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Documento BOE-A-2000-14771

Resolución de 19 de junio de 2000, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Ebro, sobre delegación de funciones en el Comisario de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2000, páginas 27821 a 27821 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2000-14771
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/06/19/(6)

TEXTO ORIGINAL

En el artículo 33.2.f) del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, se dispone que corresponde al Presidente del organismo de cuenca "otorgar las concesiones y autorizaciones de aprovechamiento del dominio público hidráulico y las autorizaciones relativas al régimen de policía de aguas y cauces, excepto aquellas cuya resolución corresponda al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo".

Asimismo, en el artículo 9.1.a) del Real Decreto número 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, se prevé que "el Presidente podrá delegar, total o parcialmente, las funciones que se indican en el artículo 33 de dicho Reglamento (el de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica), en la forma que a continuación se determina, debiendo esta delegación serlo en cada momento, sin posibilidad de delegar simultáneamente en dos autoridades diferentes una misma competencia: a) En el Comisario de Aguas, las funciones de los apartados 1.e), 2.e), 2.f), 2.g) y 2.i)".

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Ebro ha resuelto:

Primero y único.-Se delega, a partir de esta fecha, en el Comisario de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro la facultad que corresponde al Presidente del organismo sobre resolución de los siguientes expedientes:

1. Apertura de pozos.

2. Ejecución de obras que afecten al dominio público hidráulico de reparación de las instalaciones de aprovechamiento de aguas públicas.

3. Derivaciones de aguas de carácter temporal que no pretendan un derecho al uso privativo de la misma, de acuerdo con lo regulado en el artículo 76 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y siempre que las aguas se destinen para la construcción de obras públicas.

4. Actuaciones sobre el dominio público hidráulico consistentes en siembras, plantaciones y corta de árboles, utilización de pastos, extracciones de áridos inferiores a 5.000 metros cúbicos y los cruces de líneas eléctricas y de otro tipo, de acuerdo con lo regulado en los artículos 71, 72, 73, 75 y 127 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

5. La navegación y flotación y el establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos, de acuerdo con lo regulado en los artículos 51 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Madrid, 19 de junio de 2000.-El Presidente, José Vicente Lacasa Azlor.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/2000
  • Fecha de publicación: 02/08/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • art. 9.1.a) del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1989-18569).
    • Art.33.2.f) del Reglamento aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio , (Ref. BOE-A-1988-20883).
Materias
  • Comisarías de Aguas
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Medio Ambiente

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