Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-22400

Orden de 27 de noviembre de 2000, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada "Lestonnac-Montaigne" de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2000, páginas 43385 a 43386 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2000-22400

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería, de la Fundación denominada «Lestonnac-Montaigne» constituida y domiciliada en la localidad de Granada, avenida de Andalucía, número 6.

Antecedentes de hecho

Primero.

La Fundación «Lestonnac-Montaigne» fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 21 de diciembre de 1999, ante don Juan Carlos Riera Pérez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 1.112, corregidas por otras de fecha 6 de octubre de 2000, ante el mismo Notario, con número de protocolo 1.321, figurando como fundadora doña Eloísa Serna Muñoz y otras.

Segundo.

Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:

A) Ampliar o profundizar el trabajo de aprendizaje relativo a las áreas o asignaturas del Plan de Estudios.

B) Atender aspectos de la educación integral no considerados en los proyectos curriculares y cualquier otra actividad tendente a las finalidades formativas que comporta la oferta del modelo educativo definido en el Proyecto Educativo de los Centros «Compañía de María».

C) Atender y paliar situaciones de fracaso escolar y social, mediante programas de compensación desde una educación integral para jóvenes en riesgo.

D) Potenciar la formación e intercambio de educadores de los distintos centros.

E) Fomentar a su vez la participación y formación del voluntariado.

F) Concesión de ayuda o becas a personas o entidades.

G) Contribuir al equipamiento y mejora de los centros y espacios físicos donde se desarrollen las actividades.

Tercero.

La dotación inicial de la Fundación está constituida por 600.000 pesetas (3.606,07 euros), depositadas a nombre de la Fundación en las Oficinas de Cajas de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, Cajasur.

Cuarto.

El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por tres miembros como mínimo y cinco como máximo, siendo su Presidenta doña Araceli Melero Navarro.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General; el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen, principalmente, sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.

Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.–Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Lestonnac-Montaigne», de la localidad de Granada, con domicilio en avenida de Andalucía, número 6.

Segundo.–Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 21 de diciembre de 1999, corregidas por otras de fecha 6 de octubre de 2000.

Tercero.–Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 27 de noviembre de 2000.–La Consejera, Cándida Martínez López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid