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Documento BOE-A-2000-17442

Orden de 6 de julio de 2000 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Camino de la Lengua Castellana".

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2000, páginas 33097 a 33097 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17442

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Luis Ángel Alegre Galilea, Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno de La Rioja, solicitando la inscripción, de la «Fundación Camino de la Lengua Castellana» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1997, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida en Madrid el día 22 de febrero de 2000, según consta en escritura pública número 714, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don José Antonio Escartín Ipiens, por las personas que a continuación se citan: Excelentísimos señores: Don Luis Ángel Alegre Galilea, don Tomás Villanueva Rodríguez, don Ramiro Felipe Ruiz Medrano, don Francisco Javier León de la Riva, don Julián Lanzarote Sastre, don Agustín Díez de Mera y García Consuegra, don Gustavo Villapalos Salas y don Manuel Peinado Lorca, en representación de los fundadores, Comunidad Autónoma de La Rioja, Junta de Castilla y León, excelentísima Diputación Provincial de Valladolid, Salamanca y Ávila, Comunidad Autónoma de Madrid y el excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en San Millán de la Cogolla (La Rioja), en el aula permanente de la Lengua Española del Monasterio de Yuso, plaza del Calvario, sin número; su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en España, sin perjuicio de las actividades que puedan realizarse fuera del territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de 1.200.000 pesetas, equivalente a 7.212,15 euros. La dotación dineraria ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los estatutos que han de regir la Fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «A) Promover y difundir el conocimiento de la lengua castellana. B) Promocionar el ‘‘Camino de la Lengua Castellana’’ como ruta cultural que recorre los orígenes del castellano y su proyección universal. C) Potenciar las raíces culturales y el patrimonio histórico de los lugares por donde transcurre el ‘‘Camino de la Lengua Castellana’’ por su papel en el nacimiento y desarrollo de la lengua castellana.»

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por los siguientes Patronos natos: En representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja: Titulares: Don Luis Ángel Alegre Galilea y don Luis Torres Sáez-Benito; suplentes: Don Domingo Rivera Canobellas y don José Antonio Elguea Nalda. En representación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Titulares: Don Tomás Villanueva Rodríguez y doña Begoña Hernández Muñoz. En representación de la Diputación de Valladolid: Titular: Don Luis Mariano Minguela Muñoz; sustituto: Don Alfonso Centeno Trigos. En representación del Ayuntamiento de Valladolid: Titular: Don Francisco Javier León de la Riva; sustituto: Don Alberto Gutiérrez Alberca. En representación del Ayuntamiento de Salamanca: Titulares: Don Julián Lanzarote Sastre y doña Pilar Fernández Labrador; sustitutos: Don David Prieto Iglesias y doña Evencia Juez González. En representación del Ayuntamiento de Ávila: Titulares: Don Agustín Díaz de Mera y don Áureo Martín Labajos; suplentes: Don Luis Alberto Plaza Martín y don José Francisco Martínez Gañán. En representación de la Comunidad Autónoma de Madrid: Titular: Don Gustavo Villapalos Salas; sustituto: Don Juan Carlos Doadrio Villarejo. En representación del Ayuntamiento de Alcalá de Henares: Don Manuel Peinado Lorca.

Habiéndose nombrado los siguientes cargos: Presidente: Excelentísimo señor don Luis Ángel Alegre Galilea, Vicepresidente: Excelentísimo señor don Tomás Villanueva Rodríguez y Secretario: Excelentísimo señor don Luis Torres Sáenz-Benito, según consta en escritura pública número 714, otorgada en Madrid, el 22 de febrero de 2000, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Antonio Escartín Ipiens. En dicha escritura consta la aceptación de los cargos indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden del Ministro de Educación y Cultura, de 18 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 21), en relación con la Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte de 3 de julio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 5), en virtud de las cuales se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Acordar la inscripción, en el Registro de Fundaciones del Departamento, de la Fundación denominada «Fundación Camino de la Lengua Castellana», de ámbito estatal, con domicilio en San Millán de la Cogolla (La Rioja) en el aula permanente de la Lengua Española del Monasterio de Yuso, plaza del Calvario, sin número, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Esta Resolución deberá ser notificada a los interesados, a los efectos que establece el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, indicando que, contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente. Asimismo, esta resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la misma Ley.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de julio de 2000.–P. D. (Orden de 18 de mayo de 1999, «Boletín Oficial del Estado» del 21, y Orden de 3 de julio de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 5), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

Subdirección General de Protectorado de Fundaciones.

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