Visto el expediente de indulto de don Bernardo Navarro Sancho, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Primera, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de septiembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Bernardo Navarro Sancho la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid