En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del
Reglamento para la Implantación de la Relación de Puestos de Trabajo
del Personal de Administración y Servicios funcionario, publicada
por Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha, de
fecha 21 de marzo de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 8
de mayo) y en el Plan de Consolidación y Mejora de Plantillas
de la Universidad de Castilla-La Mancha, anexo III de la Resolución
de 1 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 30),
y aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta
Universidad, de fecha 20 de julio de 2000, la oferta de empleo para
el año 2000.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 3.e) de la
Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de la
Universidad, aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de
septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre),
acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Técnica de la Universidad de Castilla-La Mancha por el turno de
promoción interna, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo de promoción interna para
cubrir las siguientes plazas de las Escalas de funcionarios de la
Universidad de Castilla-La Mancha:
Tres plazas de la Escala Técnica.
1.2 El proceso selectivo constará de dos partes, con las
valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas
son los que figuran en el anexo III de esta convocatoria.
1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará
antes de tres meses a partir de la publicación de la lista de
admitidos y excluidos.
1.5 Finalizados los ejercicios de la fase de oposición, el
Tribunal publicará las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso
por los aspirantes aprobados.
1.6 El personal que supere el proceso selectivo permanecerá
en el mismo puesto que viniera desempeñando según lo previsto
en la Oferta de Empleo de la Universidad de Castilla-La Mancha
para el año 2000, resultando obligatoria la participación en el
concurso de provisión de puestos de trabajo para el personal que
supere el proceso selectivo y desempeñe un puesto de trabajo
adscrito únicamente al grupo inferior de titulación.
1.7 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública ; Decreto 205/1999, de 28 de septiembre
("Diario Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre), por el que
se aprueban los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha ;
la Resolución de 1 de septiembre de 1998, de la Universidad
de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda la publicación de
la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal
de Administración y Servicios de esta Universidad ("Boletín Oficial
del Estado" del 30), la Oferta Pública de Empleo para el año 2000,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril) de aplicación supletoria, y lo dispuesto
en las presentes bases.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de cualquier otro
Estado miembro de la Unión Europea.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión del Título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas de
Administración, pertenecientes al grupo B como funcionario de carrera
adscrito a la Universidad de Castilla-La Mancha. Asimismo podrán
participar los funcionarios de carrera cuyo acceso se hubiera
producido por el proceso especial de consolidación de empleo con
la observación que se indica en la base 1.1.1 del anexo I.
2.1.7 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
efectivos prestados en dichos Cuerpos o Escalas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas
que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorado
de Albacete, Cuenca y Toledo.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte
días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al
Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de la
misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los ejercicios del proceso selectivo se realizarán
únicamente en Ciudad Real ; en consecuencia, los aspirantes deberán
dejar en blanco el recuadro correspondiente a "provincia de
examen".
3.5 De conformidad con la Ley 66/1997, en su artículo 18,
la tasa por derechos de examen será de 2.000 pesetas, y se
ingresarán en la cuenta cliente código 2105 2044 11 0142006853
de Caja Castilla-La Mancha, Oficina calle General Aguilera, 10,
en Ciudad Real.
El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia
bancaria.
A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del
pago de los derechos. La falta de este justificante determinará
la exclusión del aspirante.
En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la
transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.6 Estarán exentas del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100.
3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector
de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista
de admitidos y excluidos, se recogerán los lugares y fechas de
comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes
excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En esta lista
deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número
de documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos
pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente
excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su
publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha, o podrán optar por interponer recurso de reposición en
el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, en
cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa
o presunta del recurso de reposición.
5. Tribunal
5.1 Los Tribunales calificadores de las pruebas serán los que
figuran como anexo II de esta convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a las pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención
citadas.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas,
el Rector publicará en el "Boletín Oficial del Estado" resolución
por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que
hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares
o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Dentro de cada parte del proceso selectivo, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de
estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no
previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores
a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de
la Universidad.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3,
las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales o de la Comunidad Autónoma.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban
ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, Unidad de Recursos Humanos, Altagracia, 50,
13071 Ciudad Real, teléfono 926 29 53 00.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera, de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar o declarar
que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes
superior que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula
de pleno derecho.
5.13 Tanto el Tribunal titular como el suplente se componen
de cinco miembros, de los que cuatro son nombrados por la
Administración, uno de los cuales será el Presidente y otro el Secretario ;
el otro miembro será designado por la Junta de Personal.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra B, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" del 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado.
6 2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de las
pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la
solicitud de admisión, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de
alzada ante el Rector.
7. Lista de aprobados y nombramiento de funcionarios
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime
oportunos, la relación de aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación y con indicación de sus números
de documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad, especificando
igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.2 El personal que supere la prueba selectiva se incorporará
a un período de prácticas de seis meses. Del período de prácticas
estarán exentos aquellos funcionarios que ocupen un puesto de
trabajo adscrito a dicho grupo de titulación.
7.3 Por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha
se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera,
mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
con indicación de su destino actual.
7.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá
efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Consulta de la página web
La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven
que requieran publicación, podrán ser consultados en la Web de
la Universidad de Castilla-La Mancha, http://www.uclm.es
9. Plazo de resolución
El plazo máximo de finalización de la presente convocatoria
será de seis meses a partir de la fecha de publicación de la lista
definitiva de admitidos y excluidos.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Ciudad Real, 4 de septiembre de 2000.-El Rector, Luis Alberto
Arroyo Zapatero.
ANEXO I
1. Proceso de selección
1.1 El proceso selectivo constará de dos partes: Oposición
y concurso.
1.1.1 Fase de oposición:
Primer ejercicio: Teórico: Desarrollar por escrito dos temas
a su elección de los cuatro que propondrá el Tribunal, relacionados
con el programa.
El ejercicio tendrá carácter eliminatorio, y su calificación será
de cero a diez puntos, debiendo obtener un mínimo de cinco puntos
para superarlo. La duración será de ciento cincuenta minutos.
Segundo ejercicio: Práctico: Consistirá en resolver un supuesto
práctico de entre tres propuestos por el Tribunal, mediante el
uso de la herramienta adecuada a las características de la plaza.
La calificación será de cero a diez puntos. El ejercicio será leído
ante el Tribunal en sesión pública, y el opositor deberá responder
oralmente a las cuestiones que le plantee el Tribunal. Esta parte
podrá modificar la nota anterior en más o menos 2,5 puntos.
El ejercicio será eliminatorio, y la puntuación mínima necesaria
para superarlo será de cinco puntos. La duración será de ciento
veinte minutos.
Tercer ejercicio: Idiomas: Traducción directa, sin diccionario,
de inglés o francés o prueba de conversación a elección del
candidato. Calificación entre cero y cinco puntos, siendo necesario
un mínimo de 2,5 puntos para superarlo. La duración será de
cuarenta minutos si es escrito.
Convocatoria de promoción interna: Los aspirantes quedarán
exentos de realizar el tercer ejercicio.
Los funcionarios de carrera cuyo acceso se hubiera producido
por el proceso especial de consolidación de empleo, si concurren
a la promoción interna deberán realizar todos los ejercicios que
configuran el proceso selectivo en el que participen, excepto
cuando hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión
como funcionario de carrera, momento en el que quedarán exentos
del primer ejercicio del proceso selectivo para acceder al grupo
inmediato superior.
En caso de que la herramienta adecuada de trabajo sea el
ordenador, la realización de los ejercicios se efectuará mediante las
versiones "Word 97", "Excel 97" y "Access 97", bajo sistema
operativo "Windows".
1.1.2 Fase de concurso:
A efectos de puntuación en esta fase, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo de diez
días a partir del siguiente al de la publicación de la relación de
aprobados para presentar certificación expedida por la Unidad
de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
acreditativa de los extremos contenidos en este apartado.
La valoración del concurso será hasta un 40 por 100 de la
puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:
Hasta el 90 por 100 de la puntuación del concurso se valorará
la experiencia profesional, a razón de un punto por cada año de
servicios efectivamente prestados en la UCLM, o reconocidos en
virtud de Convenio.
En los períodos inferiores a seis meses, se valorarán a 0,16
puntos por cada mes completo.
En otras Administraciones Públicas los servicios prestados se
valorará al 50 por 100 de la puntuación establecida en el párrafo
anterior.
Hasta el 10 por 100 de la puntuación del concurso se valorarán
los cursos de formación relacionados con la plaza, superados con
aprovechamiento, a 0,25 puntos por curso de treinta horas o más
realizado en los últimos cinco años.
La puntuación máxima en la fase de concurso que podrá
aplicarse en el proceso selectivo se limitará hasta el 40 por 100 de
la puntuación obtenida en la fase de oposición por el candidato.
Solamente podrán valorarse los cursos homologados por la
UCLM y por Administraciones Públicas relacionados con la plaza.
La lista provisional que contenga la valoración de los méritos
de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se
hará pública en el Rectorado de la Universidad y en los
Vicerrectorados de Campus de Albacete, Cuenca y Toledo. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días a partir de la publicación
para efectuar las alegaciones que estimen oportunas respecto a
la puntuación otorgada en esta fase.
1.2 La calificación final del proceso vendrá dada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la primera y segunda fase de
las pruebas.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición. Si persistiese el empate a puntos, éste se dirimirá por la
puntuación obtenida en la fase de concurso por el orden que el
mismo establece, en caso de persistir se atenderá a la mayor
puntuación obtenida por el aspirante siguiendo el orden de los
ejercicios de la fase de oposición.
ANEXO II
Tribunales
Tribunal titular para las pruebas del grupo A (Escala Técnica):
Presidente: Don José Luis González Quejigo, Gerente de la
Universidad de Castilla-La Mancha
Vocales: Don José Ramón Jara Vera, Gerente del Campus de
Albacete ; don Joaquín Gómez-Pantoja Cumplido, Director de la
Asesoría Jurídica de Ciudad Real, y don José Joaquín
Rodríguez-Patiño Codes, Vicegerente de la Universidad de Castilla-La
Mancha, que actuará a su vez como Secretario.
En representación de la Junta de Personal de Administración
y Servicios: Don Manuel Ortega Cantero.
Tribunal suplente para las pruebas del grupo A (Escala Técnica):
Presidente: Don José Luis Moraga Alcázar, Gerente del Área
de Tecnología y Comunicaciones.
Vocales: Don Salvador Conzález-Moncayo López, Letrado
Asesor de la Asesoría Jurídica de Albacete ; don Juan Francisco
Martínez Tirado, Inspector de Servicios de la Universidad de Castilla-La
Mancha, y don Diego Peris Sánchez, Director de la Oficina de
Gestión de Infraestructuras de Ciudad Real.
En representación de la Junta de Personal de Administración
y Servicios: Doña Ascensión Palomares Ruiz.
ANEXO III
Programas
1. ESCALA TÉCNICA
I. Derecho Administrativo y Ciencia de la Administración
Tema 1. Los conceptos de Administración Pública y Derecho
Administrativo. El sometimiento de la Administración al Derecho.
El principio de legalidad. Las potestades administrativas.
Tema 2. Las Fuentes del Derecho Administrativo. El
Reglamento: Titularidad de la potestad reglamentaria. Ámbito material
del Reglamento. El procedimiento de elaboración de los
Reglamentos. Eficacia del Reglamento. Control de los Reglamentos
ilegales y efectos de su anulación.
Tema 3. El administrado: Concepto y clases. La capacidad
de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones
jurídicas del administrado ; Derechos subjetivos e intereses
legítimos.
Tema 4. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases.
Requisitos. La motivación y forma.
Tema 5. La eficacia de los actos administrativos: El principio
de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: Contenido,
plazo y práctica. La notificación defectuosa La publicación. La
aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad
de la eficacia.
Tema 6. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de
nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de
conservación del acto Administrativo. La revisión de actos y disposiciones
por la propia administración: Supuestos. La acción de nulidad,
procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación
de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.
Tema 7. Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos y normas reguladoras de los distintos
procedimientos. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los
administrados. La iniciación del procedimiento: Clases,
subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos
y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y
plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación.
Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes.
Tema 8. Terminación del procedimiento. La obligación de
resolver. Contenido de la resolución expresa: Principios de
congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación
convencional. La falta de resolución expresa: El régimen del
silencio administrativo, el desistimiento y la renuncia. La caducidad.
Tema 9. Recursos administrativos: Principios generales.
Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de
tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.
Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones
civiles y laborales. Procedimientos sustitutivos de los recursos
administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.
Tema 10. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Naturaleza, extensión y límites.
Tema 11. Órganos de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y sus competencias. Las partes: Legitimación. El objeto
del recurso contencioso-administrativo.
Tema 12. La potestad sancionadora: Concepto y significado.
Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El
procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras
administrativas.
Tema 13. Régimen jurídico de los contratos de las
Administraciones Públicas: Contratos administrativos típicos, especiales
y privados. Requisitos de los contratos. La Administración
contratante: Entes incluídos y excluidos del ámbito de la Ley de
Contratos. El órgano de contratación. El contratista: Capacidad,
solvencia, prohibiciones, clasificación.
Tema 14. La selección del contratista, actuaciones previas
a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de
adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
La invalidez de los contratos.
Tema 15. Ejecución y modificación de los contratos
administrativos. Prerrogativas de la Administración. La revisión de
precios. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de
los contratos y la subcontratación.
Tema 16. El contrato de obras. Actuaciones administrativas
preparatorias. Formas de adjudicación. Formalización. Efectos.
Extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución
de obras por la propia Administración.
Tema 17. El contrato de gestión de servicios públicos. El
contrato de suministros. Otros contratos administrativos típicos.
Tema 18. La responsabilidad patrimonial de la
Administración Pública: Caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad.
Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo
en materia de responsabilidad. La responsabilidad de las
autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 19. La actividad administrativa de prestación de
servicios. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis. La forma
de gestión de los servicios públicos. La gestión directa.
Tema 20. La concesión de servicios públicos. Concepto y
naturaleza. Elementos. Potestades de la Administración. Derechos
y obligaciones del concesionario. Relaciones del concesionario
con los usuarios. Extinción de la concesión. Otras formas de
gestión indirecta de los servicios públicos.
Tema 21. Las propiedades públicas: Tipología. El dominio
público: Concepto, naturaleza y elementos. Afectación y
desafectación. Régimen jurídico del dominio público.
Tema 22. El patrimonio privado de las Administraciones
Públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y
régimen de adquisición, uso y enajenación. El inventario.
Tema 23. El contexto actual de la función directiva en las
Administraciones Públicas. Elementos de la planificación
estratégica. Determinación de objetivos. Diagnóstico estratégico.
Selección de estrategias. El plan de acción. Planificación estratégica
y función directiva. La gestión de proyectos.
Tema 24. La organización: Conceptos básicos. Tipos de
organización: Formal e informal.
Tema 25. Liderazgo y estilos de dirección. El trabajo en
equipo. Motivación y desarrollo de recursos humanos. Delegación:
Etapas y principios.
Tema 26. El fenómeno de la integración en los grupos.
Conflictos y consenso.
Tema 27. La comunicación en las grandes organizaciones.
Producción y circulación de la información. La información en
el proceso de toma de decisiones.
Tema 28. La gestión de la calidad en la Administración
Pública. Calidad: Nociones básicas. El concepto de servicio. La gestión
de la calidad total y la Administración Pública. El modelo europeo
para la implantación de la calidad. ISO 9002. Plan Nacional de
Evaluación de la Calidad en las Universidades. Herramientas de
gestión de calidad.
II. Derecho Financiero
Tema 29. El Derecho Financiero: Concepto y contenido. El
Derecho Financiero como ordenamiento de la Hacienda Pública.
El Derecho Financiero en el ordenamiento jurídico y en la ciencia
del derecho. Relación del Derecho Financiero con otras disciplinas.
Tema 30. Las fuentes del Derecho Financiero. Los principios
de jerarquía y competencia. La Constitución. Los Tratados
Internacionales. La Ley. El Decreto-Ley. El Decreto Legislativo. El
Reglamento. Otras fuentes del Derecho Financiero.
Tema 31. Los principios constitucionales del Derecho
Financiero. Principios relativos a los ingresos públicos. Legalidad y
reserva de ley, generalidad, capacidad económica, igualdad,
progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto
público: Legalidad y equidad, eficacia, eficiencia y economía en
la programación y ejecución del gasto público.
Tema 32. Aplicación del Derecho Financiero. Eficacia de las
normas financieras en el tiempo. Eficacia de las normas financieras
en el espacio. La interpretación de las normas financieras.
Tema 33. El poder financiero: Concepto y límites. La
distribución territorial del poder financiero. La ordenación
constitucional del poder financiero en España. El poder financiero del
Estado. El poder financiero de las Comunidades Autónomas:
Régimen general y regímenes especiales.
Tema 34. El Derecho Presupuestario. Concepto y contenido.
La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.
Tema 35. El Presupuesto general: Concepto y contenido.
Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La
elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga
presupuestaria.
Tema 36. La estructura presupuestaria. Los créditos del
presupuesto de gastos: Delimitación, situación y niveles de
vinculación jurídica.
Tema 37. Las modificaciones de crédito: Clases, concepto,
financiación y tramitación .
Tema 38. La ejecución del presupuesto de gastos y de
ingresos: Sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de Caja Fija.
Los gastos de carácter piurianual. La tramitación anticipada de
gastos.
Tema 39. Los proyectos de gastos. Los gastos con
financiación afectada: Especial referencia a las desviaciones de
financiación.
Tema 40. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los
remanentes de crédito. El resultado presupuestario: Concepto,
cálculo y ajustes. El remanente de Tesorería: Concepto y cálculo.
Análisis del remanente de Tesorería para gastos con financiación
afectada y del remanente de Tesorería para gastos generales.
Tema 41. El Derecho de la contabilidad pública. El Plan
General de Contabilidad Pública. Principios contables, cuentas anuales
y normas de valoración.
Tema 42. El control interno de la actividad
económico-financiera del sector público (I). El control previo de legalidad. Concepto,
regulación y principios generales. Control previo de ingresos.
Control previo de legalidad de gastos y pagos. Diferentes momentos
de ejercicio.
Tema 43. El control interno de la actividad
económico-financiera del sector público (II). El control financiero. Concepto.
Regulación y principios generales. Clases de control financiero. El
control financiero de subvenciones y ayudas públicas.
Tema 44. El control interno de la actividad
económico-financiera del sector público (III). La auditoría como forma de ejercicio
del control financiero. Clases de auditoría. Normas de auditoría
del sector público.
Tema 45. El control interno en las Universidades:
Personalidad jurídica, marco normativo, situación actual. El entorno de
la auditoría interna en Universidades desde una perspectiva
internacional.
Tema 46. Organización de la auditoría interna: Planificación
anual, relaciones con el entorno. Metodología: Técnicas y
procedimientos, informes y recomendaciones.
Tema 47. Auditoría de economía, eficacia y eficiencia en el
sector público. Principios, normas, límites y condiciones para su
realización.
Tema 48. El control externo de la actividad
económico-financiera del sector público. La fiscalización de las Entidades Públicas
por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de
las Comunidades Autónomas.
Tema 49. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Hecho imponible. Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible.
Deuda tributaria. Tributación de los no residentes. Gestión del
Impuesto.
Tema 50. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Naturaleza
y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Devengo. Exenciones.
Sujetos pasivos y responsables: Sus obligaciones. Base imponible.
Tipos de gravamen. Deducciones y devoluciones. Regímenes
especiales. Gestión del Impuesto.
Tema 51. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones
y Obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base
imponible. Cuota y devengo.
Tema 52. El Régimen jurídico de las tasas y precios públicos.
Las tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo.
Base imponible. Tipo de gravamen y deuda tributaria. Los precios
públicos. Concepto. Obligados al pago. Cuantía. Devengo.
Tema 53. La cooperación económica del Estado y de las
Comunidades Autónomas a las inversiones de las Universidades
Públicas. Los Fondos de la Unión Europea para las Universidades
Públicas.
III. Política de la Educación, Organización y Gestión
Universitaria, Función Pública y Derecho Laboral
Tema 54. Magnitud del fenómeno educativo. Características
del fenómeno educativo. Concepto de educación. Los principios
de la educación contemporánea. Génesis y trayectoria histórica.
Experiencias y principales realizaciones.
Tema 55. Educación y sociedad. La dimensión social de la
educación. Estrategias de la innovación y cambio.
Tema 56. El sistema educativo. Conceptualización. Variables
del sistema educativo. Sistema educativo y sistema social.
Tema 57. Planificación de la educación y sistemas
productivos. Incidencias de las necesidades y aspiraciones de la
comunidad.
Tema 58. Educación y promoción. La educación permanente,
recurrente y compensatoria. Análisis del modelo y evaluación.
Tema 59. Política universitaria en España durante el siglo XX.
Análisis de las circunstancias sociopolíticas. Incidencias en la
población.
Tema 60. Las estructuras del sistema educativo en la Ley
de Reforma Universitaria.
Tema 61. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. Los
Estatutos de las Universidades.
Tema 62. Especial referencia a los Estatutos de la Universidad
de Castilla-La Mancha. Organización académica de la Universidad
de Castilla-La Mancha. Departamentos, Institutos, Facultades,
Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias y Centros
adscritos.
Tema 63. Órganos de gobierno de las Universidades. El
Rector, los Vicerrectores, el Secretario general. Los Decanos y
Directores. El Gerente, órganos colegiados de gobierno. El Consejo
Social.
Tema 64. Gestión de alumnado (I). Normativa y legislación
afecta a la matriculación en primer y segundo ciclos. Normativa
y legislación relativa a la Universidad y acceso al Centro.
Tema 65. Gestión del alumnado (II). Normativa y legislación
afecta a la matriculación en tercer ciclo y cursos especiales o
posgrado. La tesis doctorales.
Tema 66. Gestión del alumnado (III). Régimen de traslados.
Certificaciones. Custodia de expedientes. Régimen disciplinario
de los alumnos.
Tema 67. Gestión del alumnado (IV). Intercambio
internacional. Instituciones y Organismos comunitarios y exteriores a CEE.
Mecanismos y procedimiento. Obligaciones de las partes.
Tema 68. Gestión del alumnado (V). Normativa y legislación
afecta a las becas. Clases, tipos y condiciones de los Organismos
que subvencionan estudios universitarios reglados. Becas de
primer y segundo ciclo. Becas de tercer ciclo. Planificación y
programación nacional de las becas.
Tema 69. Gestión de alumnado (VI). Normativa y legislación
afecta a los títulos: Primero, segundo y tercer ciclo. Títulos
posdoctorales.
Tema 70. Normativa reguladora de los estudios de Tercer
ciclo en la UCLM. Reglamento de Enseñanzas Propias.
Tema 71. La investigación en la Universidad de Castilla-La
Mancha. Normativa y procedimientos.
Tema 72. Clases y régimen jurídico del profesorado
universitario.
Tema 73. La retribución del profesorado universitario y del
personal de Administración y Servicios.
Tema 74. El personal al servicio de las Administraciones
Públicas. Clasificación y características. Elementos fundamentales
del modelo español de función pública.
Tema 75. Órganos superiores y directivos de la función
pública. Órganos colegiados.
Tema 76. El régimen jurídico de la función pública estatal (I):
Derechos y deberes de los empleados públicos. Situaciones
administrativas. Carrera administrativa.
Tema 77. El régimen jurídico de la función pública estatal (II):
Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad
contable. Los delitos cometidos por los funcionarios públicos.
Tema 78. La Seguridad Social de los funcionarios. Clases
pasivas. Mutualismo administrativo. Derechos pasivos y Seguridad
Social de los funcionarios interinos y de empleo
Tema 79. La legislación laboral. El contrato de trabajo:
Elementos. Modificación, suspensión y extinción de la relación
laboral. Derechos y deberes de los trabajadores y empresarios. El
salario.
Tema 80. Modalidades de la contratación laboral. Medidas
para el fomento de empleo.
Tema 81. Sindicación y representación. Los Convenios
Colectivos. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio.
Tema 82. La Seguridad Social. Régimen general y regímenes
especiales. Acción protectora del régimen general.
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