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Documento BOE-A-2000-17308

Orden de 4 de septiembre de 2000 por la que se anula el nombramiento de don Isaac Cossío Terán como funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialidad Tecnología.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 32742 a 32742 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17308

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución del Director general de Personal, de la

Consejería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalidad

Valenciana, de 30 de junio de 2000, se acuerda la ejecución de la

sentencia número 1.331/1999, de 24 de noviembre, dictada por

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de la Comunidad Valenciana, recaída en los

procedimientos números 3.149/1996 y 240/1997, declarando la

anulación de las Resoluciones del Director general de Personal de

la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, de 8 de mayo y 4

de noviembre de 1996, en cuanto a la puntuación otorgada a

don Isaac Cossío Terán, en el procedimiento selectivo convocado

por Orden de 28 de marzo de 1995.

En su virtud, vista la propuesta de la precitada Dirección

General de Personal, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Anular el nombramiento de don Isaac Cossío Terán,

documento nacional de identidad 72.115.250 y número de

Registro de Personal 7211525046 A0590, como funcionario de carrera

del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialidad

Tecnología, llevado a cabo por Orden de 24 de febrero de 1998.

Segundo.-Contra esta Orden, que es definitiva en la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley

Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116

y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 4 de septiembre de 2000.-La Ministra.-P. D. (Órdenes

de 1 de marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2, y de 3

de julio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 5), la Directora

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Engracia Hidalgo Tena.

Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal

y Servicios.

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