La Audiencia Provincial de Málaga, Sección Séptima, Melilla,
en Sentencia de fecha 31 de marzo de 2000, condena a don
Antonio Jaimez Ruiz, funcionario del Cuerpo Auxiliar Postal y
Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto, A13TC-23239,
como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad
en documento público y malversación de caudales públicos, con
la circunstancia atenuante del número 5 del artículo 21 del Código
Penal, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial
para empleo o cargo público por el tiempo de la condena.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.1.d) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del
Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.2 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena
de inhabilitación especial, este Ministerio dispone la pérdida de
la condición de funcionario a don Antonio Jaimez Ruiz.
Madrid, 19 de junio de 2000.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 24 de abril de 1998, "Boletín Oficial del Estado" número 119,
de 19 de mayo), el Consejero-Director general, Alberto Núñez
Feijóo.
Ilma. Sra. Subdirectora de Gestión de Personal.
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