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Documento BOE-A-2000-18886

Resolución de 28 de septiembre de 2000, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se hace pública la concesión de ayudas a proyectos de cortometrajes en la segunda fase de la convocatoria del año 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 20 de octubre de 2000, páginas 36160 a 36160 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-18886

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 23 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 2000), se convocaron las ayudas a proyectos de cortometrajes, al amparo de lo dispuesto en el capítulo II del Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio.

De conformidad con lo establecido en el punto segundo, apartado 5 de la citada Resolución, la Comisión Delegada para Cortometrajes del Comité de Expertos en su reunión del día 7 de septiembre, informó las solicitudes presentadas hasta el 23 de junio, que no hubieran sido excluidas por no reunir los requisitos.

Teniendo en cuenta el informe de la citada Comisión y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio, y Orden de 4 de mayo de 1998, dictada en su desarrollo, por Resolución de esta Dirección General de 25 de septiembre de 2000, se resolvió la concesión de ayudas a proyectos de cortometrajes en la segunda fase de la convocatoria del año en curso.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido por la Ley General Presupuestaria, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Hacer público el extracto de la Resolución de 25 de septiembre de 2000 por la que se conceden, con cargo a la aplicación 18-108-471 «Fondo de protección» a la Cinematografía del Programa 456C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del organismo para 2000, las siguientes ayudas, a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican:

Título Productora CIF/NIF

Importe ayuda

Pesetas

Al sol de agosto. Séptima Ars Centro de Form. Audiov., S.L. B80539315 2.000.000
Alas de ángel. RicardoAristeodelCastillo Gil. 73077704B 2.500.000
Casiopea. Gabriel Lugigo López. 51392814G 2.000.000
Cita en el camposanto. Vici Produccions, S.L. B15252067 2.500.000
Conde inglés, El. Producciones la Fiera Corrupia, S.L. B81980492 2.000.000
Desaliñada.

Sueños Despiertos

P.C., S.L.

B82610163 3.000.000
Esa habitación del demonio.

Investigación y

Desarrollo Cultural, S.L.

B81511750 2.000.000
Espantapájaros, El. Camelot Pelis, S.L. B80883747 1.500.000
Expediente WC.

The Legal Company

Abogados, S.L.

B82202813 2.000.000
Farol. Morena Films. S.L. B82360579 2.000.000
Hombre que volaba un poquito, El. Sergio Manuel Cata Rioboo. 50842790W 2.000.000
Ladrón navideño, El. Francisco Javier Tostado Domingo. 25403357H 2.000.000
Mar de Cemento. Imval Madrid, S.L. B79405965 1.500.000
Mercería, La. Ana Riveiro Sestelo. 76992003D 1.500.000
Pollo al horno. Lucía García Silva. 5388320H 1.500.000
Prohibido el paso por la vía.

José Antonio Moreno

Micol.

34817591F 1.500.000
Ribot. Grupo Cine Arte, S.L. B59180653 1.500.000
Río tiene manos, El. Portozas Visión, S.L. B15714017 2.500.000
Sin libertad. Leize Producciones, S.L. B48853063 2.000.000

El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas o excluidas.

Segundo.

La Resolución de 25 de septiembre de 2000, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey, sin número, de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» del 14).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 28 de septiembre de 2000.–El Director general, José María Otero Timón.

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