En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Reforma
Universitaria y en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), por el que se regulan
los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes
Universitarios, en su nueva redacción dada por el Real Decreto
1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11
de julio), a tenor de lo establecido en el texto refundido de los
Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por
Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario Oficial de
Castilla-La Mancha" de 1 de octubre),
Este Rectorado, conforme al acuerdo de la Junta de Gobierno
de esta Universidad de fecha 20 de julio de 1999, 30 de mayo
de 2000 y 25 de julio de 2000, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para la provisión de las plazas que figuran como anexo
a la presente Resolución, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 A los presentes concursos les será aplicable la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 1
de septiembre) ; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre) ; la Orden de 28
de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero
de 1985), por la que se desarrolla con carácter transitorio dicho
Real Decreto y, en lo no previsto, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, y la legislación general de funcionarios civiles
del Estado.
1.2 Los concursos tendrán procedimiento independiente para
cada plaza o plazas convocadas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
Todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 17/1993, de
23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), y en el Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
de 7 de junio), sobre el acceso a determinados sectores de la
función pública de los nacionales de los demás Estados miembros
de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de las funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a
Profesor de Universidad.
2.2 Deberán reunir, además, las condiciones académicas
específicas que a continuación se señalan:
a) Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4.º, apartado 1, letra c), del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por Real Decreto
1427/1986, de 13 de junio, de 26 de septiembre.
b) Para concursar a las plazas de Profesor titular de
Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las
condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley
11/1983, de 25 de agosto.
c) Para concursar a las plazas de Catedrático de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
d) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero, o cumplir las condiciones señaladas en el artículo
35, apartado 1, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria.
e) Para participar en los concursos de méritos a los que alude
el apartado 3 del artículo 39 de la Ley de Reforma Universitaria,
ser Profesor del Cuerpo a que corresponde la plaza vacante,
pudiendo concurrir, indistintamente, Profesores de ambos cuerpos
cuando la plaza convocada a concurso de méritos sea de Profesor
titular de Universidad o Catedrático de Escuela Universitaria.
2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán
cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en estas pruebas selectivas
se ajustará según modelo anexo II que aparece en la Resolución
Rectoral de 15 de febrero de 1990 ("Boletín Oficial del Estado"
de 19 de marzo) y en la página web (http://www.uclm.es/vic-prof).
3.2 Las solicitudes, dirigidas al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha se
presentarán en el Registro General de esta Universidad (Real Casa de
la Misericordia, calle Altagracia, 50, 13071 Ciudad Real) o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la
redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado".
3.3 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar la
cantidad de 4.000 pesetas en concepto de derechos de examen,
de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley
66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social. El ingreso deberá efectuarse en la cuenta
cliente código, 2105 2044 12 0142007000 de la Caja Castilla-La
Mancha, oficina principal de Ciudad Real (calle General Aguilera,
10, 13001 Ciudad Real), haciéndose constar los siguientes datos:
Nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa
(cuerpo, área y número). El ingreso podrá efectuarse en metálico o
transferencia bancaria.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100.
3.4 Junto con la solicitud se acompañará la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte. Los aspirantes que no posean nacionalidad española y
tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia compulsada
del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho
de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración jurada o promesa de éste de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada del título que para cada plaza se
requiere o en su caso, de las certificaciones de pago de los derechos
de un título, según modelo establecido en Resolución de 26 de
junio de 1989 ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de julio), de
la Secretaría de Estado de Universidades relativa a la expedición
de títulos. En caso de haberse obtenido en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación,
según Directiva 89/48/CEE de 21 de diciembre de 1988 ("Diario
Oficial de la Comunidad Europea" de 24 de enero de 1989).
c) Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten
el cumplimiento de los requisitos académicos que se señalan en
los puntos 2.2 de la base segunda.
d) Ejemplar del recibo de ingreso debidamente diligenciado
por la entidad bancaria, como justificante del abono de los
derechos de examen. Aquellos aspirantes que hubieran realizado el
abono de estos derechos mediante transferencia adjuntarán,
inexcusablemente, el resguardo acreditativo de haber realizado dicha
transferencia. La falta de este justificante determinará la exclusión
del aspirante.
Las personas exentas del pago de la tasa por discapacidad
igual o superior al 33 por 100 deberán adjuntar fotocopia
compulsada de la calificación de la minusvalía.
En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la
transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en
el punto 3.2. Procederá la devolución de las tasas cuando no
se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo.
3.5 El sello o acreditación de compulsa expresará la fecha
en que se practicó, así como la identificación del órgano y de
la persona que expiden la copia compulsada, de acuerdo con el
párrafo 2.o del artículo 8.2 del Real Decreto 772/1999, de 7
de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 22), por el que se regula,
en el ámbito de la Administración General del Estado, entre otras,
la expedición de copias de documentos.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de los
interesados.
3.7 El domicilio que figura en las instancias se considerará
el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación
del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho domicilio.
3.8 La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida
siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado
para solicitar la participación del mismo.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará resolución
por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos
con indicación de las causas de exclusión.
Esta resolución será remitida a todos los aspirantes por
cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Contra esta Resolución los interesados
podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de
la relación de admitidos y excluidos. Resueltas dichas
reclamaciones o transcurrido el plazo para efectuar las mismas sin que
se haya producido alguna, en su caso, la relación de admitidos
y excluidos adquirirá carácter definitivo.
4.2 Al término de dicho plazo si hubiera de producirse
variaciones en la relación provisional se notificará a los interesados
la lista definitiva de admitidos y excluidos, con indicación
igualmente de las causas de exclusión.
4.3 Únicamente procederá la devolución de las tasas cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo.
5. Desarrollo del concurso
5.1 El Presidente de la Comisión, previa consulta de los
restantes miembros de la misma, dentro del plazo reglamentariamente
establecido para la constitución de la Comisión, dictará resolución
que deberá ser notificada a todos los interesados con una
antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha del
acto para el que se le cita, convocando:
a) A todos los miembros titulares de la Comisión y, en su
caso, suplentes, para proceder al acto de constitución de la misma,
para fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la
valoración equilibrada de las pruebas.
En el caso de constitución, la Comisión adoptará además todas
las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo
de las pruebas.
b) A todos los aspirantes admitidos, para realizar el acto de
presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora
y lugar de celebración de dicho acto, que no podrá exceder de
dos días hábiles desde la constitución de la Comisión.
5.2 Del acto de presentación:
a) En el acto de presentación, que será público, los
concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación
señalada en el artículo 9.1 (para las plazas convocadas para
"concurso de acceso") o en el artículo 10.1 (para las plazas convocadas
por "concurso de méritos") del Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de
13 de junio, según modelo anexo III, que aparece en la Resolución
Rectoral de fecha 15 de febrero de 1990 ("Boletín Oficial del
Estado" de 19 de marzo), y disponible en la página web indicada en
el apartado 3.1 de esta convocatoria. Asimismo recibirán cuantas
instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban
comunicárseles.
La Comisión comunicará a los aspirantes por concurso de
méritos la decisión adoptada sobre la posibilidad prevista en el artículo
10.3 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
modificado por Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, de 26 de
septiembre.
b) En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,
el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar,
fecha y hora del comienzo de las pruebas, las cuales deberán
comenzar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente al acto de presentación.
6. Presentación de documentos y nombramientos
6.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas
deberán presentar en el Registro General de la Universidad, en
el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación
de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la redacción dada a la misma por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del documento nacional de identidad
o documento equivalente en los demás Estados miembros de la
Unión Europea.
b) Fotocopia compulsada del título académico requerido para
la plaza que ha sido propuesto.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones docentes
o asistenciales.
Los concursantes que no ostenten la nacionalidad española
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función
pública según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24).
d) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de
las funciones correspondientes a Profesor de Universidad,
expedida por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda,
competentes en materia de sanidad, de acuerdo con lo establecido
en el Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.
6.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio
u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de
funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios.
6.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán
efectuados por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
6.4 En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su
destino.
7. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones podrán ser
impugnados por los interesados ante el Rector de la Universidad
de Castilla-La Mancha, en los casos y en la forma prevista en
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la
redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
agotadas, en su caso, las reclamaciones previstas en las normas
específicas.
Ciudad Real, 10 de octubre de 2000.-El Rector, Luis Alberto
Arroyo Zapatero.
ANEXO QUE SE CITA
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedráticos de Universidad
C.U. 10/00. Área de conocimiento: "Historia del Derecho y de
las Instituciones". Departamento: Ciencia Jurídica. Actividad
docente y destino: Docencia en Historia del Derecho y de las
instituciones en la Facultad de Derecho de Albacete. Clase de
convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedráticos de Universidad
C.U 11/00. Área de conocimiento: "Derecho Internacional
Privado". Departamento: Ciencia Jurídica. Actividad docente y
destino: Docencia en Derecho Internacional Privado en la Facultad
de Derecho de Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Universidad T.U.
35/99. Área de conocimiento: "Derecho Penal". Departamento:
Ciencia Jurídica. Actividad docente y destino: Docencia en
Derecho Penal en la Facultad de Ciencias Sociales de Cuenca. Clase
de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Universidad T.U.
28/00. Área de conocimiento: "Derecho Penal". Departamento:
Ciencia Jurídica. Actividad docente y destino: Docencia en
Derecho Penal en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de
Toledo. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Universidad T.U.
31/00. Área de conocimiento: "Métodos de Investigación y
Diagnóstico en Educación". Departamento: Pedagogía. Actividad
docente y destino: Docencia en Métodos de Investigación en
Educación en la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades
de Cuenca. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Universidad T.U.
32/00. Área de conocimiento: "Física Aplicada". Departamento:
Física Aplicada. Actividad docente y destino: Docencia en Física
para la Ingeniería II en la ETS de Ingenieros de Caminos, Canales
y Puertos de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedrático de Escuela
Universitaria C.E.U. 10/00. Área de conocimiento: "Enfermería".
Departamento: Enfermería y Fisioterapia. Actividad docente y
destino: Docencia en Bioquímica y Estadística para Ciencias de la
Salud en Enfermería en la E.U. de Enfermería de Albacete. Clase
de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Escuela
Universitaria T.E.U. 11/00. Área de conocimiento: "Economía Aplicada".
Departamento: Economía y Empresa. Actividad docente y destino:
Docencia en Sistema Fiscal Español y Hacienda Autonómica y
Local en el C.E.U. de Talavera de la Reina (Toledo). Clase de
convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titular de Escuela
Universitaria T.E.U. 18/00. Área de conocimiento: "Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social". Departamento: Ciencia Jurídica.
Actividad docente y destino: Docencia en Derecho Sindical en la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real. Clase de
convocatoria: Concurso.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid