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Documento BOE-A-2000-17337

Resolución de 1 de septiembre de 2000, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca a concurso de méritos para la provisión de una plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 32780 a 32782 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-17337

TEXTO ORIGINAL

El Rectorado de la Universidad de La Laguna, en cumplimiento

del Acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno, en su sesión de 21

de julio de 2000, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Convocar concurso de méritos para la provisión de

plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios que se relaciona

en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la

Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre) ; Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),

que modifica parcialmente al anterior, los Estatutos de la

Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 192/1985, de 13

de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de octubre) y en lo

no previsto, por la legislación general de funcionarios civiles del

Estado.

Tercero.-Para ser admitido al citado concurso se requieren

los siguientes requisitos generales, que deberán cumplirse el

último día de presentación de solicitudes:

1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de

los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados, a los que en virtud de los Tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos

en que ésta se halla definida en Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea.

2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad reglamentaria de jubilación.

3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas.

4. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de

Universidad.

Cuarto.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre.

Quinto.-No podrán optar a las plazas que se convocan y que

aparecen relacionadas en el anexo I de esta Resolución, los

Profesores de la Universidad de La Laguna, que encontrándose en

situación administrativa de servicio activo, ocupen otra plaza del

mismo Cuerpo y área de conocimiento que la plaza convocada.

Sexto.-Quienes deseen tomar parte en los concursos remitirán

la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de La

Laguna, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

hábiles, a partir de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", mediante solicitud, según modelo del anexo II,

debidamente cumplimentada y junto con los documentos que

acrediten reunir los requisitos específicos, necesarios para participar

en el concurso. La concurrencia de dichos requisitos deberá estar

referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo

fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo

original, haber abonado en la Caja General de Ahorros de

Canarias, o transferencia bancaria, en la cuenta corriente

número 20650067611114000069, la cantidad de 3.000 pesetas

en concepto de derechos (2.200 pesetas por derechos de examen

y 800 pesetas por formación de expediente). Cuando el pago de

los derechos se efectúe por giro postal o telegráfico, éste se dirigirá

a la Caja de la Universidad de La Laguna, haciendo constar en

el talón destinado a la misma los datos siguientes: Nombre y

apellidos del solicitante, número del documento nacional de identidad

e identificación de la plaza a la que concursa.

Séptimo.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes,

este Rectorado, por cualquiera de los procedimientos establecidos

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los

aspirantes la relación completa de los admitidos y excluidos, así

como las causas de la exclusión. Contra esta Resolución, los

interesados podrán presentar reclamación ante el Rectorado de esta

Universidad, en el plazo de quince días hábiles, a partir de la

notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Octavo.-Publicada la composición de las Comisiones que han

de resolver los concursos, en el plazo máximo de cuatro meses,

el Presidente de la misma deberá dictar Resolución, que será

notificada a todos los aspirantes admitidos, con una antelación mínima

de quince días naturales para realizar el acto de presentación de

concursantes, y con un señalamiento de día, hora y lugar de

celebración de dicho acto, que no podrá exceder de dos días hábiles

desde la constitución de la Comisión.

En el acto de presentación, que será público, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación

señalada en el artículo 1 del Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio,

que modifica el artículo 10.1 del Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, y recibirán cuantas instrucciones sobre la

celebración de la prueba deban comunicárseles, asimismo, se

determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los

concursantes, y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.

Ésta deberá comenzar dentro del plazo de veinte días hábiles,

a contar desde el siguiente al acto de presentación.

Noveno.-Todas las actuaciones de la Comisión nombrada al

efecto tendrán que realizarse en el ámbito teerritorial de la

Universidad de La Laguna, salvo causas de fuerza mayor y con la

debida autorización del Rectorado.

Décimo.-El candidato propuesto por la Comisión para la

provisión de las plazas deberá entregar en el Registro General de

la Universidad, o por cualesquiera de los medios establecidos en

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince

días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión,

los siguientes documentos:

1. Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento que acredite ser nacional de uno de los Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que,

en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, que se presentará por duplicado.

2. Certificación del Ministerio u organismo del que dependan,

acreditativa de su condición de funcionario y cuantas

circunstancias consten en su hoja de servicios.

Undécimo.-Contra la presente Resolución cabe interponer,

con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rectorado

de esta Universidad, a tenor de lo establecido en el artículo 116

de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previo al

recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de

Justicia de Canarias.

La Laguna, 1 de septiembre de 2000.-El Rector, José S. Gómez

Soliño.

ANEXO I

Identificación del concurso: DF1330.

Cuerpo al que corresponde la plaza: Profesores Titulares de

Universidad.

Área de conocimiento: "Derecho Constitucional".

Departamento al que está adscrita: Derecho Constitucional y

Ciencia Política.

Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia

en Derecho de la Información y Libertades Públicas.

Clase de convocatoria: Concurso de méritos.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 32781 a 32782)

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