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Documento BOE-A-2000-17030

Resolución de 1 de septiembre de 2000, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, por la que se ordena la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de un Convenio formalizado el 28 de julio de 2000 con la Xunta de Galicia y el Concello de Ourense para la construcción de un Auditorio-Palacio de Congresos en dicha localidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2000, páginas 32245 a 32246 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17030

TEXTO ORIGINAL

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, organismo autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia y el Concello de Ourense han suscrito un Convenio de Colaboración para la construcción de un Auditorio-Palacio de Congresos en la ciudad de Ourense, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 1 de septiembre de 2000.–La Presidenta, Engracia Hidalgo Tena.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Xunta de Galicia y el Concello de Ourense para la construcción de un Auditorio-Palacio de Congresos en la ciudad de Ourense

En Santiago de Compostela, a 28 de julio de 2000.

INTERVIENEN

Por la Xunta de Galicia: Excelentísimo señor don José Cuiña Crespo, Consejero de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, que actúa en su nombre y representación en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidente.

Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: Ilustrísima señora doña Engracia Hidalgo Tena, Presidenta de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, competente en virtud del artículo 6 y de la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada en los artículos primero y segundo de la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura.

Por el Concello de Ourense: Ilustrísimo señor don Manuel Jaime Cabezas Enríquez, Alcalde Presidente del Concello, que actúa en su nombre y representación de conformidad con el artículo 21.1.B) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y facultado por el Pleno del Ayuntamiento de 7 de abril de 2000.

Los intervinientes, en la representación que ostentan, tienen y se reconocen capacidad para obligarse y, por tanto, para formalizar el siguiente Convenio.

MANIFIESTAN

1. Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, dentro de los objetivos de su política cultural, contempla la construcción de Auditorios en las diferentes ciudades españolas que carecen de instalaciones adecuadas, en su vertiente sinfónica, instrumental, coral y de cámara, en el ejercicio de la competencia reconocida en el artículo 149.2 de la Constitución.

2. Que el Concello de Ourense tiene prevista la construcción de un Auditorio-Palacio de Congresos en terrenos de su propiedad, en el ejercicio de la competencia prevista en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

3. Que la Xunta de Galicia, a través de su Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, aspira a dotar de instalaciones culturales y musicales a diferentes ciudades de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la competencia reconocida en el artículo 27.Diecinueve del Estatuto de Autonomía para Galicia.

4. Que, a estos efectos, las tres Administraciones suscribieron el 19 de enero de 2000 un Protocolo General de intenciones en el que se comprometían a formalizar los Convenios necesarios para dar cumplimiento al mismo.

5. Con fecha 11 de mayo de 2000 ha sido autorizada la suscripción de este Convenio por la Comisión Delegada de Gobierno para Política Autonómica (Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, modificado por el de 3 de julio de 1998). El Consejo de Ministros, en su sesión de 14 de julio de 2000, ha autorizado el Convenio y aprobado el gasto (artículo 74.4 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria).

Por todo ello, las Administraciones intervinientes acuerdan formalizar el presente Convenio para establecer las obligaciones y derechos de cada una de ellas, ateniéndose a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto regular los compromisos de colaboración entre las partes para llevar a cabo la construcción y equipamiento de un Auditorio-Palacio de Congresos en Ourense.

Segunda.

El coste total previsto para la inversión del proyecto del Auditorio-Palacio de Congresos de Ourense se estima en 1.300 millones de pesetas (7.813.157 euros).

Tercera. Compromisos del Concello de Ourense.

El Concello de Ourense pone a disposición de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia una parcela de su propiedad de 5.388 metros cuadrados, situada entre las calles Emilia Pardo Bazán y Canle, libre de cargas y gravámenes y con el régimen urbanístico adecuado, para la construcción del Auditorio-Palacio de Congresos.

Asimismo, asumirá la realización de las gestiones pertinentes, ante los organismos que corresponda, para la obtención de los permisos, licencias y autorizaciones reglamentarias, corriendo con los costes que se generen, entre los que no habrá liquidación alguna de tributo municipal a que pudiera dar lugar la ejecución de las obras.

