En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria
decimoquinta de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública en la redacción dada por la
Ley 23/88, de 28 de julio, y posteriormente por la Ley 13/96,
de 30 de diciembre y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 37 de la ley de Presupuestos Generales para 1991,
por el que se establece un turno denominado "Plazas afectadas
por el artículo 15 de la Ley de Medidas".
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 3 de la Ley 7/1996, de 8 de julio, de Creación de la
Universidad Rey Juan Carlos, el artículo 1 del Decreto 90/1997,
de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan las
competencias de los órganos provisionales de la Universidad Rey
Juan Carlos hasta la aprobación de sus Estatutos, dentro del marco
de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Orgánica 11/1983,
de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, de conformidad con
la Resolución de 24 de noviembre de 1999 de la Universidad
"Rey Juan Carlos", por la que se publica el Acuerdo de la Comisión
Gestora de 10 de noviembre relativo a la funcionarización del
personal de Administración y Servicios del Centro de Estudios
Superiores Sociales y Jurídicos "Ramón Carande", integrado en
la Universidad "Rey Juan Carlos" a través del Decreto 131/1998,
de 2 de julio, y los criterios generales que han de regir en el
proceso de funcionarización, con la conformidad de la Consejería
de Educación, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el
ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad "Rey
Juan Carlos" por el turno de plazas afectadas por el artículo 15
de la Ley de Medidas, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 32 plazas
pertenecientes a la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad,
grupo D, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio, por la Ley 42/1991, de 30 de diciembre, que
corresponden a puestos desempeñados por personal laboral que han
sido clasificados como reservados a funcionarios.
1.2 Conforme a lo que se establece en el Acuerdo del Consejo
de Ministros, de 27 de marzo de 1991, y visto el Acuerdo de
la Comisión Gestora, de 10 de noviembre de 1999, por el que
se determinan los criterios generales que han de regir en el proceso
de funcionarización del Personal de Administración y Servicios
del Centro de Estudios Superiores Sociales y Jurídicos Ramón
Carande, integrado en la Universidad Rey Juan Carlos a través
del Decreto 131/1998, de 2 de julio, el personal laboral que supere
las pruebas selectivas de acceso, quedará destinado en el puesto
de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya
reconvertido.
1.3 Los aspirantes que superen las pruebas selectivas desde
la situación de personal laboral en excedencia o suspensión, en
ambos casos, con reserva de puesto de trabajo o plaza previstos
en la normativa vigente, concedida con posterioridad al 1 de
octubre de 1998, se mantendrán en la situación de excedencia o
suspensión como funcionarios públicos.
1.3.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser
acumuladas a otros turnos de acceso, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27
de marzo de 1991.
1.4 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, el artículo 37
de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, el Acuerdo del Consejo de Ministros de
27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril)
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.5 El procedimiento de selección será el de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican como anexo I.
1.6 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura como anexo II de esta convocatoria.
1.7 Las pruebas selectivas comenzarán a partir de diciembre
de 2000.
1.8 Los aspirantes que superen la oposición serán nombrados
funcionarios de carrera.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para poder participar en estas pruebas selectivas será
preceptivo tener la condición de personal laboral fijo de la
Universidad "Rey Juan Carlos" y ser titular el 1 de octubre de 1998
de un puesto de trabajo clasificado como reservado a funcionario
y adscrito a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad
"Rey Juan Carlos".
También podrá tomar parte en estas pruebas el personal laboral
fijo que se encontrase, desde la fecha citada, en los supuestos
de excedencia o suspensión, en ambos casos, con reserva de
puesto o plaza previstos en la normativa vigente.
2.2 Además de lo señalado en la base anterior, para ser
admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes
también deberán reunir los siguientes requisitos:
2.2.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea.
2.2.2 Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
2.2.3 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.2.4 Estar en posesión del título de Graduado Escolar,
Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en
condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden
del Ministerio de Educación y Cultura, de 4 de noviembre de 1996,
se considera equivalente el Certificado de Estudios Primarios con
anterioridad a la finalización de curso académico 1975-1976.
2.2.5 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.2.6 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.2 deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de
instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en la Oficina de Información y Registro de la Universidad
"Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán, sin número, Móstoles
(Madrid). Los interesados podrán utilizar otros modelos de solicitud
de participación en pruebas selectivas para el personal funcionario
de otras administraciones públicas, siempre que las solicitudes
de que dispongan éstos sean de características similares a la
publicada como anexo IV.
3.2 Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia una
fotocopia legible del documento nacional de identidad.
3.3 En las solicitudes se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación en la Escala objeto de esta convocatoria: "Escala Auxiliar
Administrativa".
En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará "15" en
referencia a "plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de
Medidas".
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad "Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán,
sin número, 28933 Móstoles (Madrid), o en la forma prevista en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado, dirigidas al Excmo. Sr. Rector-Presidiente de
la Universidad "Rey Juan Carlos".
3.5 Los derechos de examen serán de 2.500 pesetas y se
ingresarán en la Caja de Madrid (entidad 2038), oficina número
2221, plaza del Pradillo, número 2, 28931 Móstoles, número de
cuenta 6000500593, "Derechos de examen", bien directamente
o por transferencia bancaria.
El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de
examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad
bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto
o adjuntando el correspondiente resguardo de
ingreso/transferencia. La falta de pago de los derechos de examen, determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos
examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrá
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dirigido al Excmo.
Sr. Rector-Presidente, dentro del plazo establecido en la base 3.4
para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa
excepcional sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el
Tribunal.
3.8 La contravención de alguno de estos requisitos
determinará la exclusión de los aspirantes que no los hubieren observado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector-Presidente de la Universidad "Rey Juan Carlos" dictará, en el
plazo máximo de un mes, Resolución que será publicada en el
"Boletín Oficial del Estado", declarando aprobadas las listas
provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución se
indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así
como la relación de los aspirantes excluidos, con mención expresa,
en todo caso, de los apellidos, nombre, número del documento
nacional de identidad y motivo que la produce.
4.2 Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las
relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución que aprueba las listas provisionales de admitidos
y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos
en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de
la realización de las pruebas.
4.3 La Resolución que apruebe definitivamente los admitidos
pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes
definitivamente excluidos podrán formular recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes o recurso
contencioso-administrativo.
4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, se
procederá a la devolución de la tasa por derecho de examen cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo y a los aspirantes que hayan sido excluidos
definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador se ajustará a lo establecido por
el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado y es el que se
relaciona en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando
concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las
circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará, en el Boletín Oficial del Estado,
Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,
el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la presencia de
la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y
adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la
convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases y la
normativa aplicable.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector-Presidente
de la Universidad.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición se
realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar
colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto
y normal desarrollo del ejercicio.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que el ejercicio de la fase de oposición a realizar de forma
escrita y no deba ser leído ante el Tribunal, sea corregido sin
que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio
de Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del
Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá
a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos,
marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad "Rey Juan Carlos"
(edificio Rectorado), calle Tulipán, sin número, 28933 Móstoles
(Madrid), teléfono 91 665 50 60. El Tribunal dispondrá en esta sede
al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda
a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas
pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría cuarta de las recogidas en el Real Decreto 236/1988,
de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra B, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de la
Administración Pública, de fecha 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo para la determinación del orden de actuación de los
aspirantes en todos los procesos que se convocan en ejecución
de la Oferta de Empleo Público de la Administración General del
Estado para 2000. En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra indicada, el orden
de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience con la letra C, y así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del
ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados, los cuales serán libremente apreciados por
el Tribunal.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Excmo.
Sr. Rector-Presidente de la Universidad, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Esta Resolución pondrá fin a la vía administrativa, y,
consiguientemente, el interesado podrá formular recurso potestativo
de reposición en el plazo de un mes o recurso
contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo
de dos meses.
