Visto el expediente de indulto de doña Modesta Blanco Carriedo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo, en sentencia de fecha 22 de junio de 1998, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor y multa de 50.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1994 y 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de octubre de 2000,
Vengo en conmutar a doña Modesta Blanco Carriedo la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de octubre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid