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Documento BOE-A-2000-17309

Orden de 5 de septiembre de 2000 por la que se integra en el Cuerpo de Maestros a don Jesús Rodríguez Vázquez como procedente de los cursillos de 1936.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 32742 a 32743 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17309

TEXTO ORIGINAL

Vista la instancia suscrita por doña Julia Obenza Muñoz, viuda

del que fue Maestro de Primera Enseñanza don Jesús Rodríguez

Vázquez, Cursillista de 1936, que aprobó los dos ejercicios

eliminatorios de los cursillos de selección para ingreso en el

Magisterio Nacional Primario convocados por Decreto de 14 de marzo

de 1936 ("Gaceta" del 15), en la que solicita la integración en

el Cuerpo de Maestros del referido Maestro, ya fallecido en 21

de diciembre de 1974, acogiéndose al artículo 1 del Real Decreto

de 2 de junio de 1977 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de julio),

acompañando para ello la documentación prescrita en la Orden

de 10 de octubre de 1977 ("Boletín Oficial del Estado" del 28),

y para dar cumplimiento al citado Real Decreto,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-Declarar integrado en el Cuerpo de Maestros a don

Jesús Rodríguez Vázquez, la fecha de integración es la de su

fallecimiento, 21 de diciembre de 1974, y como antigüedad conforme

al Real Decreto 329/1979, de 13 de febrero ("Boletín Oficial del

Estado" del 24), y Orden de 7 de marzo de 1979 ("Boletín Oficial

del Estado" del 17), la de 1 de septiembre de 1936.

La integración tendrá efectos para su viuda doña Julia Obenza

Muñoz, a fin de facultarle a solicitar el reconocimiento de la

pensión de clases pasivas que pudiese corresponderle.

Segundo.-De conformidad con lo prevenido en el artículo 1

del Real Decreto de 2 de junio de 1977, esta integración se

considerará nula en el caso de que, con anterioridad, el señor

Rodríguez Vázquez hubiese adquirido derecho al reconocimiento de

pensión de clases pasivas en cualquier otro Cuerpo de la

Administración del Estado, de cuantía igual o superior a la que le

correspondiese como consecuencia de esta integración, a cuyo efecto

se formulará ante la Consejería de Educación y Ordenación

Universitaria de la Junta de Galicia, en Santiago de Compostela (A

Coruña), la oportuna declaración relativa a tal punto por

adscribirse al mismo a la provincia de Ourense.

Madrid, 5 de septiembre de 2000.-P. D. (Órdenes de 1 de

marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2 y de 3 de julio

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 5), la Directora general

de Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia

Hidalgo Tena.

Dirección General de Programación Económica, Personal y

Servicios.

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