico de Grado

Medio (Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos) de la

Universidad de Sevilla, valorándose los mismos a razón de 0,30 puntos

por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 11 puntos.

A tal efecto sólo se valorarán los servicios prestados en los cinco

años anteriores a la publicación de la presente convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado". La puntuación obtenida en esta

fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase

de oposición.

Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la realización de tres

ejercicios de carácter eliminatorio:

1. El primer ejercicio consistirá en realizar una traducción

directa, con ayuda de diccionario, de parte de un texto de carácter

profesional (mínimo 300 palabras), en idioma extranjero (inglés,

francés o alemán), a elección del opositor y que deberá ser

consignado en el apartado 4A de la instancia, así como un resumen

en castellano de dicho texto completo, con una extensión

comprendida entre 150 y 200 palabras.

Se permitirá la ayuda de diccionario y vocabularios técnicos.

El tiempo máximo para realizar este ejercicio será de tres horas

y su valoración será de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener

cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

2. El segundo ejercicio consistirá en la exposición por escrito

de tres temas, uno de Biblioteconomía y Documentación, otro de

Bibliografía e Historia del Libro y de las Bibliotecas y otro de

Organización Administrativa (apartados I, II y III del anexo 1).

A estos efectos, el Tribunal elegirá al azar en presencia de los

aspirantes seis temas del programa de esta convocatoria, dos de

cada uno de los apartados, eligiendo el interesado uno de cada

apartado. El tiempo para realizar este ejercicio será de cuatro

horas. El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión

pública ante el Tribunal que valorará la formación general y

actualización de conocimientos, la claridad y orden de las ideas, la

aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.

La valoración será de cero a 10 puntos, siendo necesario

obtener cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

3. El tercer ejercicio consistirá en la redacción de los asientos

bibliográficos de cuatro impresos modernos, dos en castellano,

uno en inglés y otro en francés, así como en la redacción de la

ficha catalográfica de un documento de los siglos XVIII a XX.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de

Catalogación (Madrid, Dirección General del Libro y Bibliotecas, 1995).

b) Encabezamientos de materia, que se redactarán libremente

o ajustándose a algunas de las listas de encabezamientos vigentes.

c) Clasificación decimal universal. Edición 1995 (Normas

UNE 50.001).

d) Descripción bibliográfica en formato U.S. MARC.

Se proporcionará una plantilla base del formato.

Los opositores podrán utilizar las vigentes Reglas de

Catalogación, la ISBD, las tablas de la C.D.U., las listas de

encabezamientos de materia existente y el formato MARC. También

podrán utilizar diccionarios de francés e inglés.

Para la realización de este ejercicio los opositores trabajarán

sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la Mesa

del Tribunal.

El tiempo máximo de este ejercicio será de cinco horas y su

valoración será de cero a 10, siendo preciso obtener al menos

cinco puntos.

ANEXO 3

Declaración jurada

Don/doña ...........................................................,

con domicilio en ..........................., código postal .........,

y documento nacional de identidad número ...................,

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala .......................... de la Universidad

de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de

las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para

el ejercicio de las funciones públicas.

En ..............., a ..... de ............... de .....

ANEXO 4 (ver imagen página 27336).

Instrucciones para el interesado

Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria.

Recuerde que dichas bases son las que contienen la información

válida que a usted le interesa ; estas instrucciones sólo tienen el

valor aclarativo e informativo.

Cualquier duda que tenga al respecto de la convocatoria podrá

consultarla en la Sección de Selección de Personal de

Administración y Servicios (Rectorado).

Esta solicitud habrá de ser presentada, una vez abonados los

derechos de examen, en su caso, en el Registro General de la

Universidad de Sevilla (calle San Fernando, número 4).

Para rellenar el impreso:

1. Escriba a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura

utilizando letras mayúsculas.

2. No doble el papel ni realice correcciones, enmiendas o

tachaduras.

3. Sobre los siguientes apartados, tenga en cuenta:

Código: Indique el código de la plaza o Escala solicitada que

consta en las bases de la convocatoria.

Minusválido: Indique si lo es o no y, en su caso, grado.

Derechos de examen: Indique el importe abonado.

4A, 4B, 4C: Sólo indique la información requerida en

convocatoria, cuando ésta lo exija.

Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:

Si la ha firmado.

Si ha abonado los derechos de examen (en caso que sea

exigible).

Si aporta fotocopias del documento nacional de identidad.

Si ha completado todos los datos exigibles.

Si aporta la documentación exigida (en su caso).

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