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Documento BOE-A-2000-21799

Orden de 7 de noviembre de 2000 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Europea de Bioelectromagnetismo y Ciencias de la Salud de Madrid".

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 1 de diciembre de 2000, páginas 42095 a 42096 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-21799

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don José Ramón Codina Vallverdu, solicitando la inscripción de la «Fundación Europea de Bioelectromagnetismo y Ciencias de la Salud» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 1996), y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida en Fuenlabrada (Madrid) el 7 de junio de 2000, según consta en escritura pública número dos mil trescientos dos, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Don José Ignacio Navas Olóriz, por las personas que a continuación se citan: Don José Luis Bardásano Rubio, en nombre y representación de la entidad «Asociación Española de Bioelectromagnetismo y Glandula Pineal» (AEBP) y de la «Asociación Instituto de Bioelectromagnetismo Alonso de Santa Cruz» (IBASC) y don José de la Hoz y Fabra, en nombre y representación de la entidad «Sociedad de Investigación y Terapéutica por Electromagnetismo» (SITEM).

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Tutor número 11. Su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de 1.000.000 de pesetas equivalente a 6.010 euros 12 céntimos. La dotación consistente en efectivo metálico ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «Potenciar la formación e investigación sobre Bioelectromagnetismo y Ciencia de la Salud desde España y para España, Europa y otras áreas geográficas». Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: la «Asociación Instituto de Bioelectromagnetismo Alonso de Santa Cruz», que será representada por la persona que sea su Presidente, en la actualidad, don José Luis Bardásano Rubio, la «Asociación Española de Bioelectromagnestimo y Glandula Pineal», que será representada por la persona que sea su Presidente, en la actualidad, don José Luis Viejo Gozalo y la Asociación «Sociedad de Investigación y Terapéutica por Electromagnetismo», que será representada por la persona que sea su Presidente, en la actualidad, don José de la Hoz Fabra, según consta en la escritura de constitución de la Fundación.

En dicha escritura consta la aceptación de los cargos indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34.1 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de marzo).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden del Ministro de Educación y Cultura, de 18 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 21), en relación con la Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte de 3 de julio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 5), en virtud de las cuales se delegan en el Secretario general Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés genera procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Tercero.

Según la disposición transitoria única del Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la «Fundación Europea de Bioelectromagnetismo y Ciencias de la Salud» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la Fundación denominada «Fundación Europea de Bioelectromagnetismo y Ciencias de la Salud», de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, Calle Tutor número 11, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de noviembre de 2000.–P. D. (Orden de 18 de mayo de 1999 «Boletín Oficial del Estado» del 21; Orden de 3 de julio de 2000 «Boletín Oficial del Estado» del 5), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

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