El Concello de Ourense, como titular del Auditorio-Palacio de Congresos y gestor de su posterior funcionamiento, recibirá las aportaciones económicas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte previstas en este Convenio, cuando se cumplan las condiciones especificadas en la cláusula quinta, para su posterior abono a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia que es quien asumirá la contratación de las obras.

Cuarta. Compromisos de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, como órgano de contratación, encargará y adjudicará la redacción del proyecto y adjudicará la ejecución de la obra, así como la dirección facultativa de la misma y adquirirá el equipamiento necesario para su puesta en funcionamiento.

La aportación de la Xunta de Galicia será de 850 millones de pesetas (5.108.603 euros), con cargo al Programa 332A de sus Presupuestos de Gastos, con la siguiente distribución:

Año 2000: 140 millones de pesetas (841.417 euros).

Año 2001: 450 millones de pesetas (2.704.554 euros).

Año 2002: 260 millones de pesetas (1.562.632 euros).

Quinta. Compromisos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte colaborará en la financiación de la infraestructura y equipamiento del Auditorio-Palacio de Congresos a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, con una aportación total de 450 millones de pesetas (2.704.554 euros).

Igualmente, los técnicos de la Gerencia colaborarán con los técnicos de la Xunta en todas las fases de la realización de las obras.

Las aportaciones de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura al Concello de Ourense se efectuarán a través del Programa 456A, capítulo 7 (Transferencias de capital), de sus respectivos presupuestos de gastos, de acuerdo con la siguiente distribución:

Año 2000: 125 millones de pesetas (751.265 euros).

Año 2001: 175 millones de pesetas (1.051.771 euros).

Año 2002: 150 millones de pesetas (901.518 euros).

La aportación del año 2000 se efectuará de la forma siguiente:

Cincuenta millones previa remisión del acta de adjudicación de las obras.

Setenta y cinco millones previa certificación de los técnicos de la Xunta y visto bueno de los técnicos del Ministerio de que la suma de gastos previos y obra ejecutada supera los 125 millones de pesetas.

La aportación del año 2001 se abonará, igualmente, previa certificación de los técnicos de la Xunta y visto bueno de los técnicos del Ministerio de que se ha ejecutado obra a origen por más de 300 millones de pesetas.

La aportación del año 2002 se abonará previa certificación de los técnicos de la Xunta y visto bueno de los técnicos del Ministerio de que se ha ejecutado obra a origen por más de 450 millones de pesetas.

La aportación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura no se verá afectada por ampliaciones o modificaciones del proyecto que signifiquen incremento de su compromiso financiero.

Sexta.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a realizar las actuaciones necesarias ante el Ministerio de Economía y Hacienda para obtener financiación del proyecto con cargo a los fondos FEDER de la Unión Europea.

En caso de obtener dicha financiación como consecuencia de las gestiones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se procederá a la revisión del cuadro de financiación del proyecto previsto en el presente Convenio, para ajustar las aportaciones del Departamento a los nuevos recursos financieros obtenidos.

Séptima.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), colaborará con la Xunta de Galicia asesorando en la redacción, ejecución y puesta en funcionamiento del proyecto en relación con la adecuación del mismo a los fines musicales previstos.

Octava.

Una vez firmado este Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, formada por un representante de cada una de las partes, que resolverá los problemas que pudieran surgir en la interpretación, desarrollo y cumplimiento del mismo.

Novena.

Durante el período de realización de las obras, deberá situarse en lugar visible un cartel en el que se haga constar la colaboración de las Administraciones firmantes de este Convenio. Igualmente, a la puesta en funcionamiento del centro, se fijará una placa en los lugares de entrada en la que figure dicha colaboración.

Décima.

Una vez realizadas las obras y adquirido el equipamiento, el Concello de Ourense, como titular del Auditorio-Palacio de Congresos, asumirá la explotación y conservación del mismo, así como los gastos de mantenimiento y conservación que lleve consigo.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes representadas firman y rubrican el presente documento, en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados.–Por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, don José Cuiña Crespo.–Por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, doña Engracia Hidalgo Tena.–Por el Concello de Ourense, don Manuel Jaime Cabezas Enríquez.

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