Visto el expediente de indulto de don Joaquín Flórez Temprano, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal de Zamora, en sentencia de fecha 16 de febrero de 1998, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de cuatro meses de multa con una cuota diaria de 900 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de noviembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Joaquín Flórez Temprano la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento por otra de trescientos sesenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 500 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 10 de noviembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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