Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-18820

Orden de 27 de septiembre de 2000 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Idehar, Iniciativas para el Desarrollo del Hombre desde el Arte".

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2000, páginas 35847 a 35848 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-18820

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Victorio Oliver Domingo, solicitando la inscripción de la «Fundación Idehar, Iniciativas para el Desarrollo del Hombre desde el Arte» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la fundación.

La fundación anteriormente citada fue constituida en la ciudad de Elche (Alicante) el 20 de junio de 2000, según consta en escritura pública, número 2.889, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Valencia don Francisco Javier Gardeazábal del Río, por el Obispado de Orihuela-Alicante, representado por don Victorio Oliver Domingo, en su condición de Obispo de la Diócesis de Orihuela-Alicante; don Francisco Simón Conesa Ferrer, en su calidad de Vicario general de la Diócesis de Orihuela-Alicante, y don Rafael Ramón Pacheco García-Plata, en su condición de Director del Centro de Comunicación Diocesana de la Diócesis de Orihuela-Alicante.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación de la fundación.

El domicilio de la fundación quedó establecido en la ciudad de Alicante, en la plaza de la Montañeta, número 7, bajo; su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la fundación la cantidad de 1.500.000 pesetas, equivalente a 9.015,18 euros. La dotación ha sido totalmente desembolsada e ingresa en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la fundación.

En los Estatutos que han de regir la fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la fundación los siguientes: «El fomento y promoción en todo el territorio nacional de todo tipo de actividades culturales: Literarias, musicales, audiovisuales y artísticas en general, relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo de los valores humanos, la solidaridad, la educación para la paz, la convivencia en sociedad e integración entre los pueblos y las culturas del mundo, el conocimiento de uno mismo, el respeto al medio ambiente y el fomento del voluntariado como compromiso social y humano».

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente, el Obispado de Orihuela-Alicante, en su nombre y representación el señor Obispo don Vitorio Oliver Domingo, y Vicepresidentes, el Vicario general de la Diócesis Orihuela-Alicante, cargo que desempeña en la actualidad don Francisco Simón Conesa Ferrer, y el Director del Centro de Comunicación de la Diócesis de Orihuela-Alicante, cargo que desempeña en la actualidad don Rafael Ramón Pacheco García-Plata, según consta en escritura pública, número 2.889, otorgada en la ciudad de Elche (Alicante) el 20 de junio de 2000, ante el Notario del Ilustre Colegio de Valencia don Francisco Javier Gardeazábal del Río. En dicha escritura consta la aceptación de los cargos indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento de Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden del Ministro de Educación y Cultura, de 18 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 21), en relación con la Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 3 de julio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 5), en virtud de las cuales se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Por todo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la fundación denominada «Fundación Idehar, Iniciativas para el Desarrollo del Hombre desde el Arte», de ámbito estatal, con domicilio en Alicante, plaza de la Montañeta, número 7, bajo, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados, a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 27 de septiembre de 2000.‒P. D. (Orden de 18 de mayo de 1999, «Boletín Oficial del Estado» del 21; Orden de 3 de julio de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 5), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid