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Documento BOE-A-2000-17338

Resolución de 5 de septiembre de 2000, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la Escala Técnica.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 32783 a 32786 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-17338

TEXTO ORIGINAL

Vacante la plaza de Jefe de la Sección de Reclamaciones y

Recursos número 12 de la vigente relación de puestos de trabajo

y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de

concurso-oposición para la provisión de la misma, según establece

el artículo 111.3 de los Estatutos,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.2.e) de

la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,

aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10

de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del 17) y modificados

por Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio

("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto) y por Decreto de

la Xunta de Galicia 41/2000, de 25 de febrero ("Diario Oficial

de Galicia" de 2 de marzo), resuelve:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza

de la Escala Técnica de la Universidad de A Coruña, por el sistema

de acceso libre y por el procedimiento de concurso-oposición, con

sujeción a las bases que a continuación se indican.

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como

anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento

nacional de identidad, acreditándose, además, el pago de los

derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración o

promesa de éste de que no está separado de derecho de cónyuge

y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive, sus expensas

o está a su cargo.

Las solicitudes se dirigan al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, calle de

la Maestranza, sin número, código postal 15001) y Ferrol

(Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número,

código postal 15403) o en las restantes formas previstas en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" del 14).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas

correspondientes.

1.2 Los derechos de examen serán de 7.525 pesetas, que

se ingresarán directamente o mediante transferencia, en cualquiera

de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número

1302-1700-420017957982 "Pruebas selectivas para acceso a la

Escala Técnica de la Universidad de A Coruña", a nombre de la

Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del

resguardo acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la

exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud

ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso

deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos

justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios

prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante

certificación expedida por la Gerencia de la Universidad. La

documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente

convocatoria y deberá incorporarse a la solicitud.

1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán

indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar,

si es el caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea

necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrepcionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán

participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,

de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros

de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,

menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan

a su expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación

a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea

en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad

Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de

los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión del título de licenciado en Derecho. En

el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse

en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por

sentencia firme.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento

de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar

de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades

3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal

calificador de las mismas establecerá, para las personas con

minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión,

las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se plantearan

dudas al Tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con

alguna discapacidad para el desempeño de las actividades

habitualmente desarrolladas por los funcionarios, podrá solicitar el

correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad

Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el

plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad

dictará resolución, que será publicada en el "Diario Oficial de

Galicia", declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos

y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios

del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus

de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento

nacional de identidad y, si es el caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,

contados a partir de la publicación de la referida resolución, para

corregir el defecto que motivase la exclusión u omisión.

Transcurrido el citado plazo el Rector dictará resolución declarando

aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será

publicada en el "Diario Oficial de Galicia", contra la que los

interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación

de la resolución, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

4.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga

que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo

con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo

5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el

de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios

y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es

el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III

de la presente convocatoria.

6.2 El Tribunal en su constitución, composición y

funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de

administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en el número que estime necesario.

El Tribunal tendrá la categoría primera de las recogidas en

el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"

de 1 de junio).

7. Calendario de las pruebas

7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho

público en la resolución rectoral que apruebe las listas definitivas

de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de

un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que

determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad

Autónoma para el año en que se realice la prueba.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera

8.1 Con carácter previo a la realización de los ejercicios de

la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del castellano

mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que

posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y

escrita en esta lengua.

8.2 El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto

en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos

del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba

se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la

valoración de "apto" para pasar a realizar los ejercicios de la fase

de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los

aspirantes que acrediten, mediante fotocopia compulsada, estar en

posesión del diploma superior de español como lengua extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,

y del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo, en

consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados

9.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de

la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la

fase de oposición.

9.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de

A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar

o lugares de su celebración, así como en aquellos otros que estime

oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo,

así como, de ser el caso, la de cada una de las pruebas que lo

compongan.

Posteriormente, el Tribunal hará pública, en esos mismos

lugares, la relación de los aspirantes que superaron las pruebas

selectivas, constituida por aquellos opositores que, en número no

superior al de las plazas convocadas y habiendo alcanzado la

puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de

oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de

acuerdo con el sistema previsto en el anexo I y con indicación

expresa de la obtenida. Esta lista en ningún caso podrá contener

un número de candidatos superior al de las plazas convocadas.

Los opositores que no se encuentren incluidos en esta relación

tendrán la consideración de no haber aprobado las pruebas

selectivas, único extremo acerca del que el Tribunal podrá certificar.

9.3 El Tribunal remitirá al Rector la relación definitiva de

los aspirantes aprobados, con propuesta de que se formalice el

correspondiente nombramiento.

10. Presentación de documentos y nombramiento

10.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día

siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de

aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el

Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la

Maestranza, sin número) los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento acreditativo equivalente de ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a

las pruebas.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas. Los aspirantes de nacionalidad no española

deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2 Cumplimentados debidamente por el aspirante que

superó las pruebas selectivas los trámites de presentación de

documentos, será nombrado funcionario de la Escala Técnica de la

Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo

dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento de Personal de Administración de la

Comunidad Autónoma de Galicia ; a la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14),

y a los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de

la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial

de Galicia" del 17), modificados por el Decreto 245/1998,

de 30 de julio ("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto), la

Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), sobre acceso a determinados sectores de la función pública

de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión

Europea y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos

administrativos de deriven de ellas podrán ser impugnados ante

la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo en los casos y

en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" del 14).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el

Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos

en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.

A Coruña, 5 de septiembre de 2000.-El Rector, José Luis

Meilán Gil.

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición

que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios:

1.1 Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en

la elaboración de un dictamen o informe sobre una cuestión

general de Derecho Administrativo relacionada con el temario para

lo cual los aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas

y no podrán contar con el apoyo de ningún material legislativo,

jurisprudencial o bibliográfico.

1.2 Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio. Resolución

por escrito de un caso práctico sobre alguna cuestión relacionada

con el temario. Tendrá una duración de dos horas y podrán

consultarse textos legales y jurisprudenciales.

1.3 Prueba de gallego: No eliminatoria y de mérito. Consistirá

en la traducción de un texto original en lengua gallega sin

diccionario.

2. Fase de concurso:

Para los aspirantes que superen la fase de oposición la

valoración de méritos se hará de la siguiente forma:

2.1 Valoración del expediente académico hasta tres puntos.

2.2 Doctorado en Derecho hasta dos puntos según afinidad

con el temario de la oposición.

2.3 Valoración de otros estudios universitarios y méritos

académicos hasta un punto, según afinidad con las funciones del

puesto al que se oposita.

2.4 Experiencia en el ámbito del Derecho Administrativo que

se acredite fehacientemente hasta un máximo de cuatro puntos.

Valorándose preferentemente las siguientes actividades:

a) Actividad investigadora relacionada con el temario de la

oposición.

b) Cursos de formación impartidos en materias vinculadas con

el temario de la oposición.

c) Servicios prestados en Asesoría Jurídica de Universidades,

relacionados con el temario de la oposición.

d) Otras actividades profesionales.

Puntuación del proceso selectivo:

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios

hasta un total de 12 puntos. La puntuación de la fase de concurso,

siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase de oposición,

alcanzará, como máximo, la suma de 10 puntos.

En caso de empate se dará preferencia atendiendo a la

puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, a favor

del candidato que obtuviese mayor puntuación en los sucesivos

ejercicios hasta que se resuelva el empate.

ANEXO II

Programa

Tema 1: La teoría general del sistema normativo. Su aplicación

a la Universidad los Estatutos de las Universidades Públicas:

Elaboración y reforma, naturaleza jurídica. Los Estatutos de la

Universidad de A Coruña: Caracteres generales y significación jurídica.

Tema 2: Los actos administrativos: Concepto, clases y

elementos. La motivación y notificación de los actos administrativos

universitarios. El silencio administrativo. Naturaleza y régimen

jurídico. Su aplicación en el ámbito universitario. Nulidad y

anulabilidad.

Tema 3: El procedimiento administrativo. Naturaleza y fines.

Regulación legal. Aplicabilidad de la Ley 30/1992 a los órganos

colegiados de las universidades.

Tema 4: El control de legalidad de la actuación administrativa.

Revisión en vía administrativa. Reclamaciones y recursos en el

ámbito universitario. El control financiero y contable de la

Universidad.

Tema 5: El proceso contencioso-administrativo. La defensa

jurídica de la Universidad ante los Tribunales de Justicia. Medidas

cautelares. Ejecución de sentencias.

Tema 6: Los contratos públicos. Régimen jurídico aplicable

a la contratación de la Universidad. La gestión de la contratación.

Tema 7: El servicio público. Doctrina clásica del servicio

público. Evolución y desarrollo actual del servicio público. La gestión

de los servicios públicos. El servicio público universitario.

Tema 8: La expropiación forzosa. Régimen jurídico de la

potestad expropiatoria. El procedimiento expropiatorio.

Tema 9: La responsabilidad patrimonial. El régimen de

responsabilidad patrimonial.

Tema 10: Bienes de dominio público y bienes patrimoniales.

El patrimonio de la Universidad.

Tema 11: El empleo público. La función pública y el régimen

del personal laboral en las Universidades Públicas.

Tema 12: La posición institucional de la Universidad.

Distribución de competencias en materia de educación universitaria.

La autonomía universitaria: Alcance y contenido. Competencias

de la Xunta de Galicia en materia de universidad. El sistema

universitario de Galicia.

Tema 13: La universidad y sus relaciones interadministrativas.

Caracterización jurídica. Marco jurídico de relaciones entre la

Xunta de Galicia y las universidades gallegas: Principios, instrumentos

y técnicas de relación.

Tema 14: Organización universitaria. La estructura de las

universidades. Los órganos de la Universidad de A Coruña. Los

departamentos universitarios. Los centros universitarios. Las escuelas

de especialización profesional. Los institutos universitarios. Los

centros adscritos. El Consejo de Universidades.

Tema 15: El Gobierno de la Universidad. Principios del régimen

de Gobierno de la Universidad. Los órganos de Gobierno.

Tema 16: La comunidad universitaria. El estatuto jurídico del

alumno. El personal de Administración y Servicios. El personal

docente e investigador.

Tema 17: La docencia en la universidad. La ordenación

académica. Los planes de estudio. Régimen jurídico de los títulos

universitarios. Los estudios de doctorado. Los estudios de

postgrado. La investigación en la universidad. La extensión

universitaria.

Tema 18: El estatuto fiscal de las universidades públicas.

Tema 19: La propiedad intelectual e industrial. Régimen

jurídico de las patentes universitarias.

Tema 20: La prevención de riesgos laborales en el ámbito

universitario.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad.

Vocales: Don Jesús Martínez Girón, Catedrático de

Universidad ; doña Marta García Pérez, Profesora titular de Universidad,

un representante designado por la Junta de Personal.

Secretario: Don Víctor M. Cabrera Sánchez, Gerente de la

Universidad.

Suplentes:

Presidente: Don Juan J. Fernández Caínzos, Vicerrector de

Asuntos Económicos.

Vocales: Don Francisco Javier Sanz Larruga, Profesor titular

de Universidad ; doña María Victoria Dios Vieitez, Profesora titular

de Universidad, un representante designado por la Junta de

Personal.

Secretario: Don Juan R. Rego Álvarez de Mon, Vicegerente.

ANEXO IV: (Ver imagen página 32786).

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