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Documento BOE-A-2000-19767

Resolución de 17 de octubre de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen los errores en la de 27 de julio de 2000, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias de Elaboración de Arroz.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2000, páginas 38116 a 38117 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-19767
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/10/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Convenio Estatal para las Industrias de Elaboración de Arroz, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 27 de julio de 2000, en el «Boletín Oficial del Estado», de 17 de agosto,

Esta Dirección General resuelve proceder a la siguiente rectificación:

En la página 29305, columna izquierda, artículo 37, jubilación, apartado 1, párrafo segundo, debe ser sustituido por:

«Jubilación a los sesenta años: 449.041 pesetas.

Jubilación a los sesenta y un años: 404.137 pesetas.

Jubilación a los sesenta y dos años: 359.234 pesetas.

Jubilación a los sesenta y tres años: 314.329 pesetas.

Jubilación a los sesenta y cuatro años: 269.433 pesetas.»

En la página 29306, columna izquierda, artículo 44, póliza de seguro, añadir al final el siguiente párrafo: «Las pólizas deberán estar en vigor en el plazo de los treinta días siguientes a la fecha de la firma del presente Convenio Colectivo (entrada en vigor: 8 de julio de 2000).»

Madrid, 17 de octubre de 2000.‒La Directora general, por ausencia (artículo 17 de la Ley 30/1992, y disposición adicional tercera del Real Decreto 1888/1996, en relación con el Real Decreto 140/1997), el Subdirector general de Relaciones Laborales, Francisco J. González de Lena.

En la página 29306, columna derecha, anexo I, ha de quedar sustituido por el siguiente:

«Tablas salariales provisionales año 2000 a cuenta: 2,75 por 100

Valor euro: 166,386 pesetas

Salario: Plus convenio, 669 pesetas por día trabajado (4,02 euros).

Salario: Plus transporte, 274 pesetas por día trabajado (1,65 euros).

Salario:

Dietas:

Completa: 919 pesetas (5,52 euros). Media: 459 pesetas (2,76 euros).

Salario: Plus cuarto turno, 6.175 pesetas/semanales (37,11 euros). Salario:

Jubilación voluntaria:

Sesenta años: 449.041 pesetas (2.698,79 euros).

Sesenta y un años: 404.137 pesetas (2.428,91 euros).

Sesenta y dos años: 359.234 pesetas (2.159,04 euros).

Sesenta y tres años: 314.329 pesetas (1.889,16 euros).

Sesenta y cuatro años: 269.433 pesetas (1.619,32 euros).»

Categorías

Salario

Pesetas

Salario

Euros

Personal técno:    
Jefe de Sección. 113.707 683,39
Oficial primera. 107.158 644,03
Oficial segunda. 103.790 623,79
Telefonista. 103.790 623,79
Auxiliar administrativo. 98.740 593,44
Botones. 68.022 408,82
Personal de Producción:    
Molero y Oficial primera. 3.573 21,47
Encargado. 3.460 20,80
Conductor y Maquinista. 3.369 20,25
Ayudante de Molero. 3.332 20,03
Oficial especialista. 3.291 19,78
Oficial esp. Carretillero. 3.332 20,03
Peón especialista. 3.266 19,63
Peón. 2.965 17,82
Personal Subalterno:    
Portero. 96.800 581,78
Vigilante. 96.800 581,78
Vigilante Jurado. 98.740 593,44
Ordenanza y Pers. Limp. 92.495 555,91
Personal de Oficios Varios:    
Oficial primera. 3.573 21,47
Oficial segundo. 3.332 20,03
Oficial tercera. 3.291 19,78

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/10/2000
  • Fecha de publicación: 01/11/2000
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 27 de julio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-15636).
Materias
  • Arroz
  • Convenios colectivos

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