7. Listas de aprobados
7.1 Antes del comienzo de la fase de oposición el Tribunal
publicará la valoración provisional de los méritos de la fase de
concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha
Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto
a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes que han
superado las pruebas, por orden de puntuación alcanzada, con
indicación del número de su documento nacional de identidad.
7.3 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
la lista de aprobados al Excmo. Sr. Rector-Presidente de la
Universidad.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se publique
la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que figuren en
la misma deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos
y Organización de la Universidad "Rey Juan Carlos", los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del título exigido en la base 2.2.4.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de alguna administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas,
según el modelo que figura como anexo VI.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor que no prestasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de
carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", con el orden definitivo de puntuación.
9. Norma final
9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes o recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente a su publicación, de conformidad a lo establecido
en el artículo 46.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9.2 A tal efecto, contra las decisiones del Tribunal, podrá
interponerse, por persona legitimada, recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir de la notificación o publicación ante el Excmo.
Sr. Rector-Presidente de la Universidad Rey Juan Carlos. Contra
la resolución de éste podrá interponerse, por persona legitimada,
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso
contencioso-administrativo. De no producirse contestación a los
recursos administrativos se entenderán denegados por silencio
administrativo negativo.
Móstoles, 2 de noviembre de 2000.-El Rector-Presidente,
Guillermo Calleja Pardo.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
Fase de concurso:
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán
los servicios efectivos prestados en la condición de personal laboral
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria hasta un
máximo de cuarenta puntos.
La certificación de los méritos deberá ser expedida por el
Servicio de Recursos Humanos y Organización, según el modelo
incluido como anexo V de esta convocatoria.
La valoración de estos méritos se realizará de la forma siguiente:
Antigüedad: La antigüedad será valorada teniendo en cuenta
los servicios prestados en la condición de laboral hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año
completo de servicios efectivos una puntuación de uno hasta un
máximo de cuarenta puntos. Se considerarán como años completos
las fracciones iguales o superiores a seis meses. En ningún caso,
los puntos obtenidos en esta fase servirán para superar la fase
de oposición.
Fase de oposición:
La fase de oposición constará de una prueba eliminatoria y
estará constituida por un ejercicio único consistente en contestar
un cuestionario de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo
solo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa
de estas pruebas que figura en el anexo II. El tiempo de realización
de este ejercicio será de dos horas.
Todas las preguntas de este ejercicio tendrán el mismo valor.
La puntuación de este ejercicio será de sesenta puntos. La
obtención de treinta puntos determinará en todo caso, la
superación de la fase de oposición.
Corresponderá al Tribunal resolver cuantas incidencias e
interpretaciones se susciten respecto a las valoraciones y pruebas
contenidas en este anexo.
Valoración final:
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y
oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en la fase de
concurso servirán para superar la fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá por el orden
alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose
el citado orden por la letra indicada en la base 6.1 de la presente
convocatoria.
ANEXO II
Programa
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
1. La Constitución Española de 1978: Características. Los
poderes públicos. Los derechos fundamentales y las libertades
públicas.
2. Las fuentes del Derecho Administrativo. Especial referencia
a la Constitución. Derechos fundamentales y libertades públicas.
El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La Corona.
Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Las
Comunidades Autónomas.
3. El acto administrativo. Concepto. Clases y elementos. El
silencio administrativo. El principio de legalidad en la actuación
administrativa. El procedimiento administrativo. Concepto y
naturaleza. Principios generales.
4. Los recursos administrativos. Naturaleza, extensión y
límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.
II. Gestión de Personal y Gestión Financiera
5. El Personal de Administración y Servicios. El Personal
Funcionario. Selección. Situaciones. Provisión de Puestos de Trabajo.
Promoción profesional.
6. Derechos y deberes del Personal de Administración y
Servicios. Sistema de retribuciones e Indemnizaciones. Las
incompatibilidades. Régimen disciplinario.
7. El personal laboral en las Universidades públicas de la
Comunidad de Madrid. Convenio colectivo. Selección. Provisión
de puestos de trabajo. Derechos y deberes. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen
disciplinario.
8. El presupuesto universitario. Concepto y clases. Estructura.
Los principios básicos del presupuesto. Modificación de los
créditos iniciales. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Especial referencia al control de legalidad.
III. Gestión Universitaria
9. La Universidad. Concepto. Ley de Reforma Universitaria.
Creación de Universidades.
10. Estructura de las Universidades. Organos de Gobierno.
Especial referencia a la Universidad "Rey Juan Carlos".
11. Régimen de Profesorado Universitario. Derechos y
deberes del personal Docente e Investigador. Formas de provisión de
los distintos tipos de personal docente e investigador.
12. Los estudiantes en la Universidad. Acceso y permanencia.
Procedimientos de ingreso. Planes de Estudio. Tercer ciclo. Becas
y Ayudas. Seguro Escolar.
ANEXO III
Tribunal
El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Jacinto Martín Segundo, de la Escala Técnica
de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid.
Vocales:
1.o Don Jerónimo Caruana de las Cajigas, de la Escala
Técnica Superior de Administración General.
2.o Don Pascual Sicilia Martín, de la Escala Técnica de
Gestión de la Universidad Complutense de Madrid.
3.o Don José Manuel Vera Santos, del Cuerpo de Profesores
Titulares de Univesidsad.
Vocal Secretaria: Doña María Angeles Martín Moreno, de la
Escala de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid.
Suplentes:
Presidente: Don Pedro García Moreno, del Cuerpo de
Profesores Titulares de Universidad.
Vocales:
1.o Doña Elena de la Cuesta Elósegui, del Cuerpo de
Profesores Titulares de Universidad.
2.o Don Francisco Palancar Arranz, del Cuerpo de Arquitectos
de Hacienda Pública.
3.o Doña María Concepción Estella Álvarez, del Cuerpo de
Profesores Titulares de Escuela Universitaria.
Vocal Secretario: Don José Manuel de León Ceano-Vivas, de
la Escala Técnica de Gestión de la Universidad Complutense de
Madrid.
ANEXO IV (ver imagen página 40583).
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
Consigne en FORMA DE ACCESO una sola letra mayúscula, tomando la que corresponda a la siguiente clave:
Letra Formadeacceso
L Libre.
P Promoción interna.
Consigne en la LIQUIDACIÓN el importe de los derechos de examen y número de la cuenta corriente que se indican en
la convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.
Adjunte fotocopia del documento nacional de identidad al presentar o remitir el ejemplar de la solicitud destinado a la Universidad.
Al realizar la prestación, solicite de la oficina receptora constancia de la fecha en el ejemplar destinado al interesado, que
deberá conservar en su poder como justificante del ingreso de los derechos y de la presentación de la solicitud.
ANEXO V
Certificación servicios prestados en la Universidad
"Rey Juan Carlos"
Don/doña .............................................................................
Cargo ..................................................................................
Centro Directivo/Unidad Administrativa ...................................
CERTIFICO: Que, según los antecedentes obrantes en este
centro y a los solos efectos de valoración en la fase de concurso
(anexo I) de las pruebas selectivas para el acceso a la Escala
Auxiliar Administrativa de la Universidad "Rey Juan Carlos" por el
turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas,
a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Don/doña .............................................................................
Grupo laboral a que pertenece .................................................
Documento nacional de identidad ............................................
Destino actual .......................................................................
Situación laboral ...................................................................
Acredita el número total de años, meses de servicios como
personal laboral .....................
Y para que conste, expido el presente certificado en ...............
(Localidad,fecha,firma ysello)
ANEXO VI
Don/doña ........................................................................
con domicilio en ....................................................................
y con documento nacional de identidad ....................................
declara bajo juramento o promete, a los efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala ...........................................
que no ha sido separado del servicio de alguna de las
Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
En ......................... a ...... de ......................... de ............
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid