Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-22350

Resolución de 31 de octubre de 2000, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se procede a cancelar la autorización número 185 para actuar como entidad colaboradora con el Tesoro en la gestión recaudatoria correspondiente a la entidad Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra-Caixa de Pontevedra y a convalidar la autorización número 68 bajo la nueva denominación de Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixa Vigo, Ourense e Pontevedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2000, páginas 43316 a 43317 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-22350

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito remitido por la entidad Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixa Vigo, Ourense e Pontevedra en el que comunica la fusión mercantil entre las entidades Caixa de Aforros de Vigo e Ourense-Caixa Vigo e Ourense y Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra-Caixa de Pontevedra, siendo la entidad resultante de dicha fusión la Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixa Vigo, Ourense e Pontevedra, este Departamento dicta la siguiente Resolución:

Se procede a cancelar la autorización número 185 para actuar como colaboradora con el Tesoro en la gestión recaudatoria, correspondiente a la entidad «Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra-Caixa de Pontevedra».En consecuencia, la citada entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el punto 2 del apartado I de la Orden de 15 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 22).

Asimismo se acuerda convalidar la autorización número 68 concedida para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria a la Caixa de Aforros de Vigo e Ourense-Caixa Vigo e Ourense, que se entenderá expedida respecto a la nueva denominación de Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixa Vigo, Ourense e Pontevedra.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo establecido en el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante el Director general de la AEAT en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al recibo de la presente notificación.

Madrid, 31 de octubre de 2000.–El Director del Departamento de Recaudación, Santiago Menéndez Menéndez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid