Vacante la plaza de Jefe de la Sección de Reclamaciones y
Recursos número 12 de la vigente relación de puestos de trabajo
y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de
concurso-oposición para la provisión de la misma, según establece
el artículo 111.3 de los Estatutos,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.2.e) de
la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10
de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del 17) y modificados
por Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio
("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto) y por Decreto de
la Xunta de Galicia 41/2000, de 25 de febrero ("Diario Oficial
de Galicia" de 2 de marzo), resuelve:
Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza
de la Escala Técnica de la Universidad de A Coruña, por el sistema
de acceso libre y por el procedimiento de concurso-oposición, con
sujeción a las bases que a continuación se indican.
Bases de la convocatoria
1. Solicitudes
1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como
anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento
nacional de identidad, acreditándose, además, el pago de los
derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración o
promesa de éste de que no está separado de derecho de cónyuge
y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive, sus expensas
o está a su cargo.
Las solicitudes se dirigan al excelentísimo y magnífico señor
Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General
de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, calle de
la Maestranza, sin número, código postal 15001) y Ferrol
(Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número,
código postal 15403) o en las restantes formas previstas en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27),
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del
Estado" del 14).
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas
correspondientes.
1.2 Los derechos de examen serán de 7.525 pesetas, que
se ingresarán directamente o mediante transferencia, en cualquiera
de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número
1302-1700-420017957982 "Pruebas selectivas para acceso a la
Escala Técnica de la Universidad de A Coruña", a nombre de la
Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del
resguardo acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la
exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
ante el órgano expresado en el punto 1.1.
1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso
deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos
justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios
prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante
certificación expedida por la Gerencia de la Universidad. La
documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente
convocatoria y deberá incorporarse a la solicitud.
1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán
indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar,
si es el caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.
1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrepcionalmente apreciada por el Tribunal.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes
requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán
participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan
a su expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación
a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea
en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de
los sesenta y cinco.
c) Estar en posesión del título de licenciado en Derecho. En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar
de los mismos durante el proceso selectivo.
3. Discapacidades
3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal
calificador de las mismas establecerá, para las personas con
minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión,
las adaptaciones posibles de tiempos y medios.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se plantearan
dudas al Tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con
alguna discapacidad para el desempeño de las actividades
habitualmente desarrolladas por los funcionarios, podrá solicitar el
correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad
Autónoma.
4. Listas de admitidos y excluidos
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el
plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad
dictará resolución, que será publicada en el "Diario Oficial de
Galicia", declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos
y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios
del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus
de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento
nacional de identidad y, si es el caso, las causas de exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir de la publicación de la referida resolución, para
corregir el defecto que motivase la exclusión u omisión.
Transcurrido el citado plazo el Rector dictará resolución declarando
aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será
publicada en el "Diario Oficial de Galicia", contra la que los
interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación
de la resolución, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
4.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga
que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos
exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo
con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.
5. Sistema selectivo
5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios
y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
5.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es
el que figura como anexo II.
6. Tribunal calificador
6.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III
de la presente convocatoria.
6.2 El Tribunal en su constitución, composición y
funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de
administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas en el número que estime necesario.
El Tribunal tendrá la categoría primera de las recogidas en
el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"
de 1 de junio).
7. Calendario de las pruebas
7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho
público en la resolución rectoral que apruebe las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos.
7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de
un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que
determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad
Autónoma para el año en que se realice la prueba.
8. Aspirantes de nacionalidad extranjera
8.1 Con carácter previo a la realización de los ejercicios de
la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que
posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y
escrita en esta lengua.
8.2 El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto
en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos
del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba
se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la
valoración de "apto" para pasar a realizar los ejercicios de la fase
de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los
aspirantes que acrediten, mediante fotocopia compulsada, estar en
posesión del diploma superior de español como lengua extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,
modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,
y del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta
documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo, en
consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.
9. Lista de aprobados
9.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de
la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la
fase de oposición.
9.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, el Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de
A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar
o lugares de su celebración, así como en aquellos otros que estime
oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo,
así como, de ser el caso, la de cada una de las pruebas que lo
compongan.
Posteriormente, el Tribunal hará pública, en esos mismos
lugares, la relación de los aspirantes que superaron las pruebas
selectivas, constituida por aquellos opositores que, en número no
superior al de las plazas convocadas y habiendo alcanzado la
puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de
oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de
acuerdo con el sistema previsto en el anexo I y con indicación
expresa de la obtenida. Esta lista en ningún caso podrá contener
un número de candidatos superior al de las plazas convocadas.
Los opositores que no se encuentren incluidos en esta relación
tendrán la consideración de no haber aprobado las pruebas
selectivas, único extremo acerca del que el Tribunal podrá certificar.
9.3 El Tribunal remitirá al Rector la relación definitiva de
los aspirantes aprobados, con propuesta de que se formalice el
correspondiente nombramiento.
10. Presentación de documentos y nombramiento
10.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día
siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de
aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el
Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la
Maestranza, sin número) los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
documento acreditativo equivalente de ser nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a
las pruebas.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas. Los aspirantes de nacionalidad no española
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
10.2 Cumplimentados debidamente por el aspirante que
superó las pruebas selectivas los trámites de presentación de
documentos, será nombrado funcionario de la Escala Técnica de la
Universidad de A Coruña.
Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo
dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de Personal de Administración de la
Comunidad Autónoma de Galicia ; a la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la
Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14),
y a los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de
la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial
de Galicia" del 17), modificados por el Decreto 245/1998,
de 30 de julio ("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto), la
Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 24), sobre acceso a determinados sectores de la función pública
de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea y a las bases de esta convocatoria.
Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos
administrativos de deriven de ellas podrán ser impugnados ante
la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo en los casos y
en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín
Oficial del Estado" del 14).
Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada
contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el
Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos
en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.
A Coruña, 5 de septiembre de 2000.-El Rector, José Luis
Meilán Gil.
ANEXO I
Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición
que consta de las siguientes fases:
1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios:
1.1 Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en
la elaboración de un dictamen o informe sobre una cuestión
general de Derecho Administrativo relacionada con el temario para
lo cual los aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas
y no podrán contar con el apoyo de ningún material legislativo,
jurisprudencial o bibliográfico.
1.2 Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio. Resolución
por escrito de un caso práctico sobre alguna cuestión relacionada
con el temario. Tendrá una duración de dos horas y podrán
consultarse textos legales y jurisprudenciales.
1.3 Prueba de gallego: No eliminatoria y de mérito. Consistirá
en la traducción de un texto original en lengua gallega sin
diccionario.
2. Fase de concurso:
Para los aspirantes que superen la fase de oposición la
valoración de méritos se hará de la siguiente forma:
2.1 Valoración del expediente académico hasta tres puntos.
2.2 Doctorado en Derecho hasta dos puntos según afinidad
con el temario de la oposición.
2.3 Valoración de otros estudios universitarios y méritos
académicos hasta un punto, según afinidad con las funciones del
puesto al que se oposita.
2.4 Experiencia en el ámbito del Derecho Administrativo que
se acredite fehacientemente hasta un máximo de cuatro puntos.
Valorándose preferentemente las siguientes actividades:
a) Actividad investigadora relacionada con el temario de la
oposición.
b) Cursos de formación impartidos en materias vinculadas con
el temario de la oposición.
c) Servicios prestados en Asesoría Jurídica de Universidades,
relacionados con el temario de la oposición.
d) Otras actividades profesionales.
Puntuación del proceso selectivo:
La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios
hasta un total de 12 puntos. La puntuación de la fase de concurso,
siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase de oposición,
alcanzará, como máximo, la suma de 10 puntos.
En caso de empate se dará preferencia atendiendo a la
puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, a favor
del candidato que obtuviese mayor puntuación en los sucesivos
ejercicios hasta que se resuelva el empate.
ANEXO II
Programa
Tema 1: La teoría general del sistema normativo. Su aplicación
a la Universidad los Estatutos de las Universidades Públicas:
Elaboración y reforma, naturaleza jurídica. Los Estatutos de la
Universidad de A Coruña: Caracteres generales y significación jurídica.
Tema 2: Los actos administrativos: Concepto, clases y
elementos. La motivación y notificación de los actos administrativos
universitarios. El silencio administrativo. Naturaleza y régimen
jurídico. Su aplicación en el ámbito universitario. Nulidad y
anulabilidad.
Tema 3: El procedimiento administrativo. Naturaleza y fines.
Regulación legal. Aplicabilidad de la Ley 30/1992 a los órganos
colegiados de las universidades.
Tema 4: El control de legalidad de la actuación administrativa.
Revisión en vía administrativa. Reclamaciones y recursos en el
ámbito universitario. El control financiero y contable de la
Universidad.
Tema 5: El proceso contencioso-administrativo. La defensa
jurídica de la Universidad ante los Tribunales de Justicia. Medidas
cautelares. Ejecución de sentencias.
Tema 6: Los contratos públicos. Régimen jurídico aplicable
a la contratación de la Universidad. La gestión de la contratación.
Tema 7: El servicio público. Doctrina clásica del servicio
público. Evolución y desarrollo actual del servicio público. La gestión
de los servicios públicos. El servicio público universitario.
Tema 8: La expropiación forzosa. Régimen jurídico de la
potestad expropiatoria. El procedimiento expropiatorio.
Tema 9: La responsabilidad patrimonial. El régimen de
responsabilidad patrimonial.
Tema 10: Bienes de dominio público y bienes patrimoniales.
El patrimonio de la Universidad.
Tema 11: El empleo público. La función pública y el régimen
del personal laboral en las Universidades Públicas.
Tema 12: La posición institucional de la Universidad.
Distribución de competencias en materia de educación universitaria.
La autonomía universitaria: Alcance y contenido. Competencias
de la Xunta de Galicia en materia de universidad. El sistema
universitario de Galicia.
Tema 13: La universidad y sus relaciones interadministrativas.
Caracterización jurídica. Marco jurídico de relaciones entre la
Xunta de Galicia y las universidades gallegas: Principios, instrumentos
y técnicas de relación.
Tema 14: Organización universitaria. La estructura de las
universidades. Los órganos de la Universidad de A Coruña. Los
departamentos universitarios. Los centros universitarios. Las escuelas
de especialización profesional. Los institutos universitarios. Los
centros adscritos. El Consejo de Universidades.
Tema 15: El Gobierno de la Universidad. Principios del régimen
de Gobierno de la Universidad. Los órganos de Gobierno.
Tema 16: La comunidad universitaria. El estatuto jurídico del
alumno. El personal de Administración y Servicios. El personal
docente e investigador.
Tema 17: La docencia en la universidad. La ordenación
académica. Los planes de estudio. Régimen jurídico de los títulos
universitarios. Los estudios de doctorado. Los estudios de
postgrado. La investigación en la universidad. La extensión
universitaria.
Tema 18: El estatuto fiscal de las universidades públicas.
Tema 19: La propiedad intelectual e industrial. Régimen
jurídico de las patentes universitarias.
Tema 20: La prevención de riesgos laborales en el ámbito
universitario.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titulares:
Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad.
Vocales: Don Jesús Martínez Girón, Catedrático de
Universidad ; doña Marta García Pérez, Profesora titular de Universidad,
un representante designado por la Junta de Personal.
Secretario: Don Víctor M. Cabrera Sánchez, Gerente de la
Universidad.
Suplentes:
Presidente: Don Juan J. Fernández Caínzos, Vicerrector de
Asuntos Económicos.
Vocales: Don Francisco Javier Sanz Larruga, Profesor titular
de Universidad ; doña María Victoria Dios Vieitez, Profesora titular
de Universidad, un representante designado por la Junta de
Personal.
Secretario: Don Juan R. Rego Álvarez de Mon, Vicegerente.
ANEXO IV: (Ver imagen página 32786).
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