Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-1782

Resolución de 29 de diciembre de 1999, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se convocan plazas para la concesión de ayudas para lectorados de español en Universidades extranjeras. Curso 2000-2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2000, páginas 3948 a 3953 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-1782

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30); con la Orden 16225/1994, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones y ayudas de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, y con el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, convoca plazas para la concesión de ayudas para lectorados de español en los centros de Enseñanza Superior y Universidades que se indican en el anexo I.

Las bases del concurso para la concesión de dichas ayudas son las siguientes:

1. Finalidad

Incentivar las relaciones culturales y contribuir a la difusión de la lengua y cultura españolas, de conformidad con los acuerdos de cooperación cultural firmados por España con otros países y los compromisos adquiridos con Universidades extranjeras.

2. Objetivo

La concesión de ayudas económicas complementarias a titulados superiores, licenciados o doctores, en el área de Humanidades, con preferencia en Filología, que van a ser contratados como lectores por las Universidades extranjeras, referenciadas en anexo I.

3. Duración

Las ayudas se conceden por un periodo mínimo de dos cursos lectivos y un máximo de cinco, siempre que las disponibilidades presupuestarias de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica lo permitan.

4. Requisitos

4.1 Tener la nacionalidad española.

4.2 Ser titulado superior, licenciado o doctor, en el área Humanidades, con preferencia Filología, por Universidades españolas o extranjeras, en el momento de presentar la solicitud.

4.3 Tener conocimientos del idioma oficial o de uso más generalizado en el país de destino.

4.4 Tener capacidad de obrar y encontrarse al corriente de todas las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

4.5 No haber disfrutado de ayudas para lectorados del Ministerio de Asuntos Exteriores en los últimos cinco años.

5. Dotación

Al ser las ayudas que se conceden complementarias de las cantidades ofrecidas por las Universidades contratantes, el importe de las mismas variará de acuerdo con el sueldo y las condiciones de trabajo de las respectivas Universidades, sin que, en ningún caso, la suma de dichas cantidades pueda exceder del coste de la actividad a subvencionar. El importe de la ayuda, que estará sujeto a las retenciones fiscales que se correspondan según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dependerá de la dotación presupuestaria de cada año, pudiendo ser modificado de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica.

Dichas ayudas incluyen:

5.1 Viaje de incorporación al lectorado y regreso a España al finalizar el compromiso de los lectores con las Universidades contratantes siempre que se haya cumplido un mínimo de dos cursos académicos.

5.2 Una ayuda mensual, que figura en el anexo I de esta Resolución, que surtirá efecto a partir de la fecha que se indique en la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución por la que se hará pública la concesión definitiva.

Los lectores percibirán dicha ayuda por trimestres vencidos, a través de las Embajadas o Consulados de España más próximos a sus centros de trabajo.

5.3 Seguro de asistencia sanitaria por el tiempo de permanencia en el lectorado, sin que el mismo cubra los riesgos derivados de enfermedades contraídas con anterioridad al inicio de la actividad objeto de la ayuda. Dicho seguro no tendrá cobertura en territorio español.

5.4 El material didáctico que necesiten los lectorados, de acuerdo con las disponibilidades de la citada Secretaría de Estado, tanto editorial del programa de material cultural, como audiovisual, que deberá solicitarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares, y que deberá quedar inventariado en los respectivos lectorados.

Durante el periodo del lectorado, estas ayudas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas por otros organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, con la excepción de lo percibido de la Universidad contratante.

Los gastos correspondientes a estas ayudas se abonarán con cargo al concepto presupuestario de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas 12.03.134B.491 para los años 2000 y 2001, y no superará el límite presupuestario consignado.

6. Presentación de solicitudes

Los candidatos presentarán en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, calle de El Salvador, número 1, 28071 Madrid, o en cualquiera de los Registros, oficinas o representaciones previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y durante un plazo de treinta días naturales a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», dos expedientes iguales y separados, uno para el Ministerio y otro para la Universidad, con la siguiente documentación:

6.1 Impreso de solicitud y ficha baremo que figuran en anexos II y III que podrán también retirarse en el Servicio de Intercambios y Becas de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, calle Atocha, número 3, en Madrid.

6.2 Fotocopia compulsada o cotejada del documento nacional de identidad y número de identificación fiscal.

6.3 Currículum vitae, adjuntando fotocopia compulsada o cotejada de los documentos que acrediten los méritos que se indican, por lo que no deberán figurar en él los que no puedan acreditarse documentalmente.

6.4 Fotocopia compulsada o cotejada del certificado académico de estudios con especificación de calificaciones.

6.5 Certificado acreditativo del nivel de idioma exigido en el anexo I (perfil propuesto Universidad).

6.6 Certificados de la Agencia Estatal Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social que acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales, tributarias y de la Seguridad Social.

Los expedientes cuya documentación no se ajuste a lo anteriormente indicado, aplicado el artículo 71 de la Ley 30/1992, no serán tomados en consideración.

No podrá solicitarse más de un lectorado por persona.

7. Selección

En una primera fase se realizará la preselección, mediante concurso con concurrencia competitiva, y la llevará a cabo una Comisión de Valoración formada por el Subdirector general de Acción Cultural Exterior, el Jefe del Servicio de Intercambios y Becas y el Jefe de Sección de Intercambios, o las personas que éstos designen.

La Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes baremos:

7.1 Expediente académico: Máximo, 40 puntos.

7.2 Título de doctor: 5 puntos.

7.3 Título de licenciado con grado: 2 puntos.

7.4 Experiencia profesional en la enseñanza del español: Máximo, 10 puntos. (Un punto por año, sólo puntuables los cursos completos en centros oficiales.)

7.5 Publicaciones: Máximo, 10 puntos. (Un punto por publicación; sólo puntuables las publicaciones de un mínimo de 10 páginas.)

7.6 Idiomas: Máximo, 5 puntos.

7.7 Otros méritos: Máximo, 10 puntos. (Cursillos, congresos, actividades universitarias, estancia en el país solicitado, etc.)

(Sólo se tendrá en cuenta lo justificado.)

La notificación a los interesados se realizará a través de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, que informará directamente a los interesados por escrito, lo expondrá en el tablón de anuncios, calle Atocha, número 3, Madrid, y en la página web: www.mae.es.

En una segunda fase se realizará la selección, que consiste en la remisión de la lista de candidatos preseleccionados, en número de cinco por lectorado, junto con la documentación relativa a los mismos, a las Universidades extranjeras contratantes que realizarán dicha selección. La Universidad indicará la persona seleccionada y hasta cuatro suplentes, por orden de prioridad.

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica resolverá el procedimiento de concesión de las ayudas y ordenará publicar en el «Boletín Oficial del Estado», en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria, la Resolución definitiva de concesión de los lectorados, en la que se recogerán el lector y los suplentes, que agota la vía administrativa y contra la que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.

La notificación a los interesados se realizará, además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a través de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, que informará directamente a los interesados por escrito, lo expondrá en el tablón de anuncios, calle Atocha, número 3, Madrid, y en la página web: www.mae.es.

8. Obligaciones de los beneficiarios

Los lectores beneficiarios de estas ayudas están obligados al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

8.1 Realizar la actividad para la que se concedió la ayuda.

8.2 Colaboración plena con los Departamentos de la Universidades que los contraten, y especialmente con los inmediatos responsables de los Servicios de Filología donde impartan sus clases.

8.3 Colaboración con las Embajadas o Consulados de España correspondientes en materias directamente relacionadas con la actividad del lectorado, y muy especialmente cooperando a la difusión de la lengua y cultura españolas en su centro académico o en otros similares.

8.4 Acreditar la realización de la actividad mediante la presentación de una memoria anual completa de las actividades realizadas y las circunstancias profesionales del lectorado, que se remitirá a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas a través de Embajadas o Consulados de España más cercanos, en un plazo de tres meses desde la finalización del curso.

8.5 Someterse a cuantas medidas de comprobación se estime oportuno por la entidad concedente y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.

8.6 Comunicación a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la obtención de ayudas o subvenciones para la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales o extranjeros.

9. Causas de perdida de las ayudas

Las causas de pérdida de las ayudas son las siguientes:

9.1 El abandono de las funciones y obligaciones del lector en la Universidad contratante.

9.2 La rescisión anticipada de la relación del lector con la Universidad, antes del plazo previsto, formalizada por escrito por la Universidad y comunicada a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas.

10. Reintegro de las ayudas

10.1 Cualquier alteración, imputable a los beneficiarios de las ayudas, de los requisitos que fueron causa de la concesión, y especialmente la obtención de otras ayudas o subvenciones diferentes de las pactadas con las Universidades contratantes, podrá dar lugar a la modificación de las resoluciones de concesión de las ayudas y a la obligación de los beneficiarios, en su caso, de proceder al reintegro de las cantidades percibidas y al abono de los intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda económica, en la cuantía fijada en las disposiciones vigentes.

10.2 Incumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida.

10.2 Incumplimiento de la obligación de remitir la Memoria anual.

10.3 Obtención de la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello.

10.4 Incumplimiento de cualquier obligación impuesta al beneficiario de la concesión.

Los beneficiarios facilitarán cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas de España, así como por la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, estando sujetos a los requerimientos normativos de reintegro y sancionador legalmente previstos, debiendo reintegrar las cantidades percibidas y la satisfacción del interés de demora desde el momento del pago de la ayuda. Ello se entiende sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los infractores de las normas de concesión de las presentes ayudas, conforme al artículo 82 de la Ley General Presupuestaria.

Las ayudas concedidas y el reconocimiento expreso de las percepciones que conllevan no conceden a los lectores otra clase de derechos ante el Ministerio de Asuntos Exteriores que no sea el de la percepción de su importe.

10. Norma supletoria

Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre; en los artículos 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, de 23 de diciembre de 1988, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, y en la Orden de 13 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio), anteriormente citados.

Madrid, 29 de diciembre de 1999.-El Secretario de Estado, Fernando Villalonga Campos.

ANEXO I
País Lectorado Perfil propuesto Universidad Sueldo propuesto Universidad Alojamiento y manutención

Ayuda complementaria

Pesetas

Austria. Viena. Experiencia en lingüística y clases de traducción. 19.600 bruto (14 veces)=13.999 chel. neto.   78.000
Bélgica. U. Libre de Bruselas, ULB. Licenciado en Filología Hispánica, con formación en ELE y experiencia de un mínimo de un año en la enseñanza del español como lengua extranjera. 180.000 FB bruto + seguridad social.   100.000
Bélgica. U. Católica de Lovaina, UCL. Licenciado en Filología Hispánica, con experiencia en enseñanza del español como lengua extranjera y de la cultura de los países hispanohablantes. 80.000 pesetas anuales.   100.000
Bosnia-Herzegovina. Sarajevo.   500 marcos alemanes.   100.000
Canadá. Montreal. Sólida formación en Filología Hispánica. (Lengua.) Conocimientos de francés. 10.000 $C/año.   100.000
Canadá. Quebec. U. Laval. Licenciado en Filología Hispánica, especialista en Literatura Española. Conocimiento fluido de francés. 9.000 $C/año. Posibilidad de alojamiento al comienzo, después 700 $C/mes. 100.000
Canadá. Vancouver. Especialidad Lengua y Literatura Españolas. Buen conocimiento de inglés. 20.000 $C/año.   100.000
Chequia. Ostrava. Ejercicios gramaticales, conversación nivel medio-superior. Historia de España y América Latina. 6.500 coronas checas/mensuales, aproximadamente. Alojamiento gratis. Manutención precios reducidos en restaurante universitario. 100.000
Dinamarca. Copenhague. Lector externo de español. 7.500 crs. Durante diez meses.   125.000
Eslovaquia. Presov. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia en enseñanza español como lengua extranjera. 7.840 Sk brutas.   100.000
Estonia. Tartu. Preferiblemente de orientación ligüística (historia del español, lexicología, gramática, etc.).   A cargo de la Universidad. 150.000
Hungría. Budapest E. C. Experiencia en enseñanza del español como lengua extranjera. 34.000 forintos/mes. 50.000 forintos/mes. 100.000
Hungría. Debrecen. Licenciado en Filología Hispánica. 34.000 florines brutos/mes. Apartamento proporcionado por la Universidad. 100.000
Israel. Haifa.   300 $USA/mes. No. Ayuda transporte. 150.000
Israel. Tel Aviv.   300 $USA/mes. No. Ayuda transporte. 150.000
Lituania. Kaunas.   Aproximadamente 500 Lt. Alojamiento gratis en casa de huéspedes de la Universidad. 150.000
Malta. La Valetta.     125 liras maltesas/mes en concepto de alquiler. 195.000
Malta. La Valetta.     125 liras maltesas/mes en concepto de alquiler. 195.000
Nueva Zelanda. Auckland. Experiencia en clases de lengua y cultura españolas. Conocimientos de informática. 12.000 NZ$.   175.000
Polonia. Cracovia. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de polaco. 1.200 zl (exento impuestos). Alojamiento facilitado por la Universidad, el lector paga 150 zl/mes. Ayuda transporte. Asistencia médica gratuita. 100.000
Polonia. Lublin. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de historia/cultura y literatura española. Conocimiento de polaco. 1.535 zl/mes bruto (exento impuestos los dos primeros años). Gratuito y ayuda en transporte. Asistencia médica gratuita. 100.000
Portugal. Evora. Experiencia en enseñanza del español como lengua extranjera y en traducción portugués-español-portugués. Conocimientos de lengua, literatura y cultura portuguesas. 260.000 escudos.   66.000
Portugal. Algarve (Faro). Mixto castellano-catalán. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de portugués y preferentemente dominio de catalán. 1.829,09 euros/mes. (Líquido.)   41.000
Portugal. Lisboa. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de portugués. 421.000 escudos (por catorce meses). 650 escudos/día por once meses para manutención. 66.000
Portugal. Lisboa U. Nova. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de portugués. 1.440.000 escudos/año.   66.000
Portugal. Miño (Braga). Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento de portugués. 280.000 escudos (bruto).   66.000
Rumania. Constanza. Licenciado en Lengua y Literatura Españolas. Entre 60-80 dólares. Alojamiento Universidad máximo de 100$. Manutención precios reducidos en residencia universitaria. 175.000
Rumania. Craiova. Experiencia en la enseñanza de lengua y literatura españolas. 1.100.000 LEI. Alojamiento en piso. Manutención sí y seguro médico. 175.000
Rumania. Iassi. Experiencia en la enseñanza de lengua, literatura y didáctica españolas. 1.043.232 LEI. Asegurado. 175.000
Rumania. Timisoara.   Aproximadamente 1.200.000 LEI. Pagado por el/la lector/a, hay residencia y cantina universitarias. 175.000
Suecia. Gotemburgo. Filología Hispánica. Experiencia en la enseñanza español como lengua extranjera. Conocimientos de inglés.   Alojamiento gratuito. Almuerzo los días laborables. 150.000
Turquía. Estambul.   402.000.000 de liras turcas/bruto.   117.000
ANEXO II
Programa: Ayudas para lectorados de español en universidades extranjeras

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/24/01782_9579481_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/24/01782_9579481_image2.png

ANEXO III

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/24/01782_9579481_image3.